CFD o Comprobante Fiscal Digital, es un mecanismo alternativo de comprobación fiscal vigente durante el 2010 y que seguirá vigente para los contribuyentes que adopten este método antes del 2011.
CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet, es el mecanismo obligatorio de comprobación fiscal que entra en vigor a partir del 2011.
Un CFD o CFDI tienen la misma validez. Ambos cumplen con todos los estándares definidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Además de las Facturas Electrónicas, existen diferentes tipos de CFD como las Notas de cargo, Recibos de honorarios, Recibos de arrendamiento, Notas de crédito y Devoluciones entre otros.
Básicamente la diferencia entre el CFD (Comprobante Fiscal Digital) y el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) es que este último comprobante debe ser remitido a un tercero autorizado para que este valide los requisitos, asigne el folio e incorpore el sello digital del SAT. En el CFD no es necesario enviar el comprobante fiscal a un tercero autorizado para que lo valide. Para la emisión del CFDI será necesario contar con software y equipo de computo que este conectado a internet para emitir el comprobante fiscal validado por el tercero autorizado para tal efecto.
Una diferencia más es que el tercero autorizado para certificar los CFDI deberá enviar al SAT electrónicamente copia de los comprobantes fiscales que haya certificado inmediatamente después de realizar dicha certificación, o bien, enviar la copia en un plazo que no exceda las 72 horas. Bajo el esquema actualmente ya en uso de los CFD no existe la obligación de enviar al SAT copia del CFD, aunque si existe la obligación de presentar mensualmente de los CFD emitidos el mes inmediato anterior al mes de que se trate.
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Esquema 2010 (CFD) | Esquema 2011 (CFDI) |
(Adopción antes del 01/01/2011) | (Adopción después del 31/12/2010) |
– No requieres contratar a un proveedor de certificación de CFD | – Es necesario contratar los servicios de un proveedor de certificación para validación de CFDI y timbrado del SAT |
– Puedes solicitar una serie de folios digitales al SAT | – El folio se asigna uno a uno en el momento de la validación y timbrado con el proveedor de certificación |
– Puedes llevar el esquema 2010 de CFD por tiempo indefinido | – Sólo puedes seguir utilizando esquema 2010 de CFD durante el primer semestre de 2011 |
– Debes generar un reporte mensual de los folios utilizados y enviarlos al SAT | – No es necesario. El SAT ya tiene esa información |
Otra de las diferencias es que en los CFDI ahora es posible indicar la moneda en que se realiza la operación (Dólares americanos, Euros, etc.) y el tipo de cambio aplicado. Además existen otras diferencias de carácter técnico informático con respecto al firmado de dichos comprobantes.
Por último, existen diferencias con respecto de las obligaciones fiscales para los contribuyentes que emitan CFD Y lo que usen el nuevo esquema de los CFDI. Una de estas obligaciones es que los contribuyentes que continúen emitiendo los CFD deberán continuar presentando mensualmente al SAT la información de los CFD que se hayan emitido el mes inmediato anterior al mes de que se trate, entre otras obligaciones.
FUNDAMENTO:
Diario Oficial de la Federación – 14/Sep/2010
Anexo 1-A
Facilidad para expedir CFD en lugar de CFDI
I.2.23.4.1. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del «Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995», publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal de 2010 y anteriores hayan optado por expedir CFD al amparo de lo dispuesto por el artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010 y los hayan emitido efectivamente, podrán optar por continuar generando y emitiendo directamente CFD, sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFD para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT.
CFF 29, Artículo Décimo Disposiciones Transitorias CFF
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Estimado Contado MX,
Comentarte que este fragmento no es indispensable, por lo tanto no del todo cierto: «Para la emisión del CFDI será necesario contar con software y equipo de computo que este conectado a internet para emitir el comprobante fiscal validado por el tercero autorizado para tal efecto», contar con un software no es del todo necesario , lo cierto es que debes contar con un proveedor autorizado. Pues aunque tu generes tus XML´S, por tus propios medios, debes enviarlos al proveedor autorizado quien tendra la responsabilidad de validad y timbrar.
El folio es solo un control interno de la empresa, ya no es necesario para el SAT, el folio es sustituido por el timbrado fiscal, por lo que no debes tramitarlo folios para ejercer este esquema.
Saludos
«El primer PAC autorizado en México»
soy contador publico fiscalista y tengo mi negocio de
software, he visto que muchos pac estan ofreciendo el esquema de
validacion, claro para agarrar al contribuyente, nosotros estamos
vendiendo nuestro sistema y que el contribuyente emita sus cfd y no
cdfi, ya que como indica la resolucion no es necesario si optas en
2010 por cfds, para 2011 sera obligacion los cfdis siempre que
caigas en los supuestos, ademas de todo esto tienen tarifado el
monto osea un robo total, es necesario que se verifique que no se
esta violando la ley de competencia economica y estemos generando
un oligopolio, en otros paises dichas validaciones son mucho menos
costosas esperamos que el sat considera a los contribuyentes que ya
estan emitiendo cfds, lamentablemente muchos contribuyentes
quedaran en las manos de los pacs, por desconocimiento de estas
disposiciones, no se dejen engaÑar al momento de contratar definan
claramente sus clausulas para protegerse estimado contribuyente
NOTA DEL ADMINISTRADOR: Tu
comentario ha sido transformado a minusculas. Desactiva el Bloqueo
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favor.
Una pregunta: Si el mes pasado (mayo/2012) tramité mis folios ante el sat, quiere decir que no podre generar mi propia factura con los datos que me dieron?
a fuerza tengo que contratar el timbrado con un pac autorizado?
gracias por responder a mis dudas
Solicito los folios para facturas con código de barras bidimensional o para facturas electrónicas?
tengo varias duda con los negocios nuevos. quiero abrir un negocio,¿yo tengo que inscribirme a cfdi o cfd?.. ¿que me convendría mas, en cuestión de costos cbb o cfdi? ¿es cierto que el cbb es inseguro? gracias!!!
Si es un nuevo negocio te recomiendo CBB ya que el CFD y CFDI es mas complicado por el método de emitir las facturas electrónicas, para mi gusto el CBB es seguro ya que tu solo reportas al SAT los ingresos que hayas tenido, saludos