Dictamen Infonavit – Definicion, Presentacion de Aviso, Elaboracion y Entrega

dictamen thumb Fecha limite y Consideraciones para la Presentacion Dictamen Infonavit 2010 La elaboración de un dictamen ante el Infonavit aunque no es obligatorio habrá que considerar que puede llegar a resultar benéfico para la empresa, estos beneficios son similares a los del Dictamen IMSS:

  • No visitas domiciliadas del ejercicio dictaminado (excepto por denuncia especifica del algún trabajador por irregularidades en el dictamen)
  • Poder  acreditar los pagos que se efectúen por las diferencias notificadas y las que el contador genere.
  • No se emitirán cedulas de liquidación por diferencias derivadas del procedimiento de verificación de pagos.

Definición de Dictamen Infonavit

Es un informe que emite un contador público autorizado por parte de INFONAVIT, específicamente sobre la situación en materia de aportaciones y amortizaciones de los trabajadores del patrón, dicho dictamen se emite por ejercicio fiscal y en base a diversas reglas y normas. El dictamen no es obligatorio así que el patrón lo presenta de forma optativa ante INFONAVIT

Plazo para la presentación del dictamen

  • Dictamen Fiscal : Para la presentación del dictamen se consideran 15 días posteriores a la fecha de presentación ante el S.A.T.
  • Dictamen Infonavit : Para su  presentación se considera dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de presentación del aviso de dictamen.
  • AVISOS : Los avisos se presentan dentro de los 4 primeros meses del año (limite abril), siempre y cuando sean del ejercicio inmediato anterior. Cuando es de ejercicios anteriores al ejercicio inmediato anterior, se presentan en cualquier momento del año.

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Pasos para la presentación del Dictamen Infonavit.

PROCESO DE RECEPCIÓN Y VALIDACIÓN DE LOS AVISOS Y DICTÁMENES PARA EFECTOS DEL INFONAVIT
Las Gerencias de Fiscalización en Delegaciones, recibirán la información mediante los formatos de presentación impresos (para su sello de recibido) y también en discos compactos, y deberá ser entregada en función al domicilio fiscal del patrón y de acuerdo con las características que le correspondan a cada caso. La información correspondiente al aviso o dictamen de que se trate deberán presentarse en  discos compactos conteniendo y observando las siguientes características:

  • Disco NO REGRABABLE (CD-R), (No debe ser DVD)
  • Un C.D. por cada Patrón.
  • Un C.D. por cada ejercicio fiscal.
  • Puede ser de cualquier densidad.
  • Deberá de presentarse rotulado con plumón, con el nombre del patrón y nombre del contador (No etiquetado)

Entrega de Avisos para Presentación de Dictamen INFONAVIT
El plazo para presentar los avisos de dictamen será de acuerdo a como lo establece el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al INFONAVIT en su Capitulo V,  Art. 54, siendo de enero a abril de  y se deberá de atender a lo siguiente.

  • Formato impreso del “AVISO PARA LA PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN” en original y copia (DI-01 Presentación de aviso.doc), siendo  un  formato por patrón señalando  todos los Registros patronales en el campo establecido dentro del propio formato.
  • Copia de la constancia de registro del C.P.A. 
  • Disco compacto, debiendo contener y cumplir con las siguientes características:
    -Archivo de Excel  en formato 97-2003, con el layout que se utilizo en el proceso electrónico, incluyendo los encabezados de las columnas correspondientes  y conteniendo la información del o los avisos. (Layout Avisos D.I..xls)

Presentación de Dictamen INFONAVIT
El plazo para la presentación de los Dictámenes, será de acuerdo a lo señalado en el Art. 60 del reglamento, dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen.

Se debe tomar en cuenta que en esta publicación se emiten los nuevos formatos de los tipos de opinión, los cuales consideran la aplicación de las Normas para Atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Los patrones deberán de entregar la documentación e información siguiente:

  • Carta de presentación del dictamen, se entregara en original y copia, por empresa y por ejercicio fiscal, siendo este documento el que acredite el cumplimiento de la obligación. (Carta de presentación D.I..doc)
  • Opinión, utilizando los nuevos formatos que hacen mención a la aplicación de las normas de atestiguamiento, y que son por los tipos de opiniones: sin salvedad (sin pago), sin salvedad (con pago), con salvedad, abstención de opinión y opinión negativa. (Tipos de opinión atestiguamiento.doc)
  • Copia del acuse de recibo del aviso presentado ante el INFONAVIT.
  • Disco compacto  con las características mencionadas anteriormente, conteniendo:

Una relación en archivo de Excel 97-2003, con grupos relacionados  por tipo de opinión (Relación de grupos de opinión D.I..xls).

Anexos del dictamen en  archivos de Excel 97-2003 conteniendo máximo 20 registros patronales, los archivos deberán elaborarse de acuerdo al layout ya establecido desde 2008 (layouts_Dictamen INFONAVIT.pdf).

En el supuesto de que los discos no se encuentren en las condiciones solicitadas, el Instituto podrá ejercer las facultades de revisión, solicitando que la información sea presentada nuevamente, en función a las leyes aplicables, siendo entre otros los supuestos siguientes:

  • Archivos incompletos.
  • No cumplan con los requisitos del layout.
  • No sean los formatos requeridos con respecto a los archivos y/o documentación.
  • Los C.D. estén dañados.
  • Que al momento de ser cargados  por el  INFONAVIT, los archivos sean rechazados en función a características y validaciones (fondo y forma), ya conocidas e implementadas en el sistema.

OTRAS CONSIDERACIONES:

  • NO PRESENTAR LOS DISCOS CON LOS ARCHIVOS AGRUPADOS POR ANEXO
  • No deberán de ser archivos realizados en Office 2007 o posteriores.
  • No importa el tamaño del archivo, para los efectos no deberán de ser partidos, aunque estos sobrepasen los 1500 Kb de memoria.
  • LOS DICTAMENES YA PRESENTADOS POR EL PATRÓN EN EL SICOP, YA NO SE TENDRÁN QUE PRESENTAR DE NUEVO.
  • Los tipos de opinión se deberán de ajustar de acuerdo a los autorizados. (Tipos de opinión.doc)

Presentación de Carta de Dictamen 2011

El plazo para la presentación de los Dictámenes por el ejercicio 2011 y anteriores, será de acuerdo e lo señalado en el Art. 60 del reglamento, dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen. Se debe tomar en cuenta que en esta publicación se emiten los nuevos formatos de los tipos de opinión, los cuales consideran la aplicación de las Normas para Atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Los patrones deberán de entregar la documentación e información siguiente:

  • Carta de presentación del dictamen, se entregara en original y copia, por empresa y por ejercicio fiscal, siendo este documento el que acredite el cumplimiento de la obligación. (DI-03)
  • Opinión, utilizando los nuevos formatos que hacen mención a la aplicación de las normas de atestiguamiento, y que son por los tipos de opiniones: sin salvedad (sin pago), sin salvedad (con pago), con salvedad, abstención de opinión y opinión negativa. (Tipos de opinión atestiguamiento.)
  • Copia del acuse de recibo del aviso presentado ante el Infonavit.
  • Disco compacto con las características mencionadas anteriormente, debe contener:

Anexos del dictamen en archivos de Excel 97-2003 conteniendo máximo 20 registros patronales,  los archivos deberán elaborarse de acuerdo al layout ya establecido desde 2008 (layout Dictamen Infonavit) y la Relación de grupos de opinión

Dictamen Infonavit marco legal

Ley del Infonavit, Artículo 29, Fracción VIII. Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit. Capítulo V (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 1997): regula lo correspondiente a la opción para dictaminarse por contador público autorizado.

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