El día primero de enero 2022 entró en vigor el Régimen Simplificado de Confianza conocido como RESICO, el cual aplica tanto para personas físicas como para personas morales, dicho régimen tiene como una de sus principales características el prellenado de información en la declaración de impuestos, por lo que el SAT puso a la disposición de los contribuyentes un simulador, para que estos puedan irse familiarizando con el procedimiento.
¿Qué personas morales se encuentran obligadas a tributar en RESICO?
Primero deberemos entender que personas morales se encuentran obligadas a tributar en el RESICO, las cuales son las que cumplan con las siguientes características:
- Sean residentes en México.
- Estén únicamente constituidas por personas físicas.
- Sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de 35 millones de pesos o, si recién inician operaciones, estimen que sus ingresos no excederán dicha cantidad.
Las personas morales que cumplan con las siguientes características NO podrán tributar en el RESICO cuando:
- Uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes, participen en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de esta Ley.
Se entenderá por control, cuando una de las partes tenga sobre la otra el control efectivo o el de su administración, a grado tal que pueda decidir el momento de reparto o distribución de los ingresos, utilidades o dividendos de ellas, ya sea directamente o por interpósita persona.
Ejemplo de cálculo del Pago Provisional de ISR como RESICO PM
En el presente artículo analizaremos el uso del simulador de RESICO para personas morales que se encuentren obligadas a tributar en dicho régimen.
1.- Deberás ingresar a la página del simulador de RESICO del SAT y seleccionar el botón “INICIAR”:
2.- En la siguiente pantalla deberás ingresar tu RFC y Contraseña, o bien tu e.firma vigente, como se muestra a continuación:
3.- Una vez dentro del simulador deberás seleccionar el menú “Presentar declaración”:
4.- A continuación, deberás configurar la declaración que deseas presentar, seleccionando el “Ejercicio”, “Periodicidad”, “Tipo de declaración” y el “Periodo”, así como las obligaciones a declarar:
5.- Una vez configurada la declaración el sistema realizará la carga de la información del contribuyente, lo cual por lo general demora unos segundos, después el sistema nos dará la advertencia de las fechas de los cortes de información:
6.- En la sección de ingresos aparecerán los ingresos facturados con método de pago PUE, adicionalmente de la opción de disminuir ingresos o incrementarlos como se muestra a continuación:
7.- En caso de seleccionar la opcion de “ingresos a disminuir en el mes” se habilitara el botón “CAPTURAR” el cual deberemos seleccionar, como se muestra a continuacion:
8.- Posterior a seleccionar “CAPTURAR” se habilitarán 3 motivos para la disminución de ingresos, de los cuales debemos detallar según sea el caso:
- IEPS no trasladado de manera expresa y por separado
- Ingresos facturados pendientes de cancelación con aceptación del receptor
- Ingresos facturados en los que se determina ganancia por enajenación
9.- En caso de tener ingresos adicionales también tendrán que se detallados por concepto e importe, como se muestra en las siguientes opciones:
- Ganancia por enajenación
- Ingresos facturados no considerados en el prellenado
10.- Una ves capturados los ingresos, procederemos a los egresos, dichas información también se encontrará precargada, dando la oportunidad de agregar compras y gastos no considerados en el prellenado, como se muestra continuación:
11.- Las deducciones por inversiones del mes, deberán ser registradas de manera manual:
12.- En la sección de deducciones autorizadas encontraremos el monto global de estas:
13.- En la sección de determinación en función a la información de ingresos y deducciones autorizadas, el sistema generara de manera automática el calculo del Impuesto Sobre la Renta, como se muestra a continuación:
14.- Por último, en la sección de pago se podrán realizar aplicaciones de subsidio al empleo, compensaciones o estímulos para determinar el impuesto a pagar:
Conclusiones
Aun cuando la autoridad busca una simplificación en la presentación de contribuciones, mi opinión es que estas declaraciones prellenadas llevarán al contribuyente a realizar conciliaciones de información entre el SAT e interna que deberán ser realizadas por personal capacitado y en su caso realizar las correcciones pertinentes, ya que no podemos tomar únicamente la información precargada ya que los ingresos en esta pueden ser mucho menores a los reales.
También te puede interesar:
- Contador Público egresado de la Universidad del Valle de Atemajac, con más de 14 años de experiencia como Auditor Externo, Asesor Fiscal y
- Contralor Financiero en firmas BIG 4 y empresas transnacionales en giros de manufactura, comercialización, desarrollo de software, hotelería entre otros.
- Se desempeña como socio fundador de la firma de asesoría integral Tax ID, donde se atienden clientes extranjeros y nacionales de diferentes tipos de industrias.
Correo Electrónico: contacto@taxid.mx
Hola buenas tardes son persona moral que tributa en Régimen General de Personas morales, mis ingresos al cierre 2021 equivalen a 25,047,503, tengo entendido que con esto ya estoy obligado al Régimen de Confianza , el cual tengo que realizar mi actualización de obligaciones, o que la propia autoridad me puede hacer el cambio en automático. ¿ Si yo como empresa no realizo el cambio y si tampoco la autoridad no lo hace, y sigo tributando en régimen general, puedo tener alguna multa o sanción por parte del sat?
La Nomina sera deducible contra el ISR o ya no sera considerado un gastos frente al ISR.