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Los siguientes son aspectos a considerar en referencia a las declaraciones anuales, los cuales debes considerar para estar consciente de todos los beneficios que puedes tener, y sobre todo, son un recordatorio de lo que debes considerar en cada ejercicio fiscal.

Comprobantes fiscales digitales

1. CFDI medios propios o arrendados con validación de un proveedor autorizado de certificación (PAC).
2. CFD medios propios sin necesidad de validarlos por medio de un PAC. A corto plazo ya no podrán utilizarse.
3. Comprobante fiscal impreso con CBB, medios propios.
4. Comprobante fiscal impreso en taller autorizado, válido mientras continúe vigente.

Principales obligaciones que surgen derivadas de la utilización
• Entregar o enviar a tus clientes a más tardar al tercer día siguiente a aquel en que se realice la operación, tratándose de CFDI o CFD. En el caso de comprobantes impresos con CBB, al momento de realizar los actos o actividades o al percibir los ingresos.
• Proporcionarles a los clientes la representación impresa cuando les sea solicitado.
• Almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML.

Validación de la autenticidad del archivo XML
• En el portal de Internet del SAT:
– Validación de los CFDI y CFD utilizando el archivo XML/Ventajas.
– Validación de la representación impresa del CFDI y CFD/Desventajas.
– Los comprobantes impresos con CBB podrán validarse en forma manual o mediante lector de CBB.

Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

Aplicación del artículo 10 de la LISR en su determinación
• Aplicación para determinar la base:
– Conforme al artículo 16 de la LISR.
– Conforme al artículo 10 de la LISR.
I. Amparo o sin amparo pero aplicando la jurisprudencia.
II. Base resultado fiscal o utilidad fiscal.
a) Aclaración de sentencia (SCJN).
b) Criterio no vinculativo 10/ISR (PTU).

Estímulos fiscales

Inversión en investigación y desarrollo tecnológico
Estímulo Conacyt.
• 30 % de los gastos e inversiones realizadas en la investigación en desarrollo o tecnología.
• Aplicable contra el ISR causado en el ejercicio en que se determine dicho crédito.
• No es ingreso acumulable para efectos de ISR.

Inversión en bienes inmuebles
Estímulo fiscal a la inversión en bienes inmuebles.
La LISR prevé un estímulo fiscal para las inversiones en bienes raíces por medio de Sociedades (SIBRA), cuya actividad primordial sea la adquisición o construcción de bienes inmuebles destinados al arrendamiento, consistente en lo siguiente:
Aportante
• Difiere la ganancia por la aportación de los inmuebles hasta que:
– Se enajenen las acciones de la SIBRA.
– La SIBRA enajene los bienes inmuebles que se le aportaron.
SIBRA
• No realiza pagos provisionales de ISR ni de IETU.

Inversión en bienes de activo fijo: deducción inmediata
Requisitos:
• Aplicable a bienes nuevos utilizados por primera vez en México.
• Bienes utilizados permanentemente en territorio nacional y fuera de las áreas metropolitanas (Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey).
• Empresas que no requieren el uso intensivo de agua en sus procesos productivos y utilicen tecnologías limpias, no aplica la limitante antes citada.
• Aplicación de porcentajes mayores conforme Decreto del 20 de junio de 2003.
• No es aplicable a mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques.

Inversión en la producción cinematográfica nacional
• El estímulo fiscal consiste en que los contribuyentes del ISR acrediten las aportaciones a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional (Proyecto), contra el ISR a su cargo.
• Límites:
– Hasta por el 10 % del ISR que el contribuyente aportante causó en el ejercicio anterior.
– El estímulo a distribuir entre los participantes no excederá de $500 millones de pesos (mdp) por año, ni de $20 mdp por contribuyente aportante y proyecto.

Fuente: PWC MX.

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