Cuando NO tengo que dar de Alta en el IMSS una Construcción? – Autoconstrucción sin SATIC


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Existen muchas dudas al momento de iniciar la construcción, remodelacion o reparación de una Casa.
La mas común es saber si cuando se da el caso de realizar una obra como las mencionadas anteriormente se esta obligado a dar de alta en el IMSS a los trabajadores y utilizar el apartado del Intituto llamado SATIC que es el Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción.

Quienes No deben de dar de alta en el IMSS?

En términos del artículo 15, penúltimo párrafo, de la LSS, las personas que realizan trabajos de construcción, por cuenta propia o con ayuda comunitaria (autoconstrucción), no están obligadas a cotizar ante el IMSS, de tal manera que no será aplicable el pago de cuotas en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, cuando los trabajos se realicen en forma personal por el propietario; o bien, obras realizadas por cooperación comunitaria, siempre que dicha situación sea comprobada.

De igual forma, el artículo 4o. del RSSOTCOTD señala que el ordenamiento referido no aplica en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, por aquellos trabajos realizados por su propietario en forma personal o con ayuda de familiares, o bien, cuando se lleven a cabo por cooperación comunitaria, sin retribución alguna; estos hechos se deberán comprobar a satisfacción del IMSS, conforme a cualquier medio de prueba reconocido por la LSS

Avisos al IMSS por Construcción vía SATIC

Si no estas en los supuestos anteriores deberás de dar de alta la construcción en el Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción SATIC.

Atendiendo a lo dispuesto por los artículos 4, 5 y 12 del Reglamento de la Ley del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, a continuación indicamos la forma de presentar los formatos SATIC 01 y SATIC 02 partiendo de los siguientes supuestos:

  1. SATIC 01 deberá ser presentado por el “propietario”, cuando esté realiza obras de construcción, ampliación o remodelación de inmuebles contratando a los trabajadores de forma directa o a través de intermediario.
  2. SATIC 01 deberá ser presentado por el “contratista principal”, cuando el propietario de la obra acredite haber celebrado un contrato con personas físicas o morales que cuentan con elementos propios, siempre y cuando en el contrato se establezca el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y registro patronal del “contratista principal” que se hará responsable de la obra.
  3. SATIC 02 deberá ser presentada exclusivamente por el o los “subcontratista (s)”.
    Entiéndase como subcontratista a las personas físicas o morales que cuentan con
    elementos propios para la ejecución de parte o partes de las obras y que celebren
    contratos con el “propietario”, “contratista principal” o “subcontratista (s)”

Cabe resaltar la diferencia entre el formato SATIC 01 y SATIC 02 la cual radica en que el primero es el “Aviso de registro de obra del propietario o contratista” y el SATIC 02 “Aviso de registro de fase de obra del subcontratista” entendiendo que la naturaleza de las obras es distinta.

Envió del SATIC en formato Electrónico en la Pagina del IMSS

Para la presentación en línea a través del IDSE, es necesario que como patrón cuentes con tu número patronal de identificación electrónica y un certificado digital para acceder a las aplicaciones de Internet.

Documentos que necesitas para presentar el SATIC:

  • Formato “SATIC-01 Aviso de registro de obra del propietario o contratista”.
  • SATIC 01 Anexo 1 Tipo de obra
  • SATIC 01 Anexo 2 Licencia de construcción, permiso o manifestación de obra
  • SATIC 01 Anexo 3 Datos de mano de obra
  • Documento que acredite la personalidad jurídica del representante legal, como:
    – Acta constitutiva
    – Poder notarial
    – Identificación oficial del patrón o representante legal, con fotografía y firma

2 comentarios en «Cuando NO tengo que dar de Alta en el IMSS una Construcción? – Autoconstrucción sin SATIC»

  1. En caso de que el mismo propietario y sus familiares sean quienes remodelen un inmueble, no se esta obligado a dar de alta al IMSS, pero en cuanto los permisos e impuestos que se deben pagar cuales son? En mi localidad cobran multa por no dar viso al ayuntamiento en caso de que hallen construyendo sin los permisos correspondientes, me interesa saber cuales serian?

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