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Los problemas de la emisión de los CFDI, en mucho se deben a la falta de capacitación de las personas involucradas en la emisión de los CFDI, por lo cual veremos algunos aspectos importantes respecto a la corrección de errores en los CFDI.

Por ejemplo veamos qué pasa cuando se detectan errores en los CFDI recibidos, y como se debe solicitar la corrección.

La empresa X, S.A. de C.V., adquiere mercancía a crédito de 30 días, el CFDI que recibe contiene los siguientes datos en el campo de forma y método de pago.

Forma de pago 03
Método de pago PPD

De acuerdo con la regla 2.7.1.32 de la resolución miscelánea fiscal para 2018, los datos contenidos en el CFDI son incorrectos.

Requisitos en la expedición de CFDI

2.7.1.32.       Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I, III y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, los requisitos correspondientes conforme a lo siguiente:

I. El lugar de expedición, se cumplirá señalando el código postal del domicilio fiscal o domicilio del local o establecimiento conforme al catálogo de códigos postales que señala el Anexo 20.

II. Forma en que se realizó el pago, se señalará conforme al catálogo de formas de pago que señala el Anexo 20, con la opción de indicar la clave 99 “Por definir” en el caso de no haberse recibido el pago de la contraprestación, siempre que una vez que se reciba el pago o pagos se emita por cada uno de ellos un CFDI al que se le incorpore el “Complemento para recepción de pagos” a que se refiere la regla 2.7.1.35.

La facilidad prevista en esta fracción no será aplicable en los casos siguientes:

  • a) En las operaciones a que se refiere la regla 3.3.1.37.
  • b) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo.

Tratándose de los supuestos previstos en los incisos antes señalados, los contribuyentes deberán consignar en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago, de conformidad con el catálogo “Forma pago” que señala el Anexo 20.

                   CFF 29-A, RMF 2018 2.7.1.35., 3.3.1.37.

Ahora bien el anexo 20 de la resolución miscelánea fiscal para 2017, establece que para el llenado del CFDI, debemos de considerar lo establecido en la guía que publique el SAT en su página. Guía del SAT

De acuerdo a lo anterior, la empresa, X, S.A. de C.V. solicita el cambio en forma y método de pago, de la siguiente manera.

Forma de pago 99
Método de pago PPD

Y solicita además que se capture los siguientes datos, para que no afectara su deducibilidad y acreditamiento, por error en el CFDI.

Tipo de relación 04
UUID Folio fiscal del CFDI original

Y a su vez, requiere que se cancele el CFDI, original.

La empresa emisora, al revisar la solicitud de la empresa, X S.A. de C.V. y analizando los fundamentos proporcionados por esta, establece dentro de sus controles para la emisión de los CFDI de ventas, lo siguiente:

Todas las operaciones a crédito, se deberá capturar en los campos de forma y método de pago lo siguiente:

Forma de pago 99
Método de pago PPD

Y en las operaciones que se cobren anticipadamente o de contado, los datos a capturar en los campos mencionados serán los siguientes:

Forma de pago Se captura la clave con la que se cobro
Método de pago PUE

Como se puede apreciar en el ejemplo, si el emisor del CFDI contara con una guía para la elaboración de los distintos tipos de CFDI se evitarían problemas futuros.

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