En este articulo vamos a hablar de quienes siguen estando obligados pero solo a partir de 2015 de presentar su Contabilidad Electrónica.
Quienes NO están Obligados a la Contabilidad Electrónica
Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.
Quienes SI están Obligadas a llevar la Contabilidad Electrónica?
A partir de 2015 iniciara la gradualidad en el cumplimiento de la contabilidad electrónica, esto significa que los contribuyentes que tienen ingresos anuales iguales o superiores a 4 millones de pesos comenzarán a enviar su información en enero de 2015 y aquellos con ingresos menores a 4 millones de pesos al año iniciarán el envío de su información hasta 2016 .
En el caso de los contribuyentes que coticen en la Bolsa de Valores, se autoriza que su información sea enviada en forma trimestral, a partir de mayo de 2015.
Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!
Tipo de contribuyentes |
Periodo inicial de envío del catálogo de cuentas y balanzas de comprobación |
Plazo inicial del envío del catálogo de cuentas y balanza de comprobación |
Sistema financiero y personas morales y físicas con ingresos acumulables en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos |
enero de 2015 |
A más tardar el 3 y 5 de marzo de 2015 para personas morales y personas físicas respectivamente. |
Personas morales y físicas con ingresos acumulables en 2013 menores a 4 millones de pesos |
enero de 2016 |
A más tardar el 3 y 5 de marzo de 2016 para personas morales y personas físicas respectivamente. |
Personas morales y físicas del sector primario que optaron por presentar su declaración semestralmente, personas morales con fines no lucrativos, así como personas morales y físicas inscritas en 2014, 2015 ó 2016 |
En el caso de la información de las pólizas y auxiliares, cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones, el periodo inicial para el envío es el siguiente:
Tipo de contribuyentes |
Periodo inicial de envío de las pólizas y auxiliares |
Plazo inicial del envío de las pólizas y auxiliares |
Sistema financiero así como personas morales con ingresos acumulables en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos |
enero de 2015 |
Cuando la autoridad lo solicite a partir del ejercicio o periodo 2015 |
Las demás personas morales, personas físicas, contribuyentes del sector primario que optaron por presentar su declaración semestralmente, personas morales con fines no lucrativos, así como personas morales y físicas inscritas en 2014, 2015 ó 2016. |
enero de 2016 |
Cuando la autoridad lo solicite a partir del ejercicio o periodo 2016 |
Cabe señalar que el catálogo de cuentas se entrega por una sola ocasión o cuando exista alguna modificación, a partir de las mismas fechas de entrega de las balanzas.
Anuncio del SAT de los Cambios en la Contabilidad Electrónica para 2015 y 2016
A continuación les dejamos el video de la Conferencia de Prensa del SAT en la que fueron anunciados estos cambios. Les recomiendo ver el video completo para que se enteren de todos los cambios.
También te puede interesar:

Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
una pagina muy interensast su pagina que bien que publican todos estos articulo
me gustaria que propusieran un curso de contabilidad electronica como trabajar ese aspecto
Hola buenas tardes, ya contamos con uno Practico y lo puede tomar sin costo desde:
Saludos Codiales