La Subdirección General de Recaudación Fiscal a través de la Gerencia Consultiva de Recaudación Fiscal, presentó el “Programa de apoyo para la regularización de adeudos al INFONAVIT 2012” el cual tiene por objetivo.
- Apoyar a los trabajadores con omisión de pago en sus cuentas, dando facilidades a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda.
- Recuperar los importes adeudados para hacer su registro en la subcuenta de vivienda de los trabajadores derechohabientes.
- Coadyuvar en la regularización de los adeudos por amortizaciones de créditos a cargo de empresas con omisiones de pago.
Vigencia Del 1º de enero al 31 de diciembre de 2012 y Periodos comprendidos hasta el 6º bimestre de 2010.Características:
1. Acciones de Fiscalización.- Sólo suspenderán para quienes hayan iniciado el pago de los importes adeudados o hayan formalizado un convenio de pago en parcialidades.
2. Devolución.- La aplicación de estos beneficios no dará lugar a devolución o compensación alguna a favor de los patrones.
Beneficios:
- Condonación hasta del 50% de los recargos generados, dependiendo del periodo, concepto y forma de regularización.
- Condonación hasta del 100% de la multa impuesta, dependiendo de los periodos, conceptos y forma de regularización.
- Pago de lo adeudado hasta en 48 parcialidades, tratándose de las aportaciones y hasta en 12 parcialidades, si se trata de las aportaciones para amortización y los accesorios de los conceptos adeudados.
- Sin necesidad de exhibir garantía.
- Condonación de cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de la diligencia de requerimiento de pago y embargo y que sea distinto a los honorarios de intervención.
- No revisión de los periodos regularizados mediante el presente Programa de Apoyo para la Regularización de Adeudos al Infonavit, excepto cuando se trate de atender la queja presentada por algún trabajador derechohabiente.
- No presentación de querellas, cuando de la omisión de los importes sujetos a regularización se detectara la comisión de un posible delito en materia fiscal.
I.PAGO DE APORTACIONES (Trabajadores sin crédito)
A.Pago en una sola exhibición
B.Pago en parcialidades
– Autorización para cubrir hasta en: 48 parcialidades aportaciones y sus accesorios
– Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades con pagos mensuales, anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del patrón deudor o a los periodos que tiene mayores ingresos.
– No exhibición de la garantía del interés fiscal.
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