Concluye facilidad de timbrar CFDI´s con FIEL ahora solo con CSD


autorizada RIFEste martes 3 de marzo de 2015 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que la facilidad para las Personas Físicas de emitir y timbrar CFDI con la FIEL únicamente aplica para su servicio gratuito, disponible en su portal.

Puedes ver el siguiente articulo donde hablamos de ello: No se podrá Facturar con FIEL

Si eres una Persona Física que viene realizando este proceso con un proveedor de CFDI será necesario contar con tu Certificado de Sello Digital (CSD).

Es necesario tramitar tu CSD y poder continuar emitiendo y timbrando CFDI. Tramítalo a la brevedad ante el SAT.

Esta regla entra en vigor al día siguiente de su publicación: 4 de marzo de 2015, de acuerdo con el transitorio Primero de la Primera Modificación a la RMF 2015. El SAT lo dio a conocer en la Regla 2.2.7 de la Primera Modificación a la RMF 2015, publicada el 3 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

FacturarconFIELsoloenlapaginadelSAT_thumb.jpg

Tramitar el Certificado de Sello Digital

Para continuar timbrando Tramita tu CSD:

  1. Tramita tu CSD ante el SAT. Revisa aquí requisitos: https://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/tramite_csd.aspx
  2. Si eres usuario de nuestros sistemas, en el apartado de Configuración quita los archivos de la FIEL y carga los archivos del CSD.
  3. Si eres usuario de nuestras aplicaciones, en el apartado de Configuración también debes quitar los archivos de la FIEL y cargar los archivos del CSD.

Importante: Considera que una vez que hayas tramitado tu CSD, el SAT tarda de 24 a 72 horas en actualizar su listado de contribuyentes (LCO), por tal motivo te pedimos ser paciente y verificar cada 24 horas si tu RFC ya aparece en ese listado. En tanto no esté, no podrás timbrar.

4 comentarios en «Concluye facilidad de timbrar CFDI´s con FIEL ahora solo con CSD»

  1. Hola,

    Leí alarmado esta nota pero aún hoy 6 de marzo varios de mi clientes siguen usando su FIEL para generar cfdis y funciona, aparte de los posts que ustedes pusieron no he visto mayor información al respecto. Saben si en realidad esto entró ya en vigor?

    Responder
    • Hola Erika, ya es una realidad la eliminación de la facilidad de facturar con la FIEL para las personas fisicas.

      Recomiendo apoyarlos a generar su Certificado de Sello Digital cuanto antes y evitar posibles conflictos futuros con sus clientes.

      Saludos Cordiales

      Responder
  2. Hola soy del RIF, quiero saber si al dejar de emitir facturas desde el portal gratuito del sat y contratar a un proveesor para timbrar con CSD ya no podre declarar en el portal mis cuentas? o que pasaria, ya que en su pagina del sat dice que no es necesario contratar contador ni hacer declaraciones informativas si emites facturas desde ‘mis cuentas’ entonces al timbrar con un proveedor tendre que enviar las informatuvas de mis proveedores? Ahi torceria el rabo la marrana porque ni idea de como se hace eso.

    Responder

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