La facturación se arraiga cada día mas en nuestra vida cotidiana al recibir muchos correos con nuestras facturas electrónicas o las impresiones que nos dan, pero no olvidemos que todos esos comprobantes los debemos de validar para asegurarnos que si es deducible.
Los contribuyentes deben verificar los siguientes comprobantes:
- CFD- Comprobantes Fiscales Digitales.
- CFDI- Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet.
- CFI- Comprobantes Fiscales Impresos.
En términos del artículo 29 del CFF, los contribuyentes que deduzcan o acrediten fiscalmente con base en los comprobantes fiscales digitales, incluso cuando los comprobantes consten en documento impreso, para comprobar su autenticidad.
Deberán consultar en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si el certificado que ampare el sello digital se encuentra registrado en dicho órgano desconcentrado y no ha sido cancelado
Se les recuerda que deben validar sus Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) y los Comprobantes Fiscales Impresos (CFI) que les entreguen sus proveedores de bienes o servicios por compras, gastos e inversiones, en el portal siguiente: (de no hacerlo se perderá las deducciones o los acreditamientos fiscales, para la verificación requieren del RFC del Proveedor como del contribuyente, el folio y serie del comprobante así como la autorización del proveedor y el año de autorización).
Lo anterior lo pueden efectuar a través de la página de Internet del SAT en la siguiente liga:
Fuente: IMCP
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