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Si estás exento para la recaudación del IDE y te presentas a una institución bancaria para exigir tu derecho, esto es lo que ellos deberán hacer para validar que eres una persona física o persona moral exenta de que te retengan dicho impuesto.

Para establecer las especificaciones técnicas que regirán la operación del servicio que brindará el SAT a las instituciones financieras obligadas a recaudar el impuesto a los depósitos en efectivo respecto de la identificación de contribuyentes personas físicas y morales exentas, así como las personas físicas exentas del pago del impuesto al valor agregado por prestación de servicios por los que se deriven intereses, se requiere que dichas instituciones implementen los mecanismos que eviten su recaudación.

Primer modo de operación: Consulta inicial
La institución enviará un archivo de consulta de los cuentahabientes personas físicas que manifiesten estar exentos del IDE o del IVA, y el SAT devolverá un archivo de resultados con todos los cuentahabientes incluidos, identificando si son o no exentos o, en su caso, si la clave de RFC proporcionada no se encuentra registrada en el padrón.

Segundo modo de operación: Consulta sobre cuentahabientes que manifiesten o se encuentren en posible condición de exentos, posterior a la consulta inicial
La institución enviará un archivo con:

  • Los cuentahabientes personas morales en posible condición de exentos del IDE.
  • Los cuentahabientes personas físicas que manifiesten estar exentos del IDE por créditos.
  • Los cuentahabientes personas físicas que manifiesten estar exentos del IVA.

El SAT devolverá un archivo de resultados con todos los cuentahabientes incluidos, identificando si son o no exentos o, en su caso, si la clave de RFC proporcionada no se encuentra registrada en el padrón.

Tercer modo de operación: Informe sobre cuentahabientes que dejaron de ser exentos
El SAT remitirá a la institución un archivo con la relación de aquellos cuentahabientes que, en consultas previas, fueron identificados como exentos y que, por cualquier motivo, hayan dejado de serlo.

Resultados de la consulta sobre cuentahabientes personas morales
El SAT enviará a la institución un archivo con el resultado de la consulta de los RFC de los cuentahabientes personas morales respecto a si están identificados como exentos del IDE. Adicionalmente, enviará un archivo de respuesta de cifras de control.

Informe de cuentahabientes personas morales que dejaron de ser exentos
El SAT remitirá a la institución un archivo con información de los contribuyentes previamente reportados como exentos y que hayan perdido esa condición. También incluirá un archivo de cifras de control.

Comentario final

Contar con la información precisa sobre los procedimientos del SAT garantiza que las instituciones bancarias respeten la condición de exento del contribuyente. Cumplir con los requisitos técnicos y de identificación es clave para evitar retenciones indebidas. De esta forma, tanto personas físicas como morales protegen sus derechos fiscales de manera correcta.

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2 Comentarios

  • VER_ALDANA dice:

    hola que tal tengo una duda, ahorita con lo que estan haciendo en el SAT de requerimiento por ISR en relacion al IDE que puedo hacer si en mi caso me requiern IVA segun esto tambien por relacion al IDE que se a efectuado segun instituciones bancarias es por la misma razon de regularizacion que se esta manejando en este año o porque razon ya que la persona fisica en una comercializadora de pollo crudo y segun ley estamos exentos al IVA ademas tiene otra actividad que es arrendamiento pero no se a generado ningun ingreso por este concepto no se si puedas aclararme la duda???

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