El envió de la Contabilidad Electrónica al SAT básicamente es generar los XMLs con la Información de la Balanza de Comprobación, Catalogo de Cuentas e Información de las Pólizas generadas. Si aún tienes incertidumbre de si estás obligado o no a presentar la Contabilidad Electrónica en el SAT, te comentamos que los obligados son:
- Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables mayores o iguales a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
- Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
En base a esta información nos podemos dar cuenta que para el cálculo de los Ingresos acumulables de las Personas Morales es básicamente lo que se declaró en 2013.
Pero queda una pregunta respecto a las Personas Físicas ya que existen OTROS Tipos de Ingresos.
Como se Determinan esos 4 Millones de Ingresos Acumulables en las Personas Físicas?
En referencia a los Resolutivos Tercero y Cuarto de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, si eres persona física los regímenes se consideran para la acumulación de los ingresos declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013, para el envío de la información contable en 2015 o 2016, son los siguientes:
- Actividad empresarial y profesional
- Arrendamiento (excepto los contribuyentes con deducción ciega)
Es decir los ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 de los siguientes regímenes fiscales, no se deberán tomar en cuenta para efectos del parámetro de los 4 millones que se señalan en los citados resolutivos Tercero y Cuarto:
- Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado
- Arrendamiento (Deducción Ciega)
- Enajenación de bienes
- Adquisición de bienes
- Intereses
- Premios
- Dividendos
- Demás Ingresos
Fundamento legal: Resolutivos Tercero y Cuarto de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, y regla 2.8.1.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
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