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 El SAT pone a tu disposición el informe general, un nuevo servicio que resulta útil si deseas conocer el estatus que tienes en el RFC y el de tu domicilio fiscal, si estás al corriente en la presentación de las declaraciones a las que estás obligado (incluidas las informativas) o si tienes créditos fiscales firmes.

Para emitirlo, el SAT considerará:

  • El estatus que tienes en el RFC y en tu domicilio fiscal.
  • La presentación de las declaraciones a las que estés obligado del año en curso y del anterior, incluidas las informativas.
  • Los créditos fiscales firmes a tu cargo.

Para qué es útil un informe general

Es útil para conocer tu estado en el RFC, el cumplimiento en la presentación de las declaraciones a las que estás obligado (incluidas las informativas) y para saber si tienes créditos fiscales firmes, lo cual te permitirá, en su caso, realizar las acciones correctivas o de aclaración que consideres pertinentes.

Qué necesitas para obtenerlo

  • Ingresa al portal de Internet del SAT.
  • Registra tu RFC y tu CIEC en la opción Mi Portal.
  • Elige: Servicios por Internet>Cumplimiento de Obligaciones Fiscales>Informe General del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
  • Imprime o guarda el informe emitido.

Qué debes hacer si obtienes un Informe general con el cual no estás de acuerdo

1. Por Internet
Hacer una aclaración. Ingresa al portal de Internet del SAT, captura tu RFC y CIEC en la opción Mi Portal, elige Servicios por Internet>Aclaraciones>Solicitud, adjunta el archivo electrónico que soporte tu aclaración y el informe obtenido.

2. Personalmente
Acudir a cualquier Módulo de Servicios Tributarios del SAT a realizar la aclaración con lo siguiente:

Documentación

  • Las personas físicas deben presentar identificación oficial vigente expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal, pasaporte, credencial del IFE, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar.
  • Las personas morales deben presentar identificación oficial vigente del representante legal (de las referidas en el punto anterior), copia certificada del poder notarial con el que se acredite su personalidad o carta-poder firmada ante dos testigos, ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.
  • La documentación en original que soporte tu aclaración.

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2 Comentarios

  • Contaomar dice:

    De que sirve esta información si el servicio «Informe General de cumplimiento…» nunca a estado activo, y ni siquiera aparece.

  • Areli dice:

    si el SAT hiciera las cosas bien, esta herramienta sería muy útil, pero en la práctica de todos los contribuyentes que he solicitado esta información el portal me la da erronea y siempre hay que hacer la aclaración, de preferencia directo en las oficinas del SAT, porque en el portal es más tardado y cuando les demuestro que si están cumplidas las obligaciones solo dicen «es que todavía hay fallas en los sistemas». Así que a seguir esperando que nuestras autoridades quieran hacer su trabajo adecuadamente.

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