Uno de los desafíos más importantes en el ámbito de la nómina es el adecuado llenado del CFDI, ya que es crucial seguir los criterios establecidos en la guía del SAT, especialmente los detallados en el apéndice 6. A continuación, revisaremos algunos ejemplos para comprender mejor su aplicación.
Toma precauciones: Régimen y percepciones en nómina
Al pagar el salario diario del trabajador, es necesario utilizar el tipo de régimen 02 «sueldos y salarios», y la percepción debe ser registrada como «GRAVADO». Si se introduce erróneamente como «exento», el sistema no mostrará una matriz de error que impida el timbrado, pero la autoridad lo considerará como «gravado» en su acumulación. Por lo tanto, es fundamental asegurarse de capturar correctamente el tipo de percepción para evitar inconsistencias con las obligaciones fiscales y la información reportada a las autoridades.
A demás debemos de considerar las claves de deducción que disminuyen la base.
En el caso del aguinaldo este se puede manejar en gravado y exento debido a que el artículo 93 fracción XIV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece una exención de 30 UMAS.
Pero que pasa si se utilizan las claves de ajuste.
En este caso, lo que ocurre es que se reduce el aguinaldo pagado, ya sea exento o gravado. Es decir, el importe registrado bajo cualquiera de las claves mencionadas disminuye el ingreso para el trabajador y la deducción para el patrón.
Es fundamental seguir el 6 de la guía de llenado del SAT para configurar correctamente el sistema de nómina y así evitar errores en el timbre del CFDI.
Así mismo, es importante utilizar las claves de percepción de acuerdo al régimen de contratación.
A continuación, el catálogo de percepción del SAT con el régimen a utilizar.
Conclusión:
Se recomienda revisar el apéndice 6 de la guía de llenado del SAT para una correcta configuración del sistema de nómina y un timbrado correcto, y así evitar cancelaciones de los CFDI.
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buenas tardes, una duda, cual es la situacion, cuando la constancia de situacion fiscal del trabajador, no tiene como asalariado??