El 7 de diciembre de 2012 se publico la iniciativa federal de modificar la Ley de Ingresos de la Federación para 2013, donde se buscaba que los honorarios médicos o dentales, gastos hospitalarios y transporte escolar para que fueran deducibles no deben de ser pagados en efectivo, pero se hecho para atrás la propuesta motivada por la falta del uso generalizado de medios diferentes al pago en efectivo de los que reciben el ingreso.
Se había propuesto agregar el siguiente numeral al articulo 21 de la Ley de Ingresos:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El presente manual de usuario resume las características generales de operación del Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED) y del Sistema de Presentación de la Información Alternativa al Dictamen (SIPIAD), relacionadas con la captura, edición y presentación de los documentos por Internet para el ejercicio fiscal de 2010.
Al distribuir este sistema a todos los contribuyentes que dictaminan sus estados financieros, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pretende que exista una reciprocidad de beneficios al permitirles, por una parte, simplificar el manejo y administración de la información de carácter fiscal y, por la otra, obtener con oportunidad y calidad la información requerida para ejercer su función.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
A continuación les dejo las fechas limites publicadas en la pagina del SAT para la presentación del Dictamen Fiscal en SIPRED 2012, junto con algunas preguntas frecuentes respecto a su presentación:
1. ¿Cuál es el plazo para la presentación del dictamen de Estados Financieros del ejercicio fiscal 2012? El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2012, se presenta a más tardar el 1 de julio de 2013; sin embargo, lo puede presentar en forma previa a la fecha indicada en el siguiente calendario:
Calendario para el envío del dictamen de acuerdo a la primera letra del RFC.
Letras A a la F del 14 al 19 de junio de 2013 Letras G a la O del 20 al 25 de junio de 2013 Letras P a la Z y el & del 26 de junio al 1 de julio de 2013
Fundamento legal: Artículo 32 A del CFF. y Resolución Miscelánea Fiscal para 2013
2. ¿A qué calendario se verán sujetas las Sociedades Controladoras que consoliden su resultado fiscal para la presentación vía Internet del dictamen fiscal por el ejercicio 2012? El dictamen fiscal se debe presentar a más tardar al 15 de julio de 2013.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
La siguiente información se extrajo de la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al ejercicio fiscal de 2013 y solo se considera la parte hacendaria de esta iniciativa.
Para impulsar la productividad en el país es la reforma integral de la hacienda pública. Ésta debe estar orientada al objetivo de fortalecer los ingresos tributarios, para reducir su dependencia del petróleo e incrementar la capacidad del Estado de cubrir las necesidades de la población en el contexto de finanzas públicas sostenibles.
Impulsar la Reforma de la Hacienda Pública
La capacidad de recaudación de los distintos órdenes de gobierno de un país es el determinante de última instancia de la capacidad del estado de atender las necesidades de la población. De lo anterior se desprende la importancia de los ingresos tributarios. Ante una capacidad reducida de generar ingresos por parte del gobierno, no existirán los recursos financieros para implementar programas en materias como desarrollo social, seguridad pública y desarrollo de infraestructura, entre otros.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Si se pensaba que el IETU para 2013 podría desaparecer o unificarse con el ISR, la iniciativa de la ley de ingresos de la federación dice lo contrario, a continuación se muestra la explicación del porque se quiere seguir manteniendo el Impuesto Empresarial a tasa única para 2013:
Declaración informativa del impuesto empresarial a tasa única (IETU)
De conformidad con el artículo 21, fracción II, numeral 1, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, los contribuyentes del IETU deben presentar en forma anual la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar dicho impuesto.
Cabe destacar que es de suma importancia contar con la información señalada en el párrafo anterior para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, por lo que el Ejecutivo Federal a mi cargo considera conveniente someter a la consideración de ese Congreso de la Unión mantener dicha obligación en el ejercicio fiscal de 2013.
Crédito IETU
Con la finalidad de reforzar el efecto de control y la naturaleza del impuesto mínimo que representa el IETU en el ISR, el Ejecutivo Federal a mi cargo propone a ese Congreso de la Unión que se conserve en el artículo 21 de la Ley cuya emisión se plantea, la disposición que señala que el crédito fiscal generado por el exceso de deducciones previsto en la Ley del IETU, únicamente pueda acreditarse contra el propio IETU en los diez ejercicios siguientes hasta agotarse.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El pasado viernes 7 de diciembre de 2012, el Ejecutivo presentó ante el Congreso de la Unión, la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, en ella se propone mantener las tasas del ISR tanto de personas morales como de personas físicas en una tasa marginal del 30%, la siguiente información fue dada a conocer para sustentar esta iniciativa:
Tarifa de personas físicas y tasa aplicable a las personas morales en materia del impuesto sobre la renta
Durante el año de 2009 la actividad económica de nuestro país sufrió una de las contracciones más importantes de que se tenga registro, al mostrar una disminución real de 6.2 por ciento. Esta contracción de la actividad económica tuvo como causa principal la crisis financiera internacional ocurrida en 2008 en los Estados Unidos de América, así como la emergencia sanitaria de finales de abril de 2009 en México.
Lo anterior propició el debilitamiento de la recaudación tributaria del país, por lo que los ingresos tributarios pasaron de representar el 9.9 por ciento del PIB en 2008 a 9.4 por ciento en 2009.
En consecuencia, el Congreso de la Unión a fin de fortalecer los ingresos públicos y evitar un debilitamiento estructural en las finanzas del país, a finales del año 2009, aprobó el incremento de la tasa del ISR de personas morales del 28 al 30 por ciento, y de las tres últimas tasas marginales de la tarifa del ISR de personas físicas en una proporción de 7.14 por ciento, con el objeto de ubicar la tasa marginal máxima de dicha tarifa en 30 por ciento.
Sin embargo, a pesar de que la actividad económica de nuestro país ha mostrado tasas de crecimiento favorables, el entorno económico mundial muestra elementos que generan incertidumbre sobre el futuro desempeño de las economías más importantes del mundo, destacando los problemas de sustentabilidad de las finanzas públicas en diversos países de Europa y en Estados Unidos de América.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Las deducciones por honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios y colegiatura ya no podrán cubrirse en efectivo, esto es lo que proponen en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la federación para este 2013, esto quiere decir que si se llegara a aprobar esta iniciativa para la declaración de ISR de las personas físicas de 2013 tendría que aplicar. A continuación se expresan los motivos que sustentan esta Iniciativa:
Medios de pago para deducciones personales por gastos médicos, hospitalarios y dentales, así como de transportación escolar obligatoria
A partir del ejercicio fiscal de 1972 y en el año de 1992, respectivamente, se introdujo en la Ley del ISR la posibilidad de que las personas físicas efectuaran la deducción por pagos de honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, así como de transportación escolar con el propósito de apoyar la economía familiar, los cuales se han convertido en una erogación permanente para el gasto de las familias mexicanas.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Calculadora ISR 2026 de Regalo: Descárgalay calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2026 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!
El pasado viernes 7 de diciembre de 2012, el Ejecutivo presentó ante el Congreso de la Unión, la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.
Algunos de los puntos más importantes que contempla la Iniciativa son:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Por C.P.C. José Antonio González Castro Profesor de Asignatura de la UVM Plantel Tlalpan
Para una simplificación tributaria, las personas físicas y morales podrán presentar ciertas declaraciones de pagos provisionales o definitivas por medio del Servicio de Declaraciones y Pagos. El artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF), vigente para el ejercicio fiscal 2012, señala que las “personas deberán presentar las solicitudes en materia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), declaraciones, avisos o informes en documentos digitales con firma electrónica avanzada (Fiel) a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que indique el Servicio de Administración Tributaria (SAT ) mediante reglas de carácter general”.
La totalidad de los contribuyentes, en materia de declaraciones, deberá presentarlas mediante documentos digitales. Por ejemplo, en el caso del Pago Referenciado, Pagos Provisionales como el del Impuesto Sobre la Renta (ISR ) y el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y pagos definitivos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IE PS), que presentan las personas físicas y morales.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Newsletter ContadorMx
Recibe las novedades fiscales
directamente en tu correo
Nuevos artículos, cambios del SAT,
CFDI, IMSS, impuestos y recursos
prácticos para contadores en México.
Actualizaciones fiscales
Nuevos artículos
Recursos para contadores
No hemos podido validar tu suscripción.
Revisa tu correo e inténtalo nuevamente.
¡Listo! Tu suscripción
se realizó correctamente.
Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT
No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.
Descarga gratis la calculadora 2026 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.
No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.
Descarga la Tablas de ISR para 2026 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).
No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.