No presentaste tu Declaración Anual 2014 de Personas Físicas a tiempo?


declaracion-anual-automatica-SAT.jpgSi no presentaste tu declaración anual como Persona Física a partir del 1 de mayo de 2014, se tendrá que pagar por los recargos a más tardar dentro del mes siguiente, además se hacen acreedores a las actualizaciones en caso de que la presenten de forma espontánea y que tu calculo anual resulte a pagar.

En el caso de que tu declaración anual arroje un saldo a favor no se calculan los recargos

Si la autoridad llega a requerir la declaración anual y esta no esta presentada el contribuyente se hará acreedor a una multa la cual se especifica a continuación:

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Como Tramitar el Pago en Parcialidades del ISR a cargo en Declaracion Anual 2013

 

Es la opción que tienen los contribuyentes de pagar el impuesto sobre la renta que resulte a cargo en la Declaración Anual, en forma diferida o parcialmente, hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, sin autorización previa y sin tener que garantizar el interés fiscal. Para ello, debe hacer lo siguiente:

  • Señale en el programa DeclaraSAT o Declaración simplificada el número de parcialidades elegidas sin exceder de seis.
  • Presente la Declaración Anual a más tardar en abril, cubriendo la primera parcialidad.
  • Pague la segunda parcialidad y posteriores con la forma fiscal FCF, que debe solicitar en la Administración Local de Recaudación que le corresponda, o bien, a través de INFOSAT (01 800 46 36 728) en la que se incluirán la actualización y recargos que correspondan.

Si presenta su Declaración Anual a más tardar en abril no tiene que presentar ante el SAT el aviso de que opta por pagar en parcialidades. La opción de pago en parcialidades quedará sin efectos y las autoridades fiscales requerirán el pago inmediato del crédito fiscal cuando el mismo no se haya  cubierto en su totalidad, a más tardar en el mes de septiembre.

Como se Solicita el Pago en Parcialidades al SAT?

Los Contribuyentes que quieran la opción de pagar su ISR en parcialidades deberán considerar que:

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Como Suspender mis Actividades como Persona Fisica desde la Pagina del SAT

 

Si ya no tienes ninguna actividad económica y deseas dejar de presentar declaraciones mensuales, anuales o informativas sin información o en ceros. Lo mas viable es que presentes un Aviso de Suspensión de Actividades. Este articulo habla de quienes pueden presentar el aviso y como lo pueden hacer desde la pagina de Internet del SAT siguiendo unos sencillos pasos.

El Servicio de Administración Tributaria [SAT], pone a tu disposición el servicio para presentar por Internet el aviso de Suspensión de actividades. El aviso debe presentarse cuando el contribuyente persona física, interrumpa todas sus actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, siempre que no deba cumplir con otras obligaciones fiscales periódicas de pago, por sí mismo o por cuenta de terceros, supuesto en el cual procedería, en su caso, el de actualización de actividades económicas y obligaciones o de apertura de la sucesión.

Para realizar este trámite, es necesario que dispongas de lo siguiente:

  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Contraseña.
  • PC con servicio de Internet.
  • Impresora.

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Que son los Vales de Despensa y caracteristicas de los Monederos Electronicos RMF 2014

 

Se publica en la pagina del SAT la 2da modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus anexo 1-A y 22. En esta modificación se define principalmente el concepto de Vale de Despensa, características y obligación de los que expiden los monederos electrónicos de vales de despensa.

En esta modificación a la RMF 2014 se habla también de la Definición de área urbana, suburbana y zona metropolitana para el transporte público terrestre de personas, por lo que transcribimos lo publicado en la pagina del SAT:

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Tramitar Credencial del IFE con FIEL del SAT

 
El uso de la Firma Electrónica Avanzada FIEL no se limita a el SAT, así se da a conocer en el convenio publicado el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación. Se plantea que el IFE reconocerá los certificados digitales de FIEL que emita el SAT, los cuales se utilizarán en los procesos, trámites o servicios que dicho organismo público autónomo lleva a cabo, conforme a las normas que permitan la actuación administrativa mediante el uso de la FIEL.

Para efectos de lo anterior, el IFE implementará la infraestructura tecnológica que se requiera para llevar a cabo el procedimiento completo de dichos trámites o servicios, ello, sin perjuicio de que en el supuesto de adicionar con posterioridad nuevos procesos, trámites o servicios, dicho organismo público autónomo implementará los ajustes que se requieran, apegados a las disposiciones jurídicas y administrativas correspondientes.

CONVENIO de Colaboración que celebran el Instituto Federal Electoral y el Servicio de Administración Tributaria.

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Aplazamiento de la Resolución de Amparos de la Reforma Fiscal 2014 (Tarifas para PF)


martillo-juez El día de hoy se publico en el Diario Oficial de la Federación el aplazamiento del dictado de la resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de inconstitucionalidad de la Reforma Fiscal 2014. Esta reforma abarca diversas disposiciones de la Ley del IVA; de la Ley del IEPS; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del ISR, y se abrogan la Ley del IETU, y la Ley del IDE.

Específicamente de los preceptos relativos a las tarifas aplicables a las personas físicas para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta, la limitación de las deducciones correspondientes, la eliminación de la tasa preferencial del 11% del Impuesto al Valor Agregado en la Región Fronteriza, y la eliminación del Régimen Fiscal de Pequeños Contribuyentes.

A continuación les dejamos el acuerdo de aplazamiento a la resolución de amparos en los que se discute la insconstitucionalidad de la Reforma Fiscal 2014:

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IMSS e Infonavit para el Régimen de Incorporación Fiscal, dan Subsidio del 50%

Como medida para incentivar a que las Personas Físicas con Régimen de Incorporación Fiscal se inscriban al IMSS e Infonavit, se otorgara un subsidio que sera del 50% y se disminuirá gradualmente durante los próximos 10 años. Esto busca homologar el calculo del ISR que se aplica a este régimen en especifico.

Según este decreto se fomentara la creación de empresas en la formalidad, tanto en el ámbito fiscal como en el de la seguridad social, al mismo tiempo que se invita a las personas que no cumplen sus obligaciones en dichos ámbitos a regularizar o, en su caso, actualizar su situación.

A continuación les dejamos el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día de hoy 08 de abril de 2014:

DECRETO por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 39, fracciones II y III, del Código Fiscal de la Federación, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, el Ejecutivo Federal está facultado para dictar las medidas relacionadas con la administración, control, forma de pago y procedimientos señalados en las leyes fiscales a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, así como para conceder subsidios o estímulos fiscales;

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Operaciones y Pagos entre Partes Relacionadas en 2014 con Reforma Fiscal

Autor: CPC Jesús Navarro Martínez

Con la entrada en vigor a partir del 1° de enero de 2014 de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), resulta importante recordar las disposiciones aplicables a personas morales que realizan operaciones con partes relacionadas. Esto para efectos de cumplir con los requisitos de deducibilidad y evitar contingencias en materia fiscal.

En primer instancia, es importante considerar que por lo que se refiere a las disposiciones fiscales, relativas a la determinación de ingresos y deducciones a valor de mercado en operaciones entre partes relacionadas residentes en México y que como regla general también aplican a las operaciones celebradas con partes relacionadas residentes en el extranjero, en mi opinión se mantienen los mismos requisitos que hasta el 31 de diciembre de 2013 estuvieron vigentes, destacando los siguientes:

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