Fecha limite para presentar la Contabilidad Electronica de Enero 2015 – Que dias de Abril?

 

Hay algunas dudas sobre la fecha límite para enviar la información de la contabilidad electrónica del mes de Enero del 2015 debido a que el plazo (que es el 3 de Abril es viernes santo, y es día inhábil en México) Por lo mismo anexamos la aclaración a esta duda y el fundamento para conocer la fecha límite para el envío de la información considerando los días inhábiles.

Consideración de días hábiles para el envío de información.

-Marzo 24, 2015 Con la publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, se oficializa una prórroga en materia de contabilidad electrónica, misma que había sido difundida con anterioridad en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Como se Determinan los 4 Millones de Ingresos Acumulables? – Contabilidad Electronica

 
calculadora.jpg El envió de la Contabilidad Electrónica al SAT básicamente es generar los XMLs con la Información de la Balanza de Comprobación, Catalogo de Cuentas e Información de las Pólizas generadas. Si aún tienes incertidumbre de si estás obligado o no a presentar la Contabilidad Electrónica en el SAT, te comentamos que los obligados son:

  • Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables mayores o iguales a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013
  • Personas morales y personas físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013

En base a esta información nos podemos dar cuenta que para el cálculo de los Ingresos acumulables de las Personas Morales es básicamente lo que se declaró en 2013.

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Prorroga entrega Polizas de la Contabilidad Electronica al SAT


PRORROGA-SAT.jpgSe publica en el SAT la Actualización a la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, lo que sera la Prorroga una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Esta Prorroga de Contabilidad Electronica es única y exclusiva el envió del XML con las PÓLIZAS de Contabilidad Electronica. Quedando vigente el envió de la Balanza de Comprobación.

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Guía para la declaración anual 2014 de Personas Morales EN LINEA desde el SAT

 

A partir del 2015 la Presentación de la Declaración Anual de Personas Morales se hará en Línea, esta nueva modalidad de presentación de la Declaración Anual va de la mano con las plataformas que se han implementado para la presentación de los Pagos Referenciados (pagos provisionales mensuales).

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Declaracion Anual 2014 de Personas Morales EN LINEA – Principales Novedades y Beneficios

 

La Declaración Anual de Personas Morales ahora se hará en Línea, la nueva aplicación para la presentación de la Declaración Anual de personas morales del ejercicio 2014 tiene una imagen renovada y funcionalidades de cálculo de cada régimen fiscal.

La interfaz se asemeja a la captura de los Pagos Referenciados, ya que se puede realizar la captura de la declaración En línea o Fuera de Línea. El SAT recomienda realizar el llenado En Línea (el sistema guarda la información hasta por un plazo de 30 días).

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Uso del Complemento de CFDI por la Compra Venta de un Vehiculo Nuevo o Usado

 

Se dieron a conocer las reglas para la Enajenación de vehículos nuevos o usados en la que se recibe en contraprestación un vehículo usado y dinero, esto en la 7ma resolución de modificaciones la resolución miscelánea 2014 específicamente en la regla I.2.7.1.34. A continuación transcribo la regla en donde explica que se debe de hacer para que una Persona Física o Moral compre o venda un vehículo nuevo o usado:

Para los efectos del artículo 29, último párrafo del CFF en relación con la regla I.3.3.1.3., en el caso de operaciones en las cuales se enajenen vehículos nuevos o usados y se reciba como pago resultado de esa enajenación un vehículo usado y dinero se estará a lo siguiente:

I. Los contribuyentes que enajenen vehículos nuevos a personas físicas que no tributen en los términos del Título IV, Capítulo II, Secciones I y II de la Ley del ISR, y que reciban como pago resultado de esa enajenación un vehículo usado y dinero, incorporarán en el CFDI que expidan por la enajenación del vehículo nuevo a la persona física, el complemento que para tal efecto publique el SAT en su página de Internet, y además deberán conservar lo siguiente:

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Contabilidad en medios electrónicos y el Dictamen Fiscal

 
Derivado de la Reforma Fiscal 2014 en materia de Código Fiscal de la Federación (CFF), que contempla, entre otras, la obligación para los contribuyentes de comunicar mensualmente la información contable por medio de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de conformidad con las reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.

Tras la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación para 2015, el nuevo Reglamento del CFF y diversas modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 así como la sección de “Preguntas Frecuentes” de la página de Internet del SAT, el pasado 4 de diciembre el SAT realizó precisiones y ajustes en los plazos para la presentación de la contabilidad en medios electrónicos a saber:

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Contabilidad Electronica hasta 2015 para Contribuyentes con Ingresos Mayores a 4 Millones

 

contabilidad electronica contadormx El día viernes 04 de diciembre se anunciaron los cambios que tendrá la presentación de la Contabilidad Electrónica. Se concedió que los contribuyentes se sumen a esta obligación de forma gradual, esto obedece a una demanda legítima de los contribuyentes para estar en posibilidad de integrar correctamente su información y cumplir con esta obligación fiscal.

En este articulo vamos a hablar de quienes siguen estando obligados pero solo a partir de 2015 de presentar su Contabilidad Electrónica.

Quienes NO están Obligados a la Contabilidad Electrónica

Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.

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Que son los Precios de Transferencia en México – Principales Operaciones y comprobación

 

Autor: CP Carlos Reyes

Los precios de transferencia dentro de la materia impositiva son un concepto que permite a las autoridades fiscales de diversos países estar en posibilidad de revisar y objetar el valor de los bienes y servicios que se fijan, ello con la finalidad de abatir impuestos directos y trasladar a otras regiones las utilidades con una carga impositiva menor o, en su caso extremo, libre de gravámenes.

Por lo anterior, los precios de transferencia desde el punto de vista de la autoridad, propician un control y, por lo tanto, una tranquilidad en el sentido de que los sujetos pasivos multinacionales celebran operaciones entre sí a valor de mercado.

El sistema tributario mexicano absorbe la práctica de los precios de transferencia a partir de 1993, con la intención de que en México se controlen los precios de los bienes y servicios que determinen los contribuyentes tanto nacionales como extranjeros, que al celebrar operaciones con personas físicas y jurídicas de otros países, no pretendan disminuir la carga tributaria y que, en consecuencia, el ingreso que obtengan pague el impuesto en el lugar en que efectivamente se genere.

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