Tal vez muchos Contadores damos por sentado de como es la Presentación de la Declaración Anual de Personas Morales, sin embargo cada año salen nuevos cuestionamientos en lugar de disminuir. Se da a conocer en la pagina del SAT de cuales son las preguntas frecuentes con su respectiva respuesta, de como se debe presentar la declaración anual de las Personas Morales en 2015.
Entre estas preguntas se encuentran de los siguientes temas:
- Dudas Técnicas
- Beneficios de presentarla en línea
- Explicación de los cálculos automáticos.
- Fechas limite de presentación
- Como y cuando pagar los saldos a cargo del contribuyente
A continuación les dejamos las 106 preguntas frecuentes que se les pueden presentar mientras se busca cumplir con la obligación de presentar la Declaración Anual de Personas Morales para 2015:
- ¿La nueva aplicación para presentar la Declaración Anual de 2014 para personas morales tiene información precargada? No.
- ¿Se puede capturar fuera de línea en la nueva aplicación para presentar la Declaración Anual y luego subirla para enviarla? Sí, en Llenado de la declaración selecciona Fuera de línea, descarga e instala el programa, así como los formatos. Para enviarla ingresa a Trámites: Declaraciones: Anuales: Personas morales 2014: Conoce la nueva declaración; captura RFC y contraseña o firma electrónica e ingresa a la opción Importar declaración; abre el archivo satm, verifica y envía la declaración.
- ¿Cuál es el medio de presentación para la Declaración Anual de años anteriores, tanto normal como complementaria? Descarga e instala la versión DEM (2013) V. 1.5.6 para elaborar y presentar la Declaración Anual de personas morales, correspondiente a los ejercicios fiscales de 2013 hasta 2002.
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- ¿Se consideran una deducción autorizada los pagos que realicé a mis trabajadores que a su vez son ingresos exentos? Son deducibles hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor 0.47 al monto de dichos pagos cuando las prestaciones otorgadas por el patrón a favor de sus trabajadores, que a su vez sean ingresos exentos, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan en comparación de las otorgadas en el ejercicio fiscal anterior.
- ¿Puedo acreditar los pagos provisionales en mi Declaración Anual para el impuesto sobre la renta si acredité el subsidio y no pagué efectivamente nada de pagos provisionales? Sí, se acreditan los pagos provisionales efectuados durante el ejercicio en la Declaración Anual. Si se acreditó el subsidio en los pagos provisionales, en la Declaración Anual se acreditaría el impuesto determinado en los pagos provisionales antes de haber aplicado el subsidio. El acreditamiento del subsidio funciona en pagos provisionales como un pago virtual.
- ¿Debe considerarse como deducción autorizada para la Declaración Anual el ingreso percibido en 2014 de una factura emitida en el mismo año y cancelada en 2015? Sí, deben considerarse las devoluciones que se reciban, los descuentos y bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
- ¿En qué hoja de la nueva aplicación para presentar la Declaración Anual de 2014 se encuentra el campo donde se capturan los ingresos exentos de los trabajadores? Se capturan en el campo Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador y se encuentra en el apartado Datos de algunas deducciones autorizadas, dentro de la hoja Datos de deducciones.
- ¿La nueva aplicación para presentar la Declaración Anual se puede usar en el sistema operativo Windows XP? No, se recomienda utilizar los establecidos en la Guía para el llenado de la Declaración Anual 2014 de personas morales.
- ¿Qué formulario de la nueva aplicación deben utilizar los contribuyentes del Régimen de Actividades Agrícolas para presentar la Declaración Anual? El formulario para el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras es el F-25.
- ¿Puedo deducir los pagos realizados al Infonavit del ejercicio de 2014 si no me expidió los comprobantes respectivos? o, porque no tienes comprobante fiscal de pago.
- Puedo deducir comprobantes de personas físicas de 2014 que pagaré con cheque en 2015? Puedes deducirlos únicamente cuando el pago lo realices con cheque y siempre que entre la fecha del comprobante fiscal y la fecha en que efectivamente se cobre el cheque no transcurran más de cuatro meses, excepto cuando ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.
- ¿Para el cálculo del coeficiente de utilidad de mis pagos provisionales correspondientes al ejercicio 2015 ya no se aplicará la deducción inmediata? Sí, para el cálculo sólo considera la utilidad fiscal del ejercicio entre los ingresos nominales del mismo ejercicio.
- Para determinar la base gravable para el cálculo de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas 2014, ¿qué conceptos debo restar a los ingresos acumulables? Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto.
- ¿Qué opción tengo para la acumulación de ingresos por concepto de anticipos de clientes y qué deducción puedo aplicar al impuesto sobre la renta? Puedes considerar como ingreso acumulable del ejercicio el saldo que por los mismos conceptos tengas al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, y puedes deducir, en este caso, el costo de lo vendido estimado que corresponda a dichos anticipos.
- ¿Cuál es el porcentaje de deducción de inversiones que puedo aplicar a la maquinaria y equipo, y equipo de transporte que me rentan? Los porcentajes de deducción de inversiones no son aplicables cuando arrendas equipo.
- ¿Qué debo hacer si en 2014 cancelé unos comprobantes fiscales de años anteriores por devolución de mercancía, y no eran electrónicos? Debes presentar una declaración complementaria de los ejercicios en que se acumuló el ingreso que ampara dichos comprobantes.
- ¿La nueva aplicación para presentar la Declaración Anual permite importar datos al anexo de los integrantes de los coordinados, porque tengo que capturar más de 100 registros? No es posible cargar la información proveniente de un archivo distinto a la Declaración Anual; sin embargo la aplicación permite guardar la información por un periodo de treinta días y en dicho periodo puedes ingresar las veces que sea necesario para completar la información.
- ¿Realiza el cálculo de forma automática la nueva aplicación para presentar la Declaración Anual? Sí, el cálculo es automático.
- ¿Debe presentar Declaración anual la persona moral que está en el proceso de liquidación? Sí, debe de presentar Declaración Anual a más tardar el día 17 de enero del año siguiente.
- ¿Dónde obtengo el formato de pago de las demás parcialidades si opté por pagar en parcialidades el impuesto sobre la renta a cargo de mi Declaración Anual? Si optas por pagar el impuesto de conformidad con el “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los municipios del estado de Guerrero que se indican, publicado el 5 de diciembre de 2014”, los formularios de las parcialidades restantes los obtienes en la Administración Local de Servicios al Contribuyente que te corresponde.
- ¿Puedo ingresar únicamente con contraseña a la nueva aplicación para presentar la Declaración Anual ? La nueva aplicación permite ingresar con contraseña o firma electrónica.
- ¿Debo de presentar Declaración Anual si el año pasado suspendí mi empresa? Sí, estás obligado a presentar Declaración Anual por el ejercicio de 2014.
- ¿Por qué cuando capturo los datos del balance de anticipos vincula esta información a la conciliación contable fiscal? La información se refleja en la conciliación contable fiscal porque es parte de un ingreso.
- En diciembre de 2014 realice un pago por la compra de equipo de seguridad, pero la entrega del equipo y de la factura fue en enero, ¿en qué año puedo deducir el gasto? No son deducibles los comprobantes fiscales que se expidan a los contribuyentes con fecha 2015 por operaciones pagadas y realizadas en 2014, porque no cumplen con los requisitos de las deducciones autorizadas.
- ¿Existe diferencia si envío la Declaración Anual con firma electrónica o con contraseña? No.
- ¿En una constructora debe llevarse inventario?, porque la Declaración Anual tiene una apartado que debo llenar con la información de mis inventarios. Sí, debe llevarse un control de inventarios.
- ¿En qué apartado debo capturar el monto exento de la participación de los trabajadores en las utilidades que pagó la empresa a sus trabajadores? La captura en el anexo Datos de deducciones, en el campo Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador, genera que al proporcionar el dato se habiliten los campos de monto deducible.
- Para presentar la Declaración Anual del Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras que tributan por cuenta de sus integrantes, ¿sólo debe llenarse el anexo correspondiente a los integrantes? No, es necesario proporcionar toda la información que corresponde en la Declaración Anual, no solamente el apartado de información de los integrantes.
- ¿Cuál es el medio de presentación de la Declaración Anual de años anteriores, tanto normal como complementaria? Debes descarga e instalar la versión DEM (2013) V. 1.5.6 para elaborar y presentar la Declaración Anual de personas morales, correspondiente a los ejercicios fiscales de 2013 hasta 2002.
- ¿Son deducibles al momento de pago las aportaciones de seguridad social y el impuesto estatal ? No son deducibles al momento de pago, para deducirlas el comprobante fiscal y el pago deben corresponder al ejercicio 2014.
- ¿Qué formulario deben utilizar los contribuyentes del Régimen de Coordinados de la nueva aplicación para presentar la Declaración Anual? El formulario para el Régimen de Coordinados es el F-24.
- En una Asociación de Colonos con el Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos que al término del ejercicio 2014 nos quedó una cantidad que no se gastó por concepto de las cuotas de mantenimiento, ¿debe pagarse impuesto sobre la renta por ese dinero? No pagan impuesto siempre que no distribuya el remanente.
- Ya envié a través de la nueva aplicación mi Declaración Anual, ¿además tengo que pasarla a xml y enviarla al SAT? No, una vez enviada y luego de recibir tu acuse concluye el proceso.
- Una persona moral de reciente creación, inscrita en septiembre de 2014, que no obtuvo ningún ingreso, pero sí pagó retenciones de ISR e IVA por honorarios, ¿debe presentar su Declaración Anual en ceros o sólo los gastos? Tiene la obligación de presentar su Declaración Anual por el ejercicio 2014, aun cuando se trate de un ejercicio irregular. Las declaraciones por las retenciones que efectuó son correctas y en la Declaración Anual puede acreditarlas; se disminuirán del impuesto que se haya causado para ISR.
- ¿En la nueva aplicación cuál es la diferencia entre el llenado en línea o fuera de línea? Al descargar la aplicación se puede hacer el llenado en cualquier lugar y al terminar sólo hay que importar la declaración; en línea, la aplicación guarda la información por 30 días.
- En 2015 cancelé comprobantes fiscales de 2014, ¿a qué año debo acumularlos? Si fueron cancelados no debes acumularlos en ninguno de los ejercicios.
- ¿Qué pasa si en mi Declaración Anual señalé que opto por presentar dictamen fiscal y posteriormente decido ya no hacerlo? A partir de que en la Declaración Anual se selecciona la opción ya no puede renunciar a presentar el dictamen.
- ¿En qué apartado debo anotar los pagos provisionales que se acreditaron con subsidio? En el anexo Determinación del pago del ISR, campo Subsidio para el empleo.
- ¿Cuál es la fecha límite para presentar la Declaración Anual? Para las personas morales del Régimen General, el último día de marzo; para las personas morales con fines no lucrativos, el 15 de febrero.
- ¿La nueva aplicación para presentar la Declaración Anual lleva paso a paso durante el llenado? Sí, está ordenada por módulos y cada módulo incluye ayudas para que el llenado sea sencillo.
- ¿El subsidio para el empleo entregado a los empleados se informa en la Declaración Anual? No, el subsidio para el empleo se presenta a más tardar el 15 de febrero de 2015 y sólo en Declaración Informativa Múltiple.
- ¿Se considera una deducción el pago de seguro de gastos médicos mayores de los directivos? Sí, son deducibles los pagos por primas de seguros de gastos médicos que efectué el patrón en beneficio de sus trabajadores.
- ¿Cuál es el formulario que debo utilizar para las Asociaciones Civiles del Régimen Condóminos y las Asociaciones religiosas? Para el cumplimiento de las asociaciones civiles y religiosas sin fines de lucro debe utilizarse el formulario 21, y para las asociaciones civiles pertenecientes al Régimen General de Ley, el formulario 18.
- ¿Existe alguna guía para el llenado de la nueva aplicación? Sí, ingresa aquí.
- ¿Cuál es el campo para anotar la compensación de un saldo a favor de 2013? Debe anotarse en el apartado Determinación del Pago de ISR, campo Compensaciones.
- ¿En el Régimen de los Coordinados es aplicable el anexo de la conciliación? No es aplicable la conciliación contable fiscal porque estos contribuyentes determinan según el flujo de efectivo y en el formulario 24 no viene referido.
- ¿Son deducibles los sueldos que pagué el 31 de diciembre de 2014 correspondientes a la segunda quincena de diciembre de 2014, aunque los haya timbrado el 2 de enero de 2015? Para efectos de que sea deducible el pago de nómina, la fecha de emisión del comprobante debe tener la fecha del 31 de diciembre de 2014, aunque el timbrado sea de enero de 2015.
- ¿En qué módulo de la nueva aplicación debo capturar los datos del representante legal? En la nueva aplicación ya no es necesario indicar la información del representante legal.
- En la sección de deducciones autorizadas de la DEM 2014, apartado de sueldos y salarios, ¿qué importe debo capturar: el total por sueldos y salarios o sólo la parte exenta? Debes anotar el monto total pagado, es decir, el gravado y el exento.
- Si en 2014 no cobre lo ingresos facturados y los cobraré hasta febrero de 2015, ¿los debo acumular cuando los cobre? Para efectos de la Declaración Anual, tratándose de personas distintas de sociedades y asociaciones civiles, debe acumularse el ingreso para efectos del ISR en el ejercicio en el que emitió el comprobante.
- ¿Se considera una deducción autorizada el pago por servicio de energía eléctrica correspondiente al último bimestre de 2014 si lo pague en enero de 2015? Es deducible en el ejercicio que ampare el pago; en este caso para 2014, independientemente de que se haya pagado en 2015.
- ¿Cómo se presenta la Declaración Anual de una persona moral que entró en liquidación en 2014 por la terminación anticipada del ejercicio? Si se entró en liquidación en 2014 debió presentarse en el programa vigente en 2014, el DEM; si se va a presentar de forma extemporánea debe presentarse en la nueva aplicación, la Declaración Anual de 2014 para personas morales.
- ¿La nueva aplicación para presentar la Declaración Anual permite la consulta de las declaraciones presentadas en 2013? No. Esta información debes solicitarla por copia certificada.
- ¿Cuando una persona moral recibe aportaciones para futuros aumentos de capital debe presentar aviso? Sí, en los quince días posteriores a aquel en el que se reciban las cantidades correspondientes, y cuando se reciban en efectivo mayores a 600,000 pesos.
- ¿Cómo se integra la cuenta de utilidad fiscal neta? La cuenta de utilidad fiscal neta se integra por las utilidades fiscales netas de cada ejercicio y los dividendos o utilidades recibidos de otras personas morales; se disminuye de dividendos pagados o utilidades distribuidas.
- ¿Cuál es el procedimiento para presentar la relación de socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero?
1. Descarga la forma oficial 96.
2. Captura la información.
3. Guarda el archivo con el nombre F96 más RFC; comprímelo en un archivo zip y respalda.
4. Entra a Mi portal con tu RFC y contraseña.
5. Abre un caso en Servicio o solicitudes: Solicitud, y captura la siguiente información.
– De no tener registrado un correo electrónico, regístrelo al operar este trámite.
– En el campo Trámite, selecciona la opción Rel Socios Acc o Asoc Res Ext.
– En Dirigido a, captura el texto Administración Central de Fiscalización Internacional de la Administración General de Grandes Contribuyentes.
– En Asunto, captura el texto: Se presenta forma oficial 96 ante el SAT.
– En Descripción, captura la leyenda: “La relación que se presenta ante el SAT está integrada por la siguiente información” y el número de personas que se incluyen en la forma oficial 96.
– Adjunta el archivo zip de la forma oficial 96 que incluye la relación de socios, accionistas o asociados capturada.
– Envía el caso. Verifica que se haya anexado correctamente el archivo forma oficial 96 y obtén el acuse de recibo con número de folio - ¿La aportación de un socio se considera un ingreso para la persona moral? No, se considera un aumento de capital.
- ¿Cuál es el procedimiento para la actualización de la cuenta de capital de aportación? Para actualizar la cuenta de capital de aportación determina un factor de actualización considerando el INPC del último mes del ejercicio en que se requiere actualizar entre el INPC de la última vez que se actualizó. El resultado (factor) multiplícalo por el monto de la cuenta de capital de aportación.
- ¿Para la determinación del ajuste anual por inflación se consideran los impuestos retenidos por servicios profesionales? No, no se consideran puesto que no son impuestos propios.
- ¿Puedo utilizar el coeficiente de utilidad determinado en el ejercicio 2013 al ser inferior en comparación con el determinado en 2014? No, debes utilizar el último coeficiente correspondiente al último ejercicio de doce meses.
- ¿Cuál es el porcentaje que se puede hacer deducible por la compra de un edificio para una persona moral? Es cinco por ciento.
- En operaciones traslativas de dominio si el enajenante es una persona moral, ¿quién tiene que generar el comprobante? La obligación de emitir el comprobante fiscal es de la persona moral que esta enajenando el bien.
- Soy una persona moral del Régimen General, ¿tengo la obligación de informar un préstamo que recibí por 680,000 pesos? Sí, hay obligación de informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo mayores a 600,000 pesos, dentro de los quince días posteriores a aquel en el que se reciban las cantidades correspondientes.
- Se debe informar con el Aviso de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo, versión 1.0.3, forma 86-A. ¿Cuál es la tasa que deben usar las personas morales para calcular el impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio 2015? La tasa de 30 por ciento.
- ¿Es correcto que en los anexos de la nueva aplicación para presentar la Declaración Anual no aparezcan los datos de identificación del contribuyente? Es correcto, en la nueva aplicación no aparecen los datos del contribuyente.
- ¿Qué formulario debe presentar una escuela sin fines de lucro que no tiene autorización para recibir donativos deducibles para presentar la Declaración Anual de 2014? Debe de utilizar el formulario 18.
- ¿Puedo presentar en cualquier momento el aviso de cuentas incobrables, que debía realizar a más tardar el 15 de febrero de 2015? Puedes presentarlo de forma extemporánea; sin embargo, las cuentas incobrables ya no son deducibles, ya que uno de los requisitos es presentar el aviso a más tardar el 15 de febrero del ejercicio siguiente al que pertenece la deducción.
- ¿Las retenciones que efectúen las instituciones del sistema financiero a una persona moral pueden disminuirse en el pago provisional? Sí, estas retenciones se disminuyen en la determinación del pago provisional.
- ¿Qué porcentaje de deducción es aplicable a los donativos realizados a las donatarias autorizadas por una persona moral del Régimen General de Ley? Puede deducirse hasta 10% de la utilidad determinada en el ejercicio anterior sobre los donativos efectuados en el ejercicio.
- ¿Cuántos formularios incluye la nueva aplicación para presentar en línea la Declaración Anual? Incluye formularios para ocho regímenes fiscales: • General •Consolidación •Consolidación Diferido •Con Fines no Lucrativos •Opcional para Grupo de Sociedades Integradoras •Coordinados •Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
- ¿Cuánto tiempo se guarda la información capturada en la nueva aplicación para presentar en línea la Declaración Anual? Hasta por 30 días.
- ¿Qué ventaja tiene presentar en línea la Declaración Anual? Una declaración complementaria se genera con prellenado de la información reportada en la declaración anterior, y se evita la recaptura de los datos.
- ¿Qué ventajas tiene presentar en línea la Declaración Anual en cuanto al pago de los impuestos? El pago de impuestos se efectúa en el portal del banco autorizado con la línea de captura y el importe a pagar, datos que proporciona el SAT en el acuse de recibo de la declaración. También incluye el pago directo, en la opción de Pago referenciado del SAT.
- ¿En qué equipos de cómputo puedo utilizar la nueva aplicación para presentar en línea la Declaración Anual? Puedes utilizarla en equipos con sistemas Windows o iOS (Mac).
- ¿Cuáles son las funciones más relevantes con las que cuenta la nueva aplicación? Cuenta con las siguientes funciones: •Cálculos aritméticos. •Firmado electrónico de la declaración. •Recibo bancario al pago de las contribuciones federales. •Servicio de reimpresión de acuse de recibo.
- ¿Cuáles son los formularios que se adicionan para presentar las obligaciones derivadas de la reformas fiscales de 2014 en la nueva aplicación? Son los siguientes tres formularios: •Régimen Opcional para grupo de Sociedades Integradoras (F-23). •Régimen de Coordinados (F-24). •Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (F-25).
- ¿Cuál es la ruta para ingresar al sistema para presentar la Declaración Anual 2014 para personas morales? En el apartado C: Declara y paga: Personas morales: Anual 2014 Nueva: Conoce la nueva declaración.
- ¿En qué apartado debo ingresar para iniciar la captura de la Declaración Anual? Para iniciar con la captura, selecciona el apartado Llenado de la declaración, luego el régimen, ejercicio fiscal, periodo que corresponda y especifica el tipo de declaración. Da clic en Continuar para ingresar a la declaración.
- En caso de presentar declaración complementaria en la Declaración Anual 2014 generada en el DEM Declaración Anual de personas morales, ¿qué tipo de declaración complementaria debo elegir? Selecciona la opción complementaria esquema anterior.
- ¿Qué mensaje aparece si ya existe registro de la declaración creada en la aplicación e información guardada? El mensaje que aparece es: Existe sin enviar una declaración del mismo tipo y ejercicio que intenta presentar. ¿Desea reemplazarla o continuar con su llenado? Si seleccionas la opción Continuar te permitirá ingresar a la declaración guardada para concluir con la captura de la información; si seleccionas Reemplazar, la aplicación elimina la información guardada y permite capturarla nuevamente.
- ¿Qué pasa si por error el contribuyente ingresa a la aplicación y se realizan cambios en la información guardada? Si se realizan cambios en la información solamente se guardan los datos correspondientes a la última declaración guardada.
- ¿En qué tiempo expira la sesión de la nueva aplicación? La sesión expira a los 16 minutos de inactividad.
- ¿Por qué cuando guardo información en la Declaración Anual aparece el icono de un triangulo rojo con un signo de admiración en medio? Indica error en la información ingresada; debes verificar para poder guardar y continuar con el llenado. La aplicación cuenta con vínculos que replican la información capturada en diferentes anexos y además verifican las sumatorias.
- ¿Cómo se llama el apartado que me permite verificar la información una vez concluida la captura de la Declaración Anual? Se llama Revisión de la Declaración.
- ¿Qué opción debo seleccionar si identifico que la información capturada no es correcta y me encuentro en el apartado de Revisión de la Declaración? Selecciona la opción Regresar para volver a la Declaración y modificar la información.
- ¿En qué icono debo ingresar para consultar la declaración presentada? En Consulta de la Declaración. Ingresa la información y da clic en Buscar.
- ¿En qué icono debo ingresar para reimprimir el acuse de una declaración presentada? En Reimpresión del Acuse de Recibo: Impresión de acuse. Ingresa la información y da clic en Buscar.
- ¿En qué icono debo ingresar para verificar la presentación y el pago de la declaración presentada? En Declaraciones pagadas: Consulta de declaraciones. Ingresa la información y da clic en Buscar.
- ¿Para la determinación del ajuste anual por inflación de las personas morales se consideran las contribuciones causadas? Sí, por considerar las contribuciones una deuda.
- ¿Es un ingreso acumulable para las personas morales el reembolso que se recibe de las aseguradoras por la pérdida total de un bien? Sí y debe emitirse factura por el ingreso percibido.
- ¿Cuál es el nombre del campo donde debo anotar la información de la cuenta de utilidad fiscal neta hasta el 31 de diciembre de 2013 y 2014 dentro del formulario 18? Se llama “Saldo actualizado de las cuentas de utilidad fiscal neta”, apartado Cifras al cierre.
- ¿Las personas morales deben emitir comprobante fiscal a otra por el pago de dividendos que provengan de Cufin? Sí, se debe emitir un comprobante
- ¿Para la determinación del ajuste anual por inflación de las personas morales se consideran los saldos a favor de IVA? Sí, se considera un crédito por ser una cantidad en numerario que se tiene derecho a recibir por una parte deudora; en este caso, la autoridad fiscal. Se considera crédito a partir del día siguiente a la presentación la declaración correspondiente y hasta la fecha en la que se compense, se acredite o se reciba su devolución, según se trate.
- ¿Cuál es vigencia para el pago de la línea de captura del DEM en línea 2014 de una persona moral del Régimen General de Ley? Tiene vigencia hasta el 31 de marzo, último día para presentar la declaración.
- ¿Deben presentar pagos provisionales del impuesto sobre la renta las personas morales que inician operaciones? No, por ser su primer ejercicio. Presentan pagos provisionales a partir del segundo ejercicio fiscal, considerando que el primer pago provisional comprende el primero, segundo y el tercer mes del ejercicio.
- ¿Qué debe hacer una persona moral cuando le devolvieron mercancía sus clientes si hizo la acumulación de ingresos respectivos? Puede expedir un comprobante fiscal digital de devoluciones para que al momento de presentar su Declaración Anual lo pueda deducir.
- ¿A la persona moral que le resulte impuesto sobre la renta a cargo en su Declaración Anual puede solicitar pagos en parcialidades? No, salvo los municipios de Acapulco de Juárez, Chilpancingo de los Bravo, Iguala de la Independencia, Taxco de Alarcón y Zihuatanejo de Azueta del estado de Guerrero.
- ¿Cómo debo considerar el pago de mensualidades por arrendamiento financiero de un automóvil? Se considerará como si fuera parte de su activo y se aplica la depreciación anualmente a la tasa de 25 por ciento.
- ¿Cómo se determina el factor de actualización para las pérdidas fiscales? Se actualizan en dos momentos: Cuando se obtiene: Se divide el Índice Nacional de Precios al Consumidor del último mes del ejercicio entre Índice Nacional de Precios al Consumidor del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que ocurrió. Cuando se aplica: Se divide el Índice Nacional de Precios al Consumidor del último mes de la primera mitad del ejercicio entre Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes en el que se actualizo por última vez.
- ¿Qué requisitos tienen las empresas maquiladoras para continuar tributando como tales? Que la totalidad de sus ingresos provengan exclusivamente de su operación de maquila; que las mercancías suministradas por el residente en el extranjero al amparo de un Programa de Maquila, se sometan a un proceso de transformación o reparación, sean importadas temporalmente y se retornen al extranjero; que cuando las empresas que realicen los procesos de transformación o reparación incorporen en sus procesos productivos mercancías nacionales o extranjeras, que no sean importadas temporalmente, sino que deben exportarse o retornarse junto con las mercancías que hayan importado temporalmente; que los procesos de transformación o reparación se realicen con maquinaria y equipo propiedad del residente en el extranjero con el que las empresas tengan contrato de maquila, siempre que no hayan sido propiedad de la empresa que realiza la operación de maquila o de otra empresa residente en México de la que sea parte relacionada.
- Si al intentar enviar la Declaración Anual aparece un mensaje que lo impide, ¿qué tiene que realizar el contribuyente? Tiene que descargar nuevamente su archivo y verificar que cuente con todos los requerimientos técnicos de la aplicación.
- ¿Cómo envío la Declaración Anual cuando al momento de seleccionar Revisión de la Declaración indica que debo ingresar a todos los apartados? Debes ingresar, del lado izquierdo de la aplicación, a todos y cada uno de los apartados, y seleccionar guardar; luego, vuelve a seleccionar Revisión de la Declaración y debe aparecer la vista preliminar para enviar la declaración.
- Al ingresar en la página principal del Portal SAT aparece la leyenda “Conoce la nueva declaración (Anual 2014: Personas morales)”, ¿es correcta esta leyenda o es un software de prueba? No es una prueba, es un medio de acceso sistema la aplicación.
- ¿Cuál es la versión de internet Explorer que debo utilizar para el funcionamiento correcto de la Declaración Anual de personas morales? Debes contar con Internet Explorer, versiones 9 a 11.
- ¿Cuál es la versión del programa Silverlight que debo utilizar para firmar la Declaración Anual de personas morales? Debes contar con una versión 4.0 como mínimo.
- Al realizar el envío de la Declaración Anual aparece el mensaje de que existe un error en datos generales del contribuyente y no permite el envío. Se debe a que la declaración no encontró los datos de identificación del contribuyente y los datos generales. Se sugiere eliminar la declaración que está presentando problemas y crear una nueva, a fin de que se genere de forma correcta.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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