Ventajas de ser una donataria y beneficio de otorgar donativos

Ventajas de ser una donataria y beneficio de otorgar donativos
 

La ventaja principal de constituirte como donataria autorizada es que puedes recibir ingresos sin que se consideren gravados por ciertos impuestos, como el IVA o el ISR (en algunos casos, sí aplica). Tampoco se paga IETU, ya que estos ingresos son considerados donativos. Eso sí, deben usarse exclusivamente para los fines con los que fue creada tu organización, los cuales están establecidos en el acta constitutiva.

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Comprobar gastos o compras con estado de cuenta: Solo cinco requisitos mínimos

Comprobar gastos o compras con estado de cuenta Solo cinco requisitos mínimos

 

Llevar un control de comprobantes fiscales —ya sea Factura Electrónica en CFD, CFDI o comprobante impreso en CBB— de tus gastos o compras implica solicitarlos y almacenarlos (de forma física o digital) para poder hacerlos deducibles de impuestos. Sin embargo, este proceso puede generar complicaciones.

En cambio, la comprobación de gastos mediante el estado de cuenta bancario resulta mucho más sencilla. El SAT permite deducir estas erogaciones desde hace varios años, lo que facilita el cumplimiento fiscal.

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Devolución de IVA improcedente por domicilio fiscal sin infraestructura, ¿es legal?

Devolución de IVA improcedente por domicilio fiscal sin infraestructura, es legal

 

El SAT puede convertir un trámite sencillo en un viacrucis. Aunque hay muchos trámites en los que el servicio ha mejorado con rapidez y eficiencia, cuando solicitas una devolución del Impuesto al Valor Agregado, pueden poner el pretexto de que tu domicilio fiscal carece de las condiciones de infraestructura necesaria para realizar las maniobras correspondientes a su actividad.

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Cuentas bancarias congeladas o bloqueadas por el SAT, IMSS e Infonavit: ¿Qué hacer en este caso?

Cuentas bancarias congeladas o bloqueadas por el SAT, IMSS e Infonavit ¿Qué hacer en este caso

 

El embargo de cuentas bancarias por parte de la autoridad, ya sea SAT, IMSS o Infonavit, se ha vuelto una herramienta muy recurrente para obligar al contribuyente a cumplir con sus pagos no reportados, ya sea impuestos (SAT), cuotas de los trabajadores (IMSS), aportaciones patronales (Infonavit) o multas. Al congelar las cuentas, estas instancias no toman en cuenta que de esa manera paralizan la economía del contribuyente.

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REPECOS multa por entregar comprobante original en lugar de copia y su cambio de régimen

REPECOS multa por entregar comprobante original en lugar de copia y su cambio de régimen

 

Si por error entregas una nota como REPECO, la ley establece que cambias de régimen fiscal, lo cual implica adquirir nuevas obligaciones que no tenías como pequeño contribuyente. Esto puede parecer arbitrario, ya que emitir una nota con los requisitos del régimen de REPECO no beneficia ni perjudica directamente ni a quien la emite ni a quien la recibe.

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Opción de no emitir constancia de retención: Formato 37-A

Opción de no emitir constancia de retención Formato 37-A
 

El 30 de marzo de 2012 se decretó una facilidad para las personas morales que retienen IVA e ISR a personas físicas que obtienen ingresos por honorarios o arrendamiento, permitiéndoles no expedir las constancias de retención en el conocido Formato 37-A. Sin embargo, esta facilidad se limita únicamente a quienes emitan sus comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI). A continuación, te comparto el decreto correspondiente.

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Disposiciones Comunes–Decreto de Beneficios Fiscales y Simplificacion Administrativa 2012

El día de hoy 30 de marzo de 2012 publicaron en el Diario Oficial de la Federación un decreto con los beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa de SAT para este 2012 y aquí expondremos lo que consideramos mas importante en los que de las Disposiciones Comunes de este decreto.

Artículo 8.1. La aplicación de los estímulos fiscales establecidos en el presente Decreto que consistan en créditos fiscales que puedan aplicarse contra impuestos federales, en caso de existir excedentes, no dará lugar a devolución o compensación alguna.

Artículo 8.2. Los estímulos fiscales a que se refiere el presente Decreto no se considerarán como ingreso acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta.

Artículo 8.3. El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto.

Artículo 8.4. En el caso de sociedades controladoras que, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, determinen su resultado fiscal consolidado y alguna o algunas de sus controladas o ellas mismas apliquen, en su caso, los estímulos fiscales previstos en el Capítulo 1 del presente Decreto, estarán a lo siguiente:

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Decreto de IVA 2012 – Beneficios Fiscales y Simplificacion Administrativa

El día de hoy 30 de marzo de 2012 publicaron en el Diario Oficial de la Federación un decreto con los beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa de SAT para este 2012 y aquí expondremos lo que consideramos mas importante en los que del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se trata (énfasis agregado por Contador Mx):

Artículo 3.1. Las personas morales que cuenten con un Programa conforme al Decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006, que adquieran de proveedores nacionales bienes autorizados conforme al Programa a que se refiere el Decreto mencionado, podrán efectuar la retención del impuesto al valor agregado que les sea trasladado por la adquisición de dichos bienes, conforme al artículo 1o.-A, fracción IV de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, sin que deban cumplir con el requisito de contar con un programa de proveedores nacionales, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

I. Que para obtener la devolución inmediata a que se refiere el artículo 1o.-A, fracción IV, tercer párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, disminuyan el impuesto al valor agregado retenido en el mes de que se trate del saldo a favor que se determine en el cálculo del impuesto mensual a que se refiere el artículo 5o.-D de la citada Ley. En ningún caso el impuesto al valor agregado retenido y no enterado deberá formar parte del saldo a favor por el que se solicite la devolución.
II. Celebren contratos de suministro de bienes con los proveedores nacionales en los que éstos acepten la retención del impuesto al valor agregado.
III. Proporcionen a los proveedores nacionales copia certificada de su autorización vigente del Programa a que se refiere el Decreto mencionado en este artículo.

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Decreto 2012 de Beneficios Fiscales y medidas de Simplificación Administrativa

El día de hoy 30 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación DOF diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, alguno de los cuales son interesantes y habrá que analizarlos detenidamente, a continuación les dejo lo que considero más importantes en este decreto:

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