Gobierno Pagara Cuotas Obreras del IMSS e ISSTE a los Trabajadores con menos Ingresos – Iniciativa 2014

 

En la Iniciativa que se dictamina se señala que con el fin de crear incentivos para evitar la informalidad, se propone el uso de las herramientas tributarias existentes. Se señala que el subsidio para el empleo es un instrumento fiscal para apoyar a los trabajadores de menores ingresos.

En este sentido, la que Dictamina coincide con la propuesta del Ejecutivo Federal para reorientar el beneficio del subsidio para el empleo a cubrir las cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores de menores ingresos, con lo cual se dará un fuerte impulso a la formalidad. Con esta propuesta, el Gobierno Federal cubrirá para los trabajadores con ingresos de hasta dos salarios mínimos, las cuotas obreras al IMSS en su totalidad y las cuotas obreras al ISSSTE hasta por un monto equivalente a las cuotas obreras del IMSS.

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Limite de Deducciones Personales del 10% total de los Ingresos Anuales del Contribuyente – Iniciativa 2014

 

La Comisión Dictaminadora coincidió con la propuesta del Ejecutivo Federal de limitar en la Ley cuya emisión se plantea, el monto máximo de las deducciones personales realizadas por una persona física al año. No obstante, la que dictamina considera que es necesario modificar la cantidad señalada en la Iniciativa que presenta el Ejecutivo Federal para sustituirla por la que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del contribuyente, incluyendo ingresos exentos, y un monto equivalente a 4 salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal.

Lo anterior, tiene su razón al adicionar un nuevo tramo a la tarifa del ISR de personas físicas, aplicable para las contribuyentes con ingresos gravables superiores a 500 mil pesos anuales con una tasa marginal de 35%. Es decir, a fin de que las personas físicas que se encuentren en el último tramo de la tarifa del ISR puedan efectuar sus deducciones personales hasta por un monto razonable, acorde a sus ingresos, es preciso efectuar el ajuste planteado.

El Ejecutivo Federal propone que a fin de garantizar que las deducciones por conceptos de pagos de honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, así como de transportación escolar, sean aplicadas únicamente por las personas que efectivamente realizan la erogación y que legalmente tienen derecho a efectuarla, además de contar con el comprobante respectivo, se establezca como requisito para su deducibilidad que los pagos se realicen a través del sistema financiero.

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Articulo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta aplicable a las Deducciones Personales quedaría de la siguiente manera:

Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

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Cuales son las Actividades Vulnerables en la Ley Antilavado – Quienes Presentan los Avisos al SAT

 

A partir del 01 de septiembre de 2013, se deberán de integrar los expedientes de identificación de Clientes o Usuarios, cuando se involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes en actos u operaciones, también a partir del 31 de octubre de 2013 presentaran Avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente en el que se realizó el acto u operación a la Unidad de Inteligencia Financiera, por conducto del SAT. Para conocer mas acerca de las actividades vulnerables que están obligadas a presentar estos avisos al SAT les dejamos primero lo que deben de recabar de las personas con las que tengan operaciones, el seguimiento que se le debe de dar y una pequeña explicación de cada una de las actividades vulnerables en la Ley Anti Lavado.

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Gravar con IVA la Venta, Construccion y Renta de Casas en la Reforma Fiscal 2014 – Comentarios y Reflexiones

C.P.C. VÍCTOR MANUEL CÁMARA FLORES
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

En relación con la iniciativa presidencial nombrada “Reforma Social y Hacendaria”, que está analizando el Congreso de la Unión, a continuación presento algunos
comentarios y reflexiones relativos a la intención de eliminar la exención que, para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) ha existido durante los últimos casi 35 años en la enajenación u otorgamiento del uso o goce temporal (arrendamiento) del suelo y las construcciones que se utilicen o destinen a casa habitación, así como de los servicios de construcción correlativos.

Al respecto, vale la pena recordar que el Art. 4 Constitucional establece como derecho fundamental el acceso a la seguridad social, a un medio ambiente sano y a una vivienda digna y decorosa. La vivienda es una de las necesidades básicas del ser humano, y derivado de la importancia que esta tiene, la política de promoción de la vivienda ha formado parte de la agenda política desde hace tiempo. Por ejemplo, en 1992 se modificó la política gubernamental de vivienda; el papel del gobierno se transformó de ser constructor para solo financiarla; entonces, los sectores privado y social se convirtieron en los responsables de ello. Después de eso, los planes nacionales de desarrollo han tratado de garantizar el acceso a la vivienda para todos los mexicanos.

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Despido injustificado o renuncia voluntaria – Lo que todos debemos saber al respecto

preguntas y respuestas L.C.C. Javier Estrada Díaz

En la actualidad, el número de despidos de trabajadores sin el pago de indemnización es cada vez mayor. En muchos casos, el patrón evita la palabra “despido” y “sugiere” al empleado el término de “renuncia voluntaria” a cambio de “negociar” un despido injustificado en donde, a manera de “gratificación” o acto de “buena fe”, el patrón está dispuesto a apoyarlo con algún importe monetario como una expresión de “responsabilidad social” para que el empleado busque nuevas opciones de desarrollo humano y profesional.

Sin embargo, el patrón olvida analizar un “detalle” en la conclusión del ciclo laboral: el tiempo. Periodo en donde el empleado fue factor para el desarrollo económico de la empresa; las condiciones de inicio y fin son diferentes, ya que en muchos casos el empleado ya es padre o madre de familia, con hijos o dependientes económicos. Por tanto, enfrentar esta situación adicional al miedo o terror que utilizan algunas empresas de “boletinarlo” como conflictiva representa una desventaja emocional.

En caso de no negociar una renuncia voluntaria, en poco tiempo podría convertirse en una persona ingrata, inconsciente o desconsiderada. Asimismo, este acto denota ausencia de toda ética empresarial, personal y humana que, en muchos casos, es contradictoria a las políticas internas corporativas al aprovecharse de la falta de conocimiento en derechos laborales de sus empleados y con la intención de quedarse en sus cuentas bancarias con algunos pesos adicionales que pueden lucir en sus reportes financieros.

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Descargar Ley del Seguro de Desempleo en PDF – Reforma Hacendaria 2014

 

El pasado 8 de Septiembre, 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso la Iniciativa de Reformas Fiscales para 2014, entre las cuales esta la creación de la del Seguro de Desempleo. A continuación les dejamos una pequeña introducción con lo mas importante al respecto de esta iniciativa de Ley la cual podrá empezar el próximo 2014.

Ley del seguro de desempleo 2014

El objetivo que persigue esta ley consiste en establecer los términos y condiciones para otorgar el acceso al Seguro de Desempleo en beneficio de los Trabajadores, a que se refiere el último párrafo del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo al que también se propone modificar; esta ley apoyará a los trabajadores formales por un plazo de seis meses y se otorgará en una sola ocasión dentro de un periodo de cinco años, siempre que cumplan con los requisitos siguientes:

  • a) Contar con Cotizaciones al Seguro, por lo menos por veinticuatro meses en un periodo no mayor a treinta y seis meses, a partir de su afiliación o desde la fecha en que se devengó el último pago mensual de la prestación.
  • b) Haber permanecido en situación de desempleo al menos 45 días naturales consecutivos.
  • c) No percibir otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, apoyo por desempleo, u otro de naturaleza similar.
  • d) Acreditar el cumplimiento de los requisitos comprendidos en los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

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Como hacer Deducible la Donacion y Destrucción de Mercancías – Sistema de Avisos del SAT

 

imporacion mercancia donada thumb Guia para Importar mercancia donada sin pagar impuestos – SAT Los contribuyentes antes de destruir la mercancía que perdió valor deben ofrecerla en donación a donatarias autorizadas asistenciales, de lo contrario no será deducible de sus inventarios. Para ello el SAT pone a disposición una nueva herramienta informática de acceso público que permite de manera eficiente, ágil y sobre todo transparente en cada etapa de su procedimiento la consulta, registro, y seguimiento sobre deducción por destrucción o donación de mercancías que perdieron valor.

Para que quede mas claro el SAT se dio a la tarea de responder a las preguntas frecuentes respecto al tema de Donación y destrucción de Mercancías:

1 ¿Qué implicaciones tiene para efectos de IVA la donación y destrucción de mercancías que perdieron valor?
R.= Que en caso de ser deducibles para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta no se consideran enajenación para efectos de IVA. En este sentido la donación y destrucción de mercancías son deducibles para efectos de ISR cuando se lleve a cabo la donación o destrucción de mercancías que perdieron valor en los términos señalados por las disposiciones fiscales aplicables. Fundamento legal: Artículo 8, segundo párrafo de la Ley del IVA; artículo 25, primer párrafo, del Reglamento de la Ley del IVA; artículo 31, fracción XXII, de la Ley del ISR; y artículos 87, 88, 88-A, 88-B y 89 del Reglamento de la Ley del ISR.

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Caducidad de la facultad del Infonavit para requerir el pago de Amortizaciones por Créditos de Vivienda

 

Autor: Mtro. Eduardo Sánchez Lemoine

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) requiere adeudos fiscales por concepto de amortizaciones por créditos para vivienda, sin reparar si la facultad que tiene para ello ha caducado, fundándose en que el artículo 30, fracción I, párrafo segundo, de su Ley, únicamente prevé la caducidad en la determinación de créditos fiscales por concepto de aportaciones al fondo de vivienda.

Esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su carácter de organismo autónomo no  sectorizado que tiene por objeto velar por el efectivo acceso a la justicia fiscal de los pagadores de impuestos, como lo dispone el artículo 1° de su Ley Orgánica y, en ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 5, fracciones I, IV, V, X, XI y XVI, de dicha Ley, así como 72 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, ha detectado la problemática de antecedentes.

ANÁLISIS
La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en su artículo 29, fracción II, primer y segundo párrafo, dispone que las aportaciones son gastos de previsión que forman parte del patrimonio de los trabajadores, equivalentes al cinco por ciento del salario de éstos, que entera su patrón al INFONAVIT para su respectivo abono en la subcuenta de vivienda.
Artículo 29. Son obligaciones de los patrones:… II. Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social… Estas aportaciones son gastos de previsión de las empresas y forman parte del patrimonio de los trabajadores.

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Como Solicitar la Pensión por Retiro Anticipado y Cesantía en Edad Avanzada del IMSS – ISSSTE

 

Serán aplicables tratándose de los trabajadores sujetos a los regímenes de seguridad social del IMSS cualquiera que sea la fecha de su ingreso a ese régimen o del ISSSTE que se encuentran bajo el sistema de cuentas individuales que coticen al fondo del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, que se ubiquen en alguno de los supuestos siguientes:

  • a) Soliciten la transferencia de los derechos de sus periodos de cotización, así como disponer de los recursos acumulados en su Cuenta Individual para la contratación de su Seguro de Pensión o Retiro Programado y, en su caso, el Seguro de Sobrevivencia para sus familiares derechohabientes;
  • b) Obtengan una pensión de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez en términos de la Ley del ISSSTE o la Ley del Seguro Social, sin haber solicitado la transferencia de los derechos de los periodos de cotización, ni de los recursos acumulados en su Cuenta Individual.

El trabajador que desee pensionarse por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez bajo la modalidad de portabilidad de derechos entre el IMSS y el ISSSTE, deberá tramitar y obtener, previo a su solicitud de trámite de pensión, la Constancia de períodos reconocidos entre el IMSS e ISSSTE misma que se puede tramitar en los servicios de Afiliación de ambos Institutos.

La solicitud de pensión deberá presentarse ante la Institución donde se haya registrado la fecha de baja más reciente, invariablemente, el trabajador deberá estar dado de baja del régimen obligatorio de ambos Institutos (ante el IMSS e ISSSTE).

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