Durante febrero de 2020 se presenta ante el IMSS la determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, esto derivado de la revisión anual del patrón en base a la siniestralidad de los trabajadores en su registro. El calculo de la nueva prima de riesgo de trabajo lo hacen tanto personas físicas como personas morales que tengan un registro patronal.
Cuando un patrón se registra ante el IMSS se le asigna una prima media, dependiendo las actividades de sus trabajadores:
Tabla de clase de prima media
Prima media | En por cientos |
Clase I | 0.54355 |
Clase II | 1.13065 |
Clase III | 2.59840 |
Clase IV | 4.65325 |
Clase V | 7.58875 |
Si como patrón aún no transcurre un año completo (del 1ro de enero al 31 de diciembre), desde que se dio de alta, no se está obligado al envió de la determinación de la prima de riesgo de trabajo. Pero si ya transcurrió un año completo con la misma prima, se debe realizar el calculo el cual puede aumentar o disminuir la prima de riesgo del IMSS.
Presentación de la Prima de Riesgo de trabajo del IMSS
La opción más recomendable es a través del sistema de IMSS Desde su Empresa (IDSE), pudiendo subir el calculo que se genera directamente del SUA (vigente).
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Consulta de riesgo de trabajo terminados (IDSE)
Es recomendable consultar en el IDSE si existieron riesgo de trabajo reportados por trabajadores hacia el registro patronal, para eso lo puedes hacer en en el menú principal del IDSE/Riesgo de trabajo terminados:
Si no tuviera trabajadores expuesto a riesgo de trabajo, en dicha sección le aparecerá la siguiente leyenda:
En atención a su consulta, con motivo de la revisión anual de la siniestralidad 2020, se le informa que no se localizaron riesgos de trabajo terminados, asociados a este registro patronal, por el periodo que va del 01 de enero al 31 de diciembre del 2019.
En caso de que el patrón cuente en sus registros con riesgos de trabajo terminados, deberá comunicarlos en su determinación anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, con motivo de la revisión de su siniestralidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 72 y 74 de la Ley del Seguro Social y 32, fracciones I y V, y 34 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Generación del archivo .DAP del SUA y su envió por IDSE
Si es la primera vez que vas a enviar la determinación de la prima de riesgo de trabajo al IMSS, y necesitas obtener el archivo .DAP desde el SUA para su envió a través del IDSE, te compartimos el siguiente video donde se muestra de forma practica como hacerlo.
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buenas tardes, si soy persona física por el régimen de incorporación fiscal y tengo a mis 2 trabajadores con el sistema RISS que dio el beneficio el seguro social, y tengo una incapacidad de 23 días, debo presentar mi prima?
porque en sua me dará a pagar todos los meses y con el subsidio no se pagan todos los meses del imss
me ayuda por favor?
de antemano muchas gracias
Excelentes aportaciones!!!
Gracias
una persona que es pensionada, puedo darla de alta ante el imss
Buenas tardes, si no tuve trabajadores expuestos a riesgo de trabajo durante ese año aun así tengo que presentar el calculo de la prima de riesgo de trabajo?
saludos!