Autora: L.C. y E.F. María Guadalupe Alcántar Zavala
Integrante de la Comisión de Desarrollo de Apoyo al Ejercicio Independiente Sur
El 9 de diciembre de 2013, dentro del paquete de reformas fiscales para 2014 publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se incluyó una nueva obligación para las personas que deben llevar contabilidad de acuerdo con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF): ingresar mensualmente su información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El envío de la contabilidad electrónica es una obligación a la que las Pymes se están enfrentando y que las está orillando a contratar sistemas de registro contable, actualizarlos o requerir ayuda profesional; costos adicionales que antes no estaban previstosEsta es una nueva obligación primordialmente para el sector privado, toda vez que las personas morales del sector público, como dependencias, organismos.
descentralizados y empresas de participación estatal, así como los sindicatos obreros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), no tienen la obligación de llevar contabilidad en términos del CFF, salvo que realicen actividades empresariales.