Con la llegada del complemento para pagos, la carga administrativa se va a incrementar de manera exponencial para las empresas y PYMES. Se deberá tener en claro cuáles son las formas de pago, junto con la documentación comprobatoria; como son las fichas de depósito, copias de cheques, transferencias bancarias o cualquier otro comprobante.
Básicamente, el complemento para pagos se emitirá para los comprobantes que no estén pagados al momento de su expedición. El contribuyente deberá determinar cuál es la forma de pago, basado en el siguiente “Catálogo de Formas de pago” del SAT:
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