Autor: Dr. Sergio Abel Villa Castro
A partir del 01 de enero de 2017 entró en vigor una de tantas modificaciones que sufrió la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), donde se eliminó el reconocimiento del acreditamiento en periodos preoperativos, provocando con esto que el momento de la causación en el caso del acreditamiento, será hasta que se cumplan diversos requisitos que la propia ley contempla, por lo que la existencia del IVA acreditable se detonará hasta el momento en que el contribuyente actualice las hipótesis de Ley, es decir que la existencia del IVA acreditable en periodos preoperativos se podrá hacer en 2 momentos:
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