El calculo del ajuste anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los trabajadores, se debe de ver reflejada en los CFDI de nómina, en la práctica este calculo se elabora por lo regular en la última o penúltima nomina (quincenal, semanal, mensual) del ejercicio.
Lo anterior, con la finalidad de acercarse lo mas posible al resultado del calculo del ajuste anual de ISR, el cual puede resultar a favor o en contra del trabajador y que el impuesto retenido a los trabajadores quede pagado dentro del ejercicio en curso.
El SAT publicó el 14 de octubre de 2019 la modificación a la guía de llenado del CFDI de nóminas y su complemento 1.2, donde se ejemplifica cómo y cuándo se debería emitir el CFDI con el registro del ajuste anual del ISR que se le retiene a los trabajadores en el ejercicio.
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