Ventajas de la Declaracion Automatica y Beneficios de Presentar la Anual a Tiempo

declaracion anual automatica SATSi eres de los que presenta su declaración anual de Personas Físicas el ultimo día e incluso después de la fecha de vencimiento y también tienes dudas de como presentarla correctamente, el SAT nos dice cual es el beneficio de presentarla a tiempo y sobre todo también nos da la ventaja de presentar vía Declaración Automática desde su pagina.

Beneficios para quienes presenten su Declaración Anual a tiempo

Si presenta a tiempo su declaración tendrá los siguientes Beneficios:

  • Obtiene su devolución de una forma más rápida.
  • Evita pagar recargos, actualizaciones y multas en su caso.
  • Evita requerimientos.

Además si cumple desde marzo o los primeros días de abril:

  • Será atendido con mayor comodidad y rapidez en nuestros módulos al no haber aglomeraciones.
  • Podrá hacer su cita para acudir a nuestros módulos sin que encuentre saturaciones.
  • Al ser de los primeros en declarar también será de los primeros en obtener la devolución del ISR cuando le resulte saldo a favor.
  • Evitará la saturación de los sistemas informáticos y posibles fallas o lentitud.

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Multas y Sanciones por No Presentar Mi Declaracion Anual

Es época de declaraciones anuales de Personas Físicas y Morales, en esta ocasión hablaremos de las multas y sanciones aplicables por la NO presentación de la declaración anual, para esto nos basamos en la publicación del Boletín SINDI del SAT el cual nos da la siguiente información:

Multa: Es una sanción económica, prevista en ley, que impone la autoridad fiscal al contribuyente cuando no cumple de manera voluntaria o espontánea con sus obligaciones fiscales o por cumplirlas incorrectamente.

De acuerdo a lo señalado en el artículo 70, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cuando las multas no se paguen en la fecha establecida en las disposiciones fiscales, el monto de las mismas se actualizará, desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, en los términos del artículo 17-A del propio CFF. Asimismo en el artículo 86 del Reglamento del Código Fiscal, se hace la precisión de que la actualización de las multas deberá realizarse a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de cuarenta y cinco días siguientes a su notificación.

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Ley de Pensiones del IMSS 1973 y 1997, ¿cuál es la mejor?

Ley de Pensiones del IMSS 1973 y 1997, ¿cuál es la mejor

 

A continuación, te dejo un extracto del análisis de los dos tipos de pensiones disponibles en México, que se dividen en la LSS de 1973 y la LSS de 1997. Considerando que al día de hoy los trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997 pueden obtener una pensión bajo los términos de la LSS de 1973, es importante tener en constante evaluación las propuestas de ambas leyes.

La siguiente información nos permitirá contar con una idea más clara de ambos esquemas.

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Pago de tenencia, refrendo y placas de Morelos en 2013

Pago de tenencia, refrendo y placas de Morelos en 2013
 

El pago de tenencia en el estado de Morelos está exento. Incluso el impuesto que antes se aplicaba a vehículos con más de 10 años de antigüedad fue derogado, conforme al artículo único del Decreto No. 1377, publicado en el Periódico Oficial No. 4925 del 12 de octubre de 2011. Aprovecha los descuentos que la Secretaría de Hacienda ofrece en el pago del impuesto sobre tenencia y en los derechos de control vehicular correspondientes a 2012 y años anteriores. Si te regularizas antes del 31 de mayo, puedes obtener una condonación de hasta el 100 % en multas y recargos.

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Pago de Tenencia, Refrendo y Placas de Michoacan 2013

MichoacánA partir del 1 de enero del 2012, entra en vigor en el Estado, el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, señalado en los artículos 33-A al 33-Y, de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo, mismos que fueron adicionados a dicha normatividad según publicación realizada en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del 2009.

Con fecha 29 de diciembre del 2011, y que entrará en vigor el 1 de enero del 2012, se adicionó el artículo 33-Z a la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo, misma que fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.

Dicho artículo establece que se constituye un programa para otorgar un subsidio del 100% en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de vehículos, en beneficio de las personas físicas y morales sujetas de este impuesto, que se encuentren al corriente en todas las contribuciones Estatales y Federales coordinadas y además que cumplan con las disposiciones reglamentarias que al efecto emita y publique la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado.

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Pago de tenencia, refrendo y placas de Jalisco 2013

Pago de tenencia, refrendo y placas
 

JaliscoEl estado de Jalisco no paga el impuesto sobre la tenencia vehicular, debido a que no contemplan ese cobro ni la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco ni la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal del Año 2013. Sin embargo, el pago del refrendo se sigue cobrando, por lo que es necesario que estés al pendiente para que no te genere alguna multa.

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Pago de tenencia, refrendo y placas de Hidalgo 2013

Pago de tenencia, refrendo y placas de Hidalgo 2013
 

Este año, la tenencia en el estado de Hidalgo está sujeta a ciertos requisitos. No se pagará tenencia por vehículos cuyo valor no exceda los $350,000 pesos. Si deseas saber si eres beneficiario de alguno de los programas disponibles, a continuación te mostramos quiénes pueden acceder a estos beneficios.

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Pago de Tenencia, Refrendo y Placas de Guerrero 2013

GuerreroPara el Estado de Guerrero se otorga un estímulo al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos terrestres, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, excepto a vehículos de procedencia extranjera, conforme al acuerdo que emita el Ejecutivo del Estado. Art. 14, LEY NÚMERO 145 DE INGRESOS DEL ESTADO DE GUERRERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, publicada en el periódico oficial el 28 de Diciembre de 2012

ARTÍCULO 14. Se otorga un estímulo al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos terrestres, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, excepto a vehículos de procedencia extranjera, conforme al acuerdo que emita el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado.

Se otorga un estímulo en actualizaciones y recargos derivados del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos correspondiente a los ejercicios fiscales 2009, 2010, 2011 y 2012, a los vehículos de servicio particular y público de transporte, para lo cual, el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, emitirá el acuerdo en el que se establezcan las reglas a cumplir por los contribuyentes. (art. 15, LEY NÚMERO 145 DE INGRESOS DEL ESTADO DE GUERRERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, publicada en el periódico oficial el 28 de diciembre de 2012).

ESTÍMULO FISCAL AL “SERVICIO PÚBLICO”

  • Estímulo de 100% en actualizaciones y recargos en el pago de la tenencia 2009, 2010, 2011 y 2012.
  • Para vehículos NUEVOS no se le cobrara tenencia 2013 si su valor no excede los $340,000.0 0 antes de IVA y acuda antes de los 45 días naturales después de adquirido.
  • Para vehículos USADOS no se le cobrara tenencia 2013 si su valor factura no excede los $300,000.00 antes de IVA.

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Presentar Declaracion Anual como Trabajador con uno, dos o mas Patrones 2013

 

Guía para elaborar y presentar su Declaración Anual 2012 con el programa Declaración automática (en línea), de Sueldos o salarios (uno, dos o más patrones) Personas físicas a presentar este 2013. Esta guía está dirigida a las personas físicas que obtengan sólo ingresos por sueldos o salarios de uno, dos o más patrones.

Contiene explicaciones generales sobre el llenado de los principales campos del programa Declaración automática, así como para enviar la declaración al SAT y realizar el pago del impuesto a cargo. En caso de que tenga dudas adicionales, utilice los servicios gratuitos y confidenciales que se señalan al final de esta guía.

Esta declaración se presenta en abril de 2013; pero puede presentarse desde febrero o marzo; cuando se haga en estos meses se considerará presentada el 1 de abril.

El Impuesto que debe declarar solo es el impuesto sobre la renta (ISR), es importante que cuenta con su Constancia de pago de sueldos o salarios y retenciones del ISR del Patrón 1 y también las de los demás patrones en dado caso que los tenga, sino tiene otro patrón el tramite es mas fácil.

constancias retencion patrones

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