Aun no asimilamos la eliminación para poder facturar con la FIEL que anuncio el SAT meses atrás cuando aparece una nueva modificación ahora a la estructura de los archivos de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y del Certificado de Sello Digital (CSD) a fin de otorgarles mayores atributos de seguridad.
Aunque los cambios son de carácter técnico, si es importante conocerlos a fin de entender su impactos en las operaciones diarias de tu empresa, como el timbrado de comprobantes digitales (CFDI), utilizando los sistemas y/o aplicaciones que utilizan la FIEL y el CSD.
Cambios en el Anexo 20 publicado en el DOF
III. De los distintos medios de comprobación digital:
A. Estándares y especificaciones técnicas que deberán cumplir las aplicaciones informáticas para la generación de claves de criptografía asimétrica a utilizar para Firma Electrónica Avanzada.
Las aplicaciones informáticas de las que el contribuyente se auxilie para la generación de su par de claves (clave pública y clave privada) deberán cumplir con las especificaciones y estándares siguientes:
1. Las claves a generar deberán ser de tipo RSA de 1024 bits con SHA-1 ó 2048 bits con SHA-256 conforme al certificado de sello otorgado al emisor por parte del SAT.
Las modificaciones tienen que ver con el certificado digital de la FIEL y el CSD y consideran:
- La longitud de las llaves para los certificados de la FIEL y del CSD que actualmente es de 1024 bits pasa a 2048 bits.
- Para firmar el certificado se incorpora el algoritmo SHA-256 que será utilizado para las llaves de 2048 bits.
La FIEL principalmente la utilizamos en transacciones electrónicas y su uso ayuda a identificar el autor del mensaje y verificar que este no haya sido modificado; en tanto, con el CSD timbramos los CFDI (facturas electrónicas, recibos de nómina, retenciones, entre otros) que emitimos.
Cuando comienzan a aplicarse las modificaciones arriba mencionadas, tramitas una nueva FIEL y/o un nuevo CSD, ya sea porque inicias actividades como contribuyente o estos ya no son vigentes, posiblemente no podrás timbrar tus CFDI.
Cabe mencionar que esta situación es ajena a los servicios de los PACs de timbrado, como se menciona son cambios que el SAT implementa para reforzar sus estándares de seguridad; y de acuerdo con el procedimiento de la autoridad, esta primero necesita incluirlos en sus listas de contribuyentes con obligación (LCO) y hacerlos vigentes, aun cuando se hayan entregado los nuevos archivos de la FIEL y del CSD.
Recomendaciones para el Tramite de la FIEL y el CSD
Por tal motivo, te recomendamos:
1. Si no hay urgencia de tramitar nuevos archivos de FIEL y CSD, posponer este trámite.
2. Continuar utilizando tu FIEL y CSD vigentes.
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