Muchos patrones tienen la duda de ¿En qué casos me tengo de registrar en el REPSE de la STPS?, en este artículo analizaremos distintas disposiciones para identificar en qué casos procede el registro de un servicio especializado u obra especializada.
Dentro de la reforma laboral que se publicó el día 23/04/2021 en el diario oficial de la federación en el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo se permite la subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público (REPSE) a que se refiere el artículo 15 de esta Ley.
Dentro de las preguntas frecuentes en la página del REPSE
El artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo establece el procedimiento para el registro en el padrón de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
En el artículo primero del ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
De acuerdo a lo anterior no se tienen que registrar las personas físicas o morales que no pongan a disposición a los trabajadores en beneficio de la contratista para prestar los servicios.
Entonces al ver las disposiciones fiscales del Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado que pasa si no cuento con el registro.
De acuerdo a lo antes expuesto debemos de analizar las actividades que realizo y a las personas que contrato para la realización de servicios independientes que no tiene nada que ver con la subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas antes de solicitarles que se encuentren en el registro público del padrón de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
Descarga las reglas para el registro en el padrón (REPSE)
Te invitamos a descargar las reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2021, que aplica para las personas físicas y morales que estén interesados en registrarse en el padrón, para poder prestar servicios especializados o ejecuten obras especializadas.
Solo llena el siguiente formulario para obtenerlo, donde también te incluiremos la reforma a la subcontratación publicada en el DOF y la exposición de motivos:
Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
Es una empresa integrada por contadores públicos profesionales y dedicados a brindarle su tranquilidad.
Correo electrónico: contacto@contadormx.net
Excelentes artículos. Gracias.
gracias exelente informacion
Buenos dias
tengo una duda, en el caso de que mi empresa actualmente no ha realizado servicios especializados pero se tiene planeado comenzar a realizarlos, ya debo registrarme aunque no realice estos servicios?