Cuando incumples alguna de tus obligaciones o requisitos fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede revocar o no renovar la autorización correspondiente, sin perjuicio de que las autoridades fiscales actúen conforme a las disposiciones legales aplicables.
Las organizaciones civiles y fideicomisos cuya autorización para recibir donativos deducibles del ISR haya sido revocada por incumplimiento de la obligación prevista en el primer párrafo de la regla I.3.9.11., y en la ficha 16/ISR “Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los mismos”, contenida en el Anexo 1-A de la citada Resolución, deben cumplir con las consecuencias establecidas por la autoridad.
Las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles según la Ley del ISR deben poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia y el uso y destino de los donativos recibidos, a través del programa electrónico disponible en la página de internet del SAT.
Puedes presentar el trámite para solicitar una nueva renovación de autorización en cualquier momento, a partir del primer día hábil del ejercicio fiscal siguiente a aquel en que se te notifique la revocación de la autorización para recibir donativos deducibles.
En conclusión, es fundamental que cumplas puntualmente con tus obligaciones fiscales para conservar la autorización como donataria. La transparencia y el correcto uso de los donativos son requisitos clave para mantener la confianza de la autoridad y de los donantes. Si pierdes la autorización, puedes gestionarla nuevamente, pero deberás esperar el plazo legal y cumplir con todos los requisitos. Mantenerte informado y actualizado te ayudará a evitar sanciones y asegurar la continuidad de tu organización.
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