Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes


Se reformará la Ley Federal del Trabajo para que se modifiquen, añadan o eliminen enfermedades de las Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes que indica el articulo 513 de dicha ley.

Actualmente la Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes enlista 161 enfermedades que son contraídas por estar expuestos al momento de estar realizando sus labores como trabajadores.

Las Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes no han sido actualizadas desde 1970 y no han sido incluidas muchas de las enfermedades laborales que han surgido durante ese periodo.

Enfermedades Psicológicas

Sobre todo, hacen falta muchas enfermedades Psicológicas, el Estrés se da en el ambiente laboral cuando las exigencias de los patrones superan las capacidades del trabajador y esto puede perjudicar su salud. Está demostrado que, si un trabajador está constantemente estresado, esto afecta el sistema nervioso disminuyendo las defensas del organismo.

Nuevos tipos Cánceres

También han surgido diferentes tipos de Cánceres por realizar trabajos que tienen que ver con la agricultura, construcción, manejo de productos químicos, minería o servicios industriales. En las Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes actuales son pocos los tipos de cánceres que amparan a los trabajadores.

  • Cáncer en la piel
  • Cáncer Bronco-Pulmonar
  • Cáncer de etmoides, de las cavidades nasales
  • Cánceres diversos (solo para algunos trabajadores y actividades)

Recientemente el IMSS emitió un comunicado donde apoya la reforma a la Ley Federal del Trabajo, para que las Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes se actualicen.

Comunicado del IMSS – Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes

El pasado 21 de febrero de 2017, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen por el que se reforman los artículos 513, 515, y se adiciona un artículo 515 bis a la Ley Federal del Trabajo en materia de Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes. Al respecto el IMSS manifiesta su postura a favor por las siguientes razones:

  1. El dictamen aprobado establece un mecanismo claro para actualizar la Tabla de Enfermedades y de Valuación de Incapacidades Permanentes contempladas en la propia Ley Federal del Trabajo. Esto permitirá que, una vez aprobada la reforma por el Senado de la República, las tablas puedan ser modificadas por el Ejecutivo a partir de recomendaciones de un grupo tripartito de expertos denominado Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  1. Esto beneficia a los trabajadores toda vez que permitirá que las Tablas se actualicen conforme a los avances en el campo médico y se puedan incluir aquellos padecimientos efectivamente relacionados con el ejercicio laboral de una manera más precisa.
  1. Se podrán actualizar las tablas hoy vigentes, mismas que no se han actualizado desde 1970 debido a una contradicción en la propia Ley Federal del Trabajo. En efecto la ley hoy vigente por un lado faculta al Ejecutivo (art. 514) para emitir las tablas y por otro lado faculta al Legislativo (art. 515) lo que ha generado incertidumbre jurídica.

Cabe aclarar que contrario a lo señalado en algunos medios de comunicación, resulta falso que el dictamen aprobado implique una reducción en el pago de prestaciones económicas derivadas de riesgos de trabajo. Esto es así toda vez que no se modificaron ni el Art. 491 de la Ley Federal del Trabajo ni el Art. 58 de la Ley del Seguro Social, donde se establecen dichos montos.

Fuente: Comunicado IMSS 051/2017

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