Su preocupación fue de que tuvo mas de 4 millones de ingreso y que pasaba con lo que facturo después de esa cantidad, si le llegaría algún requerimiento de la autoridad a migrar a la facturación electrónica o si se hacia acreedor a una multa y si era así cual es el fundamento.
El consulto ante el SAT en su servicio de Chat Uno a Uno al respecto y esto fue lo que le resolvieron:
Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
13:28 Servicio de Administración Tributaria le atiende ******* ******. ¿En qué puedo ayudarle?
13:28 Hola ****** buenas tardes
13:29 tengo la duda de que pasa si una persona que excedió de 4 millones facturando con CBB se cambia a CFDI que pasa con la cantidad que excedió?
13:31 por ejemplo facturo todo el año y este mes facturo un poco mas de 4 millones con CBB, digamos 4,020,000 que pasa con los 20,000?
13:35 La posibilidad de emitir comprobantes fiscales impresos dejará de surtir efectos cuando los contribuyentes que excedan del monto señalado, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase tal cantidad deberán expedir comprobantes fiscales conforme a lo que establecen los artículos 29 y 29-A del CFF.
13:36 Y en dado caso de que no se dio cuenta y el mes siguiente continuo expidiendo comprobantes fiscales impresos, a que multa se hace acreedor?
13:38 Sigo en línea, con usted.
13:38 si gracias
13:42 En este caso, no hay multa por esto, sin embargo es necesario empiece a emitir comprobantes fiscales digitales cuanto antes.
13:42 ok muchas gracias
13:43 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
13:43 no muchas gracias, muy amable
13:43 El SAT le agradece utilizar nuestros servicios, le recordamos que en este año de 2012, están próximos a vencer los comprobantes impresos por impresor autorizado, generados en los meses de noviembre y diciembre de 2010, por lo que se le invita a obtener su FIEL lo antes posible y así podrá emitir comprobantes fiscales digitales por Internet o Comprobantes Fiscales con Código de Barras Bidimensional (CBB).
Esta fue la conversación que se dio con el contribuyente y que se queda solo como información adicional la cual puede o no considerar, obviamente no se busca hacer las cosas con alevosía y ventaja pero podrían aclarar mas sobre este tema las autoridades.

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