El SAT ha lanzado su campaña de 3 pasos para el envío de la declaración anual de las Personas Físicas, para el ejercicio 2017 sin duda el SAT ha avanzado en el uso de su aplicativo, conocido en otros ejercicios como DeclaraSAT.
Pero estos 3 pasos que mencionan en sus medios de comunicación (Revisa, Acepta y envía), se podría suponer que los contribuyentes ya no necesitan ni siquiera el consejo de su Contador.
Lo que menciona el SAT debe de tratarse de la Declaración Anual, exclusivamente de las personas físicas con ingresos por salarios (asalariados). Ya que existe cierta complejidad al momento de elaborar la declaración anual de las Personas Físicas con actividades empresariales, profesionales, arrendamiento u otro tipo de ingreso.
En esta ocasión vamos a hablar sobre cuáles son los pasos que el SAT menciona, pero añadiendo lo que ello implica, solo para el caso de la declaración de ingresos por sueldos y salarios.
Revisa
Aun tratándose de la declaración anual de un asalariado, tiene cierta complejidad al momento de revisar la información precargada por el SAT.
El empleado tendría que llevar la relación de los pagos realizados por el patrón, para después compararlo contra lo timbrado en los XML de Nómina. Para eso el SAT puso a disposición del contribuyente la sección “Visor de XML de Nómina”, pero sin deslindar a los patrones para que entreguen los CFDI´s a los trabajadores.
Los asalariados tienen que revisar que la suma de los XMLS del ejercicio entregados por percepciones gravadas y exentas sean las que efectivamente recibieron.
Tiene que restarle lo que se le retuvo de pagos al IMSS, ISR o algún crédito hipotecario (Infonavit).
En el visor de XML de nóminas del SAT podrá analizar la información prellenada en la declaración anual de forma acumulada, mensual e incluso ver cada CFDI que lo integra.
¿Qué pasa si el patrón se equivocó?
Son muchas las posibles equivocaciones que puede tener el patrón al momento de emitir los CFDI de nómina. Entre los errores comunes se encuentran los siguientes:
- Duplicidad de timbrado del CFDI de nómina.
- Ingresos acumulables mayores a los que el empleado recibió.
- CFDI de nómina no timbrado, por lo tanto, no se refleja en la página del SAT.
El patrón tiene que corregir antes del 30 de abril, para que la Persona Física obligada al envió de la declaración anual cumpla con el SAT.
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¿Puedo modificar la información precargada del SAT?
Es bueno contar con el visor de XML de nómina del SAT, pero como dice el SAT “Revisa” antes de aceptar lo que el SAT te propone. Si existe alguna diferencia en los datos precargados del SAT, puedes modificar la información, pero para esto se recomienda la asesoría de un Contador Público.
Acepta
Como vez antes de aceptar, tienes que considerar varios aspectos que no se tienen contemplado. Entonces, si ya se analizó la información solo tienes que guardar la declaración y aceptar el cálculo del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio.
Envía
Si tu saldo a favor es menor a 50 mil pesos, puedes enviar la declaración anual con el RFC y contraseña del SAT. El SAT recibirá la declaración anual y en un lapso no mayor a 5 días se realizará el depósito del saldo a favor, ya que se trata de una devolución automática.
Recuerda imprimir la declaración anual, junto con los papeles de trabajo, donde se amarró la información enviada al SAT.
Conclusión
Con la implementación del visor de XML del SAT, se ha avanzado en gran medida para que los asalariados puedan revisar sus ingresos para el llenado de la declaración anual, también es una buena noticia que se precargue la información de los pagos referenciados para el caso de las Personas Físicas con actividad empresarial y profesional, esperemos que en el próximo ejercicio tengan más novedades que sirvan a todos los contribuyentes.
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