Este miércoles 8 de septiembre se hizo entrega del proyecto de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2022, dicho paquete económico plantea medidas y acciones orientadas a una reactivación sistémica de la economía, manifestando el no crear nuevos impuestos, ni incrementar los gravámenes o tasas vigentes.
Sin embargo, buscará encarecidamente que el sistema tributario sea más eficiente, inhibiendo la evasión y elusión fiscal, y con ello incrementar la base de contribuyentes y evitar la informalidad.
Dentro de los aspectos más relevantes que se incorporan, se destacan los siguientes puntos:
Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)
Sustitución del Régimen de Incorporación Fiscal por un nuevo Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas y morales. Con ello, se eliminaría el tratamiento específico que tienen las personas físicas con actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras que entrarían en este nuevo esquema. Por su parte, podrán tributar en este nuevo régimen aquellas personas físicas que presten servicios profesionales, actividades empresariales y arrendamiento, cuando tengan ingresos hasta de tres millones quinientos mil pesos.
Este régimen buscará simplificar el pago de las contribuciones, sobre todo para aquellos contribuyentes que cuenten con una menor capacidad administrativa.
También está considerado para las personas morales, las cuáles dejarían de considerar un coeficiente de utilidad en sus pagos provisionales, beneficiando de alguna manera a las micro y pequeñas empresas.
Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)
Se propone la incorporación de nuevos productos a la tasa del 0%, como son, productos de higiene menstrual y en alimentos para animales salvo las excepciones que se encuentran en la Ley vigente que incluyen los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas del hogar mismos que continuarán pagando la tasa del 16%. Con ello se espera una disminución en el precio de venta de dichos productos.
Se precisa una modificación en la entrega de información de residentes en el extranjero que proporcionan servicios digitales en territorio nacional, para que sea mensual.
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS)
De acuerdo a la recaudación que se estima para este impuesto, se esperan crecimientos considerables en bebidas saborizadas, alimentos con alta densidad calórica, bebidas alcohólicas, plaguicidas y redes de comunicaciones. Pues de acuerdo con la Ley del IEPS, para 2022 se actualizan por inflación los gravámenes de cuota fija de las bebidas saborizadas, el componente de cuota fija del gravamen de los cigarros, así como el gravamen de cuotas fijas de combustibles automotrices.
Se incorpora la definición de marbete físico y digital El marbete electrónico cuya característica principal es que se proporciona por la autoridad en el folio electrónico autorizado, se imprimirá en la etiqueta o contraetiqueta del envase que contenga bebidas alcohólicas
Código Fiscal de la Federación (CFF)
En cuanto a Código Fiscal Federal, se replantean las medidas de control para incumplimientos específicos en el nuevo Régimen de Confianza, como lo sería la restricción de los CSD cuando se detecte la omisión de tres o más pagos mensuales, consecutivos o no, del impuesto o de la declaración anual.
Se prevé un reforzamiento de las facultades de comprobación de las autoridades para determinar simulaciones.
Se plantea la incorporación como delito fiscal a aquellas personas que usen el Régimen de Confianza para ocultar relaciones laborales.
Adicionalmente, se establecieron consideraciones para la definición de Residencia en México, como que, no se perderá si la persona no acredita dicho cambio, o bien, si no presenta el aviso de cambio de residencia. Aquellos que acrediten nueva residencia fiscal con algún REFIPRE, en los términos que señala la LISR, se mantendría por 5 años y no por 3 como se estipula actualmente.
Así como, sobre el tratamiento fiscal de las regalías, con el derecho a la imagen sobre una obra literaria, artística o científica.
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Comentario final
Los puntos mencionados anteriormente son solo algunos de los ajustes que se prevén para el año 2022, por lo que debemos estar atentos, pues es una reforma que promete muchas modificaciones, iniciando con la derogación y entrada de un nuevo régimen fiscal, muchos contribuyentes deberán estar al pendiente de las nuevas consideraciones administrativas que esto conlleva.
Por lo que las fechas a considerar serían las siguientes:
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- Licenciada en Contaduría y Especialista Fiscal por la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México.
- Socio Director en D&F Diligencia Fiscal S.C, con desarrollo profesional como consultor en el área financiera y fiscal de diversos sectores: comerciales, industriales y de servicio; apoyando a las empresas en la implementación de prácticas fiscales y financieras útiles para los negocios.
- Articulista de la Revista Consultorio Fiscal de la UNAM.
Correo Electrónico: contacto@taxid.mx
gracias por su boletin es muy interesante