Presentar Declaraciones y pagos en Ceros en el SAT, conlleva una Opinión Negativa si emites CFDI


opinion positiva del sat Si una persona moral presenta un pago provisional mensual en ceros, siendo que se han emitido facturas electrónicas o CFDI´s de ingresos durante los mismos meses se emitirá en automático la opinión negativa de cumplimiento de obligaciones fiscales del SAT.

Esto también aplica para las personas fisicas, esta regla nos dice que cuando el contribuyente haya presentado en el ejercicio de que se trate más de dos declaraciones consecutivas manifestando cero en el total de ingresos o ingresos percibidos y haya emitido CFDI de ingresos durante los mismos meses, se emitirá la opinión negativa de cumplimiento.

Se entenderá por declaraciones consecutivas las correspondientes a meses seguidos, por ejemplo: abril, mayo, junio.

El 29 de septiembre de 2015 se publicó en el diario oficial de la federación la regla 2.1.41 que se emitirá la opinión negativa del cumplimiento de obligaciones fiscales, cuando en las declaraciones de pago provisional mensual del ISR normal o complementaria, incluyendo las extemporáneas, del mes de abril de 2014 y subsecuentes, hayan declarado cero en el total de ingresos nominales, o bien, la suma de estos sea cero, según el formulario electrónico que utilice derivado del régimen en el que tribute y que haya emitido CFDI de ingresos durante el mismo ejercicio.

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Cuáles son las Opiniones que da este tramite?

Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Deberán de realizar dicho trámite en la página del SAT, obteniendo así la multicitada opinión:

  • Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones, esto quiere decir que presento sus pagos y no cuenta con créditos fiscales.
  • Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones, lo contrario a lo anterior que es cuando no presenta sus pagos provisionales correctamente o tiene créditos fiscales.
  • No inscrito.-Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.

Como se puede aclarar esta situación ante el SAT?

Cuando el contribuyente no esté de acuerdo con la opinión negativa deberá aclarar el motivo por el cual no ha declarado los ingresos que se identificaron en los CFDI, realizando el siguiente procedimiento:

  1. a) Ingresar un caso de aclaración en la página de Internet del SAT a través de la opción «Mi Portal»,»Aclaraciones», «Solicitud», eligiendo la opción «OPIN32D (SUBDECLARAR ING)», adjuntando la información que considere pertinente para aclarar el motivo por el que no está declarando el monto por el que emitió CFDI.
  2. b) La ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, resolverá en un plazo máximo de 3 días hábiles la solicitud de aclaración.
  3. c) Una vez que la autoridad emita la respuesta en el sentido de que ha quedado solventada la aclaración, el contribuyente podrá generar nuevamente la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

En caso de que el contribuyente no haya podido justificar mediante aclaración el motivo por el cual no declara la totalidad de sus ingresos en relación con la información obtenida en los CFDI, las declaraciones objeto de aclaración se tendrán por no presentadas únicamente para efectos de la opinión del cumplimiento.

No obstante lo anterior, el contribuyente podrá solicitar nuevamente la opinión del cumplimiento y hacer valer la aclaración correspondiente, cuando aporte nuevas razones por las cuales no declaró el importe por el que emitió CFDI y lo soporte documentalmente.

La opinión positiva no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo correcto de impuestos declarados o pagados.

CFF 32-D, RMF 2015 2.1.35.

Fuente: DOF 29-09-2015

2 comentarios en «Presentar Declaraciones y pagos en Ceros en el SAT, conlleva una Opinión Negativa si emites CFDI»

  1. Estoy de acuerdo en parte y solo para las personas morales del regimen general, pero que ¿ pasa con las persona fisicas, que emiten un comprobante que no se ha cobrado en el mismo mes? ¿ que opinara el S.A.T. ? es hacer las cosa mas complicadas.

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  2. A mi me estafó un contador que trabajaba para mi y no pago los impuestos correspondientes y tengo por cobrar unas facturas a una empresa que no quiere pagarme por qie mi opinión esta negativa, que puedo hacer?

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