La contraseña del SAT se obtenía sólo con acudir al SAT con identificación oficial (INE, Pasaporte), estar inscrito al RFC y contar con un correo electrónico personal. Pero con la recién modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2019, cambia la forma de obtenerla, pudiendo el SAT requerir de información adicional al contribuyente relacionada a su situación fiscal al momento de solicitar la contraseña al personal administrativo.
Información que podrá solicitar el SAT para actualizar o generar la contraseña
En la regla 2.2.1 “Valor probatorio de la Contraseña” de la RMF actual, se menciona que el SAT podrá requerir información y documentación adicional que permita acreditar de manera fehaciente la identidad, domicilio y en general la situación fiscal de los solicitantes, representante legal, socios o accionistas entregando el “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal”.
Plazo para aportar la información adicional
Se deberán aportar las pruebas al personal del SAT, presentando el trámite 197/CFF “Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”. en un plazo de seis días contados a partir del día siguiente en que se realizó la solicitud de generación y actualización.
La aclaración entregada por el contribuyente se resolverá en un plazo de 10 días a partir del día siguiente en que fue presentada, teniendo que acudir el contribuyente nuevamente a las oficinas del SAT para conocer la respuesta.
Recomendación para contribuyentes con contraseña vigente
Si aún puedes acceder con tu contraseña a los diferentes aplicativos del SAT, es recomendable monitorear la opinión del cumplimiento de tus obligaciones fiscales que emite el SAT, para que al momento de solicitar su actualización el SAT no requiera información adicional, ya que como se menciona en la regla 2.2.1 el SAT PODRÁ REQUERIR INFORMACIÓN ADICIONAL a los contribuyentes que considere no cuentan con una situación fiscal regularizada.
Por último, se recomienda que el contribuyente no deje pasar más de 2 años sin utilizar la contraseña del SAT para que esta no sea suspendida o bloqueada en el caso de dejar pasar 5 años sin usarla.
Es importante mencionar que en caso de que un contribuyente Persona Moral o Física, quiera obtener la contraseña del SAT, aún lo pueden hacer vía Internet utilizando su e.firma vigente y sólo en algunos casos se tendrá que acudir al SAT, por lo que también recomendamos renovar la e.firma (FIEL) antes de su vencimiento.
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Solo para agradecer su atención de enviar la información y novedades que siempre resultan tan útiles. Muchas gracias y saludos cordiales. Atte Raquel Zavala y
Que forma tan TORPE de la autoridad, de dificultar el acceso a los contribuyentes, pretenden que se cumpla, den las facilidades correspondientes, estos retrogrados burocratas con mentalidad chiquitita, cada dia estan peor, de por si, el portal esta complicado, incompleto y mal hecho, y le ponen mas trabas, no entiendo, deveras que no entiendo, saludos colegas desde H Matamoros, Tam. Excelente pagina.
ES INCREÍBLE LO QUE AHORA PRETENDE LA AUTORIDAD NO SE HASTA DONDE QUIERAN LLEGAR PARECE QUE ES UN PAÍS BAJO UN RÉGIMEN COMUNISTA Y NO DEMOCRÁTICO