A partir del primero de enero 2022 entró en vigor el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) lo que ha generado confusión entre los contribuyentes, ya que se creó un nuevo aplicativo tanto para personas morales del Régimen General de Ley como para las Personas Morales del Régimen Simplificado de Confianza.
¿En qué aplicativo debo presentar mis declaraciones mensuales para personas morales?
Para presentar las declaraciones mensuales ya sea que tributemos en el Régimen General de Ley o RESICO deberás a la sección de declaraciones, donde encontrarás las siguientes dos opciones:
Uso de los aplicativos del SAT (pago de Personas Morales)
Deberás seleccionar las opciones dependiendo de tus obligaciones y régimen de persona moral en el que tributan de acuerdo con la siguiente tabla:
Obligación | General de Ley título II | RESICO |
ISR Personas morales | Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante | Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza. |
Impuesto al Valor Agregado | Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales | Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza. |
ISR Retenciones de Salarios | Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante | Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza. |
ISR retenciones por asimilados a salarios | Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante | Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza. |
ISR Retenciones por servicios profesionales | Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales | Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales |
IVA Retenciones | Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante | Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza. |
Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante
En esta sección podrás presentar las siguientes obligaciones:
- ISR Personas morales
- ISR retenciones por salarios
- ISR retenciones por asimilados a salarios
- IVA retenciones
Como se muestra a continuación:
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Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales (régimen general de ley)
En esta sección podrás presentar las siguientes obligaciones:
- ISR retenciones por servicios profesionales
- Impuesto al valor agregado
En esta sección puede llamar la atención que se menciona SERVICIOS PROFESIONALES RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA, sin embargo, es la única manera en la que se puede presentar y se encuentra dentro del aplicativo de personas morales régimen general.
Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos. RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA (RESICO)
En esta sección podrás presentar las siguientes obligaciones:
- ISR simplificado de confianza.
- ISR retenciones por salarios
- ISR retenciones por asimilados a salarios
- IVA retenciones
- IVA simplificado de confianza
Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales (retenciones del RESICO)
En esta sección podrás presentar las siguientes obligaciones:
- ISR Retenciones RESICO
Conclusiones
Como podemos observar tendremos que presentar obligaciones en diferentes aplicativos, lo que ha generado confusión entre contribuyentes lo que ha complicado el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
- Contador Público egresado de la Universidad del Valle de Atemajac, con más de 14 años de experiencia como Auditor Externo, Asesor Fiscal y
- Contralor Financiero en firmas BIG 4 y empresas transnacionales en giros de manufactura, comercialización, desarrollo de software, hotelería entre otros.
- Se desempeña como socio fundador de la firma de asesoría integral Tax ID, donde se atienden clientes extranjeros y nacionales de diferentes tipos de industrias.
Correo Electrónico: contacto@taxid.mx
En donde se debe presentar la declaración de una Dependencia que tributa en el Titulo III
Tengo problema en la declaración del periodo de Enero, ya que apliqué una compensación y el ejercicio al que pertenece el saldo a favor, no habilita los campos de CONCEPTO e IMPORTE A APLICAR, por tanto no permite continuar para la demás información que se requiere. Estuve cambiando de tal forma el ejercicio que por lo menos habilitó el campo de IMPORTE A APLICAR, permitiendo continuar con la demás información, al terminar la captura la GUARDÓ sin error. Pero al querer enviar la declaración (ingresando firma electrónica), es donde me presenta un mensaje: INTENTE NUEVAMENTE. OCURRIÓ UN ERROR AL ENVIAR LA INFORMACIÓN. A la fecha no he podido enviar la declaración y me encuentro esperando por Mi Portal, respuesta coherente de la incidencia.
Y LAS PERSONAS FISICAS QUE NO SON DEL RESICO, QUE APLICATIVO DEBEN USAR?