El SAT da a conocer cada día mas información referente a la Facturación Electrónica, en lo particular no quisiera echar toda esa información en saco roto y esperar a que llegue el 1ro de enero de 2011 para averiguarlo, así que me tendré que ir acostumbrando a utilizar las definiciones que el SAT utiliza, a continuación nombro algunas, su significado y su relación con La Facturación Electrónica.
CFD, el Comprobante Fiscal Digital.
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los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal de 2010 y anteriores hayan optado por expedir CFD al amparo de lo dispuesto por el artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010 y los hayan emitido efectivamente, podrán optar por continuar generando y emitiendo directamente CFD, sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFD para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT.
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Los contribuyentes deberán mantener actualizado el medio electrónico, óptico o de cualquier otra tecnología, durante el plazo que las disposiciones fiscales señalen para la conservación de la contabilidad, así como tener y poner a disposición de las autoridades fiscales, un sistema informático de consulta que permita a estas últimas, localizar los CFD´s expedidos y recibidos, así como la revisión del contenido de los mismos.
CFDI, el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o Factura Electrónica.
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La “Solicitud de expedición de CFDI” y el propio CFDI deberán conservarse como parte de la contabilidad del adquirente.
- Los contribuyentes podrán adquirir, arrendar, desarrollar un sistema informático para la generación del CFDI o utilizar los servicios de un tercero para la generación del mismo, siempre que los documentos que se generen, cumplan con los requisitos que se establecen en esta regla y demás disposiciones aplicables, y queden bajo resguardo del contribuyente emisor, o usar las aplicaciones gratuitas que deberán poner a disposición del público en general, los proveedores de certificación de CFDI autorizados.
SICOFI, el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales.
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Los contribuyentes deberán solicitar la asignación de folios y en su caso series, a través de la página de Internet del SAT
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Los contribuyentes que expidan comprobantes fiscales impresos, podrán consultar la información de la aprobación de folios asignados por el SAT, ingresando a SICOFI, proporcionando su clave en el RFC, así como la CIECF o FIEL vigente.
CSD, el certificado de sello digital.
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Para verificar la validez de los CSD proporcionados por el SAT, esto se podrá hacer de conformidad con lo establecido en las secciones “FIEL” o “FACTURACION ELECTRONICA”, de la página de Internet del SAT.
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realizar la solicitud del CSD, los contribuyentes deberán acceder a la página de Internet del SAT. En ésta, los contribuyentes podrán solicitar un certificado para la emisión de comprobantes en su domicilio fiscal y, en su caso, como máximo uno para cada una de sus sucursales o establecimientos; en el caso de unidades de transporte utilizarán el CSD del domicilio fiscal, sucursal o establecimiento al cual estén asignados.
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Con el CSD, se deberá generar el sello digital el cual se integrará en el complemento respectivo del CFD.
- Las especificaciones técnicas del CSD que deberán estar incluidas en el complemento del CFD, son las que se encuentran publicadas en la página de Internet del SAT.
- el SAT a través de su página de Internet, sección “Comprobantes Fiscales” proporcionará, un servicio en el que se deberán ingresar, uno a uno, los datos que la plantilla electrónica requiera, para con esto obtener el resultado de la validación de la autenticidad de los folios asignados y de la vigencia de los CSD´s utilizados.
CESD, el certificado especial de sello digital.
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Solicitar al SAT, el CESD para la expedición de CFDI a través de adquirentes de bienes o servicios a personas físicas, conforme a la ficha 157/CFF “Solicitud del certificado especial de sello digital (CESD) para operar como PSECFDI a través del adquirente de bienes o servicios a personas físicas” contenida en el Anexo 1-A.
- Solicitar al SAT, el CESD para la expedición de CFD conforme a la ficha 160/CFF “Solicitud del certificado especial de sello digital (CESD) para operar como PSGCFDA” contenida en el Anexo 1-A.
CBB, el código de barras bidimensional.
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el dispositivo de seguridad que se deberá adherir al comprobante fiscal impreso consistirá en un CBB proporcionado por el SAT al contribuyente una vez aprobada la asignación de folios correspondiente.
- tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de los folios, los cuales deberán imprimirse en el original y en la copia correspondiente a cada uno de los comprobantes fiscales.
- El archivo electrónico correspondiente a la imagen del CBB proporcionado al contribuyente deberá descargarse para su impresión, el cual incluirá los siguientes datos:1. Clave en el RFC del contribuyente emisor.
2. El número de aprobación.
3. Rango de folios asignados y, en su caso, la serie.
4. Fecha de la asignación de los folios.
5. Vigencia.
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PSECFDI, el proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet.
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las personas físicas a que se refiere la regla I.2.23.5.1., fracción I, que hayan optado por inscribirse en el RFC a través de los adquirentes de sus productos, podrán expedir CFDI haciendo uso de los servicios que para tales efectos sean prestados por un PSECFDI
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arrendatarios, podrán expedir CFDI haciendo uso de los servicios que para tales efectos sean prestados por un PSECFDI
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las personas físicas que se desempeñen como pequeños mineros
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los contribuyentes que adquieran productos, usen o gocen temporalmente bienes inmuebles de las personas físicas a que se refiere la regla I.2.23.5.1.,
PSGCFDA, el prestador de servicios de generación de CFD a sus agremiados.
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Los contribuyentes, organizaciones o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, de conformidad con el esquema Sistema Producto previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, podrán obtener autorización para operar como PSGCFDA
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La autorización para operar como PSGCFDA tendrá vigencia por el ejercicio fiscal en el que se otorgue la misma, pudiéndose renovar de forma automática siempre que sigan cumpliendo con los requisitos para la obtención de la autorización y se presenten en el mes de enero de cada año
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Prestar el servicio de generación de CFD exclusivamente a sus agremiados.
Para adentrarse mas al tema seria bueno que leyeran también la siguiente entrada donde nos dice en donde se utilizan y cómo estos términos.
➡ Disposiciones de los Comprobantes Fiscales Digitales
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El nombre del PSECFDI ya cambio, aquí puedes leer algo sobre esto.
http://wp.me/p18Bo4-g
Gracias por tu informacion es de mucha utilidad, saludos