Si está obligado a emitir CFDI de Nómina y aun no estas preparado para implementar el nuevo complemento en su versión 1.2, puedes irte de vacaciones y pasar año nuevo sin preocupaciones peeeero..
Debes considerar que los primero 3 meses de 2017 puedes timbrar tu nómina como lo vienes haciendo hasta ahora, pero llegado el 1ro de abril de 2017 debes retimbrar con la nueva versión del complemento del CFDI de Nóminas. Esta medida es importante que no se le considere una prórroga del SAT para que dicho complemento será obligatorio a partir del 1ro de abril de 2016 y retroactivo para los cfdi`s emitidos a partir del 1ro de enero.
Los patrones tendrán tres meses más para actualizar sus sistemas y realizar la emisión de la nómina digital con las nuevas actualizaciones, a partir del 1 de abril de 2017.
A continuación les dejo el comunicado que publico el SAT en su pagina:
Brinda SAT facilidad para la emisión de la Nómina Digital
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración tributaria (SAT) informó que, como una facilidad, los contribuyentes tendrán hasta el 31 de marzo de 2017 para seguir utilizando su actual sistema de emisión de nómina digital.
Así lo dio a conocer, Adrián Guarneros Tapia, Administrador General de Servicios al Contribuyente del SAT, durante el taller “Nómina Digital” realizado por el Colegio de Contadores Públicos, donde explicó que los contribuyentes que aún no migran a la nueva nómina digital, pueden emitir durante el primer trimestre del año su nómina como lo vienen haciendo; sin embargo, aquellos que utilicen la facilidad, a partir del 1 de abril de 2017, a más tardar, deberán volver a emitirla (retimbrar), ahora con las actualizaciones.
El funcionario pidió a los especialistas fiscales difundir esta noticia entre los sectores relacionados a la emisión de facturas de nómina y estar atentos a Miscelánea Fiscal de 2017, que se publicará en algunos días, donde se especificarán todos los detalles de esta facilidad.
Por su parte, el ex presidente del Colegio de Contadores, Víctor Keller, señaló que esta oportunidad refleja la apertura y respuesta con la que ha contado el gremio desde inicios de la actual administración y manifestó su interés en mantener el compromiso de seguir trabajando en conjunto con la autoridad fiscal.
Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso de atender peticiones legítimas de los contribuyentes, así como de los sectores encargados de apoyarlos en el cumplimiento de sus obligaciones.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
¡Sí es una prórroga!
Prorrogar: Dejar para un momento o fecha posteriores a los inicialmente fijados la realización de una cosa.
Entonces al permitir el SAT timbrar tus nóminas con los nuevos requisitos en una fecha posterior a la que inicialmente estableció, está prorrogando la fecha para timbrar con los nuevos requisitos. Y claramente no es una «facilidad» y timbrar la nómina con la versión anterior y volverla a timbrar con los nuevos requisitos.
Gracias Contador Gerardo por su punto de vista, muy acertado. El SAT lo maneja como facilidad por lo que no debe considerarse como una prórroga a la implementación del complemento 1.2 de CFDI de nóminas desde el 1ro de enero de 2017.
Saludos y espero le haya servido la informacion.
La SHCP a través del SAT nos da a conocer que no habrá prórroga. Sin embargo lo que deben de tomar en cuenta es un principio administrativo que se llama PREVISION. No es posible que den a conocer el complemento para nóminas 1.2 en noviembre 2016 (los ultimos dias) y que ya para el primero de enero de 2017 quieran que se hagan los cambios.Los desarrolladores de sistemas no son magos para cambiar de un sistema a otro, es necesario, planearlo, hacer ajustes, quitar, poner, etc., etc. y todos lo comprendemos. Ahora bien el SAT ¿ YA MODIFICO SU FACTURA FACIL DE «MIS CUENTAS» Y SU FACTURA GRATUITA? YA ESTAN LISTOS PARA INICIAR EL 1o. DE ENERO DE 2017? Yo he preguntado esto en el chat en línea del SAT y me dicen a la fecha de hoy: 14 de diciembre que aún no tienen lista las aplicaciones (que cité líneas arriba) y eso que nada mas es la factura pero los desarrolladores de nómina es mas complicado pues en empresas en donde existan, digamos, mas de 100 trabajadores todo tiene que ser automaticamente, de lo contrario el estar capturando lo gravado y lo excento por cada trabajador sería muy difícil de llevar a cabo. Imagínense en empresas como SAMSUNG en Querétaro con 3,ooo trabajadores (que es en donde trabajé) pues esto sería practicamente imposible. MAL POR LA SHCP Y MAL POR EL SAT. QUE LASTIMA. Y a ver cuántas RESOLUCIONES DE MODIFICACIONES tenemos en este 2017 porque ya hemos sido testigos de cuantos errores cometen en sus RESOLUCIONES MISCELANEAS y luego TAPAN EL HOYO, CON OTRO Y CON OTRO Y TODO POR FALTA DE PLANEACION.
Muchas gracias Francisco por su comentario tan atinado.
Saludos
me parece excelente su aportacion contador, muchos estabamos con la idea de que era una prorroga mas…
Esto implica cancelar los primeros timbrados? o se dejan asi?
HOLA, BUEN DIA. YO HAGO LOS RECIBOS DE NOMINA DIRECTAMENTE EN EL PORTAL DEL SAT, PERO AUN NO VEO NINGUNA ACTUALIZACION.
Que tal excelente día a todos.
¿La prorroga solo es aplicable a CFDI’s de nómina del 1.1 al 1.2?, el contador de la empresa donde me encuentro laborando comenta que también es aplicable a los CFDI’s 3.2 que hayan sido emitidos y deberán ser retimbrados con la vr 3.3, ¿esta apreciación es correcta?
ES CORRECTO ENTENDER QUE LOS CDFI QUE CUBRAN EL PRIMER TRIMESTRE DE NOMINAS ENTRAN EN ESTA FACILIDAD, PERO QUE PASA SI PAGUE Y TIMBRÉ CDFI DE NOMINAS PENDIENTES DE 2016 EN EL PRIMER TRIMESTRE DE 2017? APLICA LO MISMO DE RETIMBRAR? O COMO SON DE 2016 SE PUEDEN QUEDAR EN 1.1?
Despues del 31 de marzo aun puedo tombrar nóminas de enero y febrero???
Hola buenas tardes
Tengo una duda los recibos de nomina que se emitieron de enero a marzo 2017 se tienen que cancelar y volverlos a timbrar con la nueva nomina 1.2
por su atención muchas gracias