Impuesto a los Depositos en Efectivo 2010 – Pagar ISR por Ingresos omitidos

 

dineroenefectivo Depósitos en Efectivo se Consideran como Declaracion de Ingreso Fiscal? La mayoría de las personas que tuvieron depósitos en efectivo en 2009 tuvieron la carta invitación de regularizarse pagando el Impuesto Sobre la Renta de esos ingresos, determinando este impuesto basándose en el Impuesto Sobre Depósitos en Efectivo IDE y esto represento una herramienta muy útil para identificar a los contribuyentes omisos o determinar diferencias contra lo declarado por los contribuyentes registrados.

Que pedirán en la Carta invitación SAT – Impuesto Sobre Depósitos en Efectivo

Opción de pago del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2010
II.2.8.3.7. Para los efectos de los artículos 6 y 27 del CFF y 175, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas que hubieren obtenido ingresos durante el ejercicio fiscal de 2010 y no hayan sido declarados, podrán efectuar el pago del ISR que les corresponda hasta en 6 parcialidades mensuales y sucesivas, de conformidad con lo siguiente:

I. Las autoridades fiscales les enviarán una carta invitación con la propuesta del monto a  pagar del ISR, calculado a partir de la información que de acuerdo al artículo 4 de la Ley del IDE las instituciones del sistema financiero entregan al SAT, así como la forma oficial FMP-Z con la que el contribuyente podrá efectuar el pago en la sucursal bancaria.

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Quienes están inscritos en el RFC, podrán ingresar a la página electrónica del SAT, al apartado de Regularización ISR 2010, en la opción de servicios, para obtener una hoja de ayuda, la cual contendrá la información necesaria que les permitirá pagar vía portal bancario o ventanilla bancaria.

Se entenderá que el contribuyente se autodetermina el impuesto omitido, al presentar el pago de éste a más tardar el  28 de febrero de 2013 a través de su portal bancario, o en la ventanilla bancaria con la hoja de ayuda o  con la forma oficial FMP-Z enviada por la autoridad, debiendo efectuar dicho pago por el importe que corresponda al número de parcialidades elegidas.

Tratándose de la forma oficial FMP-Z, las parcialidades deberán especificarse en dicha forma.  En caso contrario, perderá los beneficios de esta regla.

En caso de que el contribuyente no esté de acuerdo con el monto propuesto, podrá calcular el impuesto que le corresponda y presentar su declaración del ejercicio2010, en términos de lo establecido en la fracción IV de esta regla, utilizando la herramienta “DeclaraSAT, para presentar ejercicio  2010” contenida en el portal de  Internet del SAT en el mini sitio antes referido.

II. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 del CFF, las personas físicas que no se encuentren inscritas en el RFC y opten por realizar los pagos en parcialidades en términos de la fracción I,  tercer  párrafo de la presente regla, tendrán por cumplida su obligación de inscribirse en el RFC, al momento de realizar el pago de la primera parcialidad, para lo cual deberán anotar su CURP en la forma FMP-Z anexa a la carta invitación referida en la fracción anterior, de lo contrario o en caso de que la CURP sea errónea, perderán los beneficios de la presente regla. La inscripción al RFC se realizará a partir del primer mes en el que la institución del sistema financiero lo reportó con un IDE recaudado o pendiente de recaudar y tomando como domicilio fiscal,  aquel al que fue dirigida la carta invitación, mismo que podrá ser modificado con posterioridad presentando el aviso de cambio de domicilio fiscal, conforme al procedimiento señalado en la ficha de tramite 85/CFF contenida en el Anexo 1-A.

III. Las personas físicas que hayan suspendido actividades en el RFC antes del 1 de enero de 2010, que durante el citado ejercicio hubiesen percibido depósitos en efectivo que a la fecha de entrada en vigor de la presente regla, no hayan sido declarados, y que opten por realizar sus pagos en términos de la fracción IV de la presente, serán reanudados en el RFC por la autoridad a partir del primer mes en el que la institución del sistema financiero lo reportó con un IDE recaudado o pendiente de recaudar con las obligaciones pendientes de pago derivadas de los referidos depósitos en efectivo, para lo cual tributarán en términos de lo establecido por el Título IV, Capitulo IX de la Ley del ISR.

IV. Los contribuyentes que realicen el pago en parcialidades en términos de la  presente regla, podrán optar por presentar su declaración de ISR 2010, mediante la forma oficial FMP-Z que les haga llegar la autoridad fiscal, en cuyo caso la misma se tendrá por presentada en la fecha en que el contribuyente entere el pago de la primera parcialidad, considerando que la declaración de ISR 2010 es por los depósitos en efectivo que se hayan tenido en 2010, o bien, a través de la herramienta electrónica “DeclaraSAT, para presentar el ejercicio 2010” contenida en el portal de Internet del SAT, en la que deberán acumular la totalidad de los ingresos correspondientes a 2010, para lo cual deberán estar previamente inscritos al RFC y contar con su clave CIECF, generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT.

Los contribuyentes que realicen el pago a través de su portal bancario, o en la ventanilla bancaria con la hoja de ayuda, se les tendrá por presentada la declaración anual del ejercicio fiscal de 2010 en la fecha en que se efectúe el pago correspondiente.

3 comentarios en «Impuesto a los Depositos en Efectivo 2010 – Pagar ISR por Ingresos omitidos»

  1. y que pasa con aquellas personas que no estan inscritas en el rfc, y que durante el ej 2011 le llego una carta invitacion sobre los depositos en cuentas bancarias y que estos provienen de aportaciones economicas que hacen sus familiares, (hijos o esposo) proveniente de los E.U.. LA PREGUNTA SERIA, TAMBIEN ESTAN OBLIGADOS A PAGAR EL ISR A TRAVES DE LA PRESENTACION DE LA DECLARACION ANUAL RESPECTIVA????

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    • buen dia.
      creo que el caso que David plantea es sencillo, si se puede demostrar, pues son donativos y estos están exentos, si rebasan 500 mil tendría que informarlo en la anual y no pasa a mayores, inclusive si es menos de ese importe podría presentar su anual sin tener la obligación, solo para informarle a la autoridad que fueron donativos, lo mas importante es tener la forma de demostrarlo…..

      Responder
  2. Buenas tardes, disculpen, hay un caso de una cuñada mia, que le llegò la carta invitaciòn para pagar el ISR 2010, por que tuvo depositos a su nombre por $ 82,700.00, los cuales corresponden a ingresos de la escuela primaria, donde ella era en ese tiempo la tesorera.
    Què puede hacer ahora, es decir, si paga el impuesto automaticamente la dan de alta en el SAT, cosa que no debe ser, ya que ella solamente ayudaba en la escuala. Entiendo que debe tener la ficha o fichas que avalen la cantidad y demostrar que es dinero de la escuala por parte de padres de familia. Agradecerìa mucho su ayuda. Saludos.

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