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Los formatos y modelos de opinión entraron en vigor desde el 13 de octubre de 2011, por lo que, mientras no se modifiquen, es obligatoria su utilización a partir de esa fecha, pues de otra manera no serán aceptados.

Si no hay cambios, estos modelos de opinión servirán para el Dictamen IMSS de 2011 que se presenta en 2012

Modelos de opinión

  • Limpia: Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado no determina omisiones.
  • Sin Salvedades: Cuando derivado de la revisión el contador público autorizado determina omisiones y son pagadas en una sola exhibición o en parcialidades antes de la presentación del dictamen.
  • Con salvedades: Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado determina conceptos o sujetos de aseguramiento que el patrón no acepta integrar al salario diario de cotización o afiliar al régimen obligatorio.
  • Con abstención de Opinión: Cuando el Contador Público autorizado, no cuenta con información, documentación o elementos suficientes para llevar a cabo la revisión que le impida inclusive, emitir una opinión con Salvedades.
  • Con Opinión Negativa: Cuando el Contador Público autorizado, como consecuencia de su revisión, encuentra que los registros contables no reflejan la integración real del salario base de cotización, según los requerimientos de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos.

MODELOS DE OPINION VIGENTES 2011:

   

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