La NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, entra en vigor a partir del 23 de octubre de 2019 , un año después de que fuera presentada en el DOF por la secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), esta NOM 035, aplica a todos los patrones y trabajadores que se encuentren laborando en una empresa, ubicada en territorio nacional.
Esta NOM 035 tiene como objetivo principal establecer lineamientos para que el Patrón en conjunto con los encargados de la seguridad del trabajador en las empresas, identifiquen, analicen, prevengan y protejan a todos sus colaboradores de las consecuencias que pueda causar el «Estrés» al que están sujetos dentro del ambiente laboral, para que el colaborador, se desenvuelva en un ambiente favorable para su salud y bienestar físico, mental y emocional.
El Estrés, factor de riesgo psicosocial puede verse desencadenado en el organismo del colaborador de diferentes formas y niveles, alterando su conducta, fisiología, psicología, y estado emocional, según la NOM 035, estos factores de riesgo psicosocial pueden provocar:
- Trastornos de ansiedad
- Alteraciones del ciclo de sueño-vigilia
- Problema de adaptación
Los cuales se presentan a causa de:
- El tipo y funciones del puesto
- Tipo de jornada de trabajo
- Exposición a un ambiente laboral traumático severo
- Exposición a un ambiente laboral con actos de violencia por el trabajo desarrollado.
- Las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente laboral
- Carga de trabajo que excede la capacidad del trabajador
- Rotación de turno sin periodo de recuperación y descanso
- Jornadas y tipo de trabajo que interfieren en la relación de familia.
Todos estos causales y factores de riesgo psicosocial que pueden generan «estrés laboral», pueden estar acompañados de factores externos al trabajo y empresa y con factores personales del colaborador, por ejemplo: contaminación ambiental, problemas familiares, sentimentales, económicos, etc, es por eso que las medidas de prevención y acciones para su control dentro de la empresa, deben ser minuciosas y efectivas, tomando en cuenta que no todo se deriva del ambiente laboral, mas sin embargo, afectan de manera directa a la salud del colaborador.
Aplicación de la NOM-035 por centros de trabajo
Según la NOM 035 se pueden diferenciar 3 centros de trabajo, dependiendo de los colaboradores que trabajan en la empresa, quedando de la siguiente manera:
- Centros de trabajo con 1 a 15 colaboradores
- Centros de Trabajo con 16- 50 colaboradores
- Centros de Trabajo con más de 50 Colaboradores
Así pues, no todas las empresas tendrán las mismas responsabilidades y obligaciones en cuanto a aplicar los lineamientos establecidos en la NOM 035, ya que dependerá del número de colaboradores que tengan en su centro de trabajo.
Primera etapa de la implementación de la NOM-035
Además, la implementación se realizará en dos etapas, la primera etapa de implementación de la NOM 035, será a partir del 23 de Octubre 2019, los primeros puntos o lineamientos obligatorios a cumplir, son los referentes a las obligaciones del patrón para contrarrestar, los factores de riesgo psicosocial que puedan existir en su empresa, según la NOM 035, son básicamente, establecer por escrito y difundirlo mediante una política interna que fomente la prevención de los siguientes puntos, así como la sana convivencia entre todos los colaboradores en un ambiente favorable:
- Prevención de los factores de riesgo psicosocial;
- Prevención de la violencia laboral, y
- La promoción de un entorno organizacional favorable.
- Cuestionarios y entrevistas a todos los trabajadores, para evaluar las medidas de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial.
- Identificar a colaboradores que hayan sido sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada o al médico de la empresa.
- Implementación de un Buzón de quejas, que sea privado, seguro y confiable para el trabajador, para denunciar actos de violencia laboral.
Respecto al buzón de quejas, te compartimos el formato para quejas y/o sugerencias editable, solo da clic en la siguiente imagen:
Segunda etapa de la implementación de la NOM-035
Además de los puntos anteriores, a partir del 23 de octubre 2020, comienza la implementación de la segunda etapa, y será obligatorio cumplir con los siguientes lineamientos , aquellas empresas que tengan de 16 a 50 trabajadores:
- Implementar cuestionarios y entrevistas a todos los trabajadores, para evaluar las medidas de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial.
- Exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a colaboradores expuestos a algún factor de riesgo psicosocial y/o violencia laboral, mediante una institución de seguridad privada o social, médico, psiquiatra o psicólogo de la empresa o canalizarlo al servicio médico que preste servicio a la empresa.
- Contar con evidencia de los resultados de la Evaluación de análisis e identificación de factores de riesgo psicosocial y difundir esos resultados.
Para empresas con más de 50 trabajadores, están obligadas además de los puntos anteriores a:
- Implementar cuestionarios y entrevistas a una muestra representativa de trabajadores, para evaluar las medidas de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial y entorno organizacional favorable.
- Contar con evidencia de los resultados de las evaluaciones aplicadas, las cuales son básicamente dos:
1 – Evaluación de análisis e identificación de factores de riesgo psicosocial.
2 – Evaluación del entorno organizacional favorable en la empresa.
Los resultados de estas evaluaciones deben ser difundidos.
- Contar con el registro de los nombres de los colaboradores que se les practicaron exámenes o evaluaciones clínicas por algún evento traumático, acto de violencia, o exposición a factor de riesgo psicosocial.
La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender:
- En qué grado el colaborador se siente parte de la empresa;
- Si recibió una Capacitación y formación para la correcta realización de las tareas encomendadas al colaborador
- Si tiene claras sus responsabilidades como colaborador;
- Que tanto es la comunicación y participación proactiva entre el patrón, sus representantes y los trabajadores;
- Si la distribución de cargas de trabajo y jornadas laborales regulares son adecuadas.
- Si existen evaluaciones y reconocimiento a su desempeño.
Para la verificación del grado de cumplimiento de esta norma, el Patrón podrá contratar una unidad Acreditada y aprobada por la Ley Federal sobre Metrología y normalización y su reglamento.
Todos los dictámenes emitidos por dichas unidades de verificación tendrán vigencia de 2 años, siempre y cuando no se modifiquen las condiciones que sirvieron para su emisión.
Comentarios finales
Sin lugar a dudas , la implementación de la primera etapa de la NOM 035 es fundamental para un cambio radical en la forma en que las empresas identifican, analizan y protegen la salud laboral de los colaboradores, es importante que en esta etapa se sensibilice y se cree conciencia a todos los colaboradores, incluyendo a los patrones, sobre la implementación de las encuestas, evaluaciones, buzón de quejas, entrevistas, difusión de políticas y temas respecto a alteraciones en la salud por exposición a factores de riesgo psicosocial, para que sea más fácil la interpretación de estas y el avance sea confiable y homogéneo entre todos los colaboradores.
Gracias por compartir información actual e importante en materia de recursos humanos.
En mi empresa donde trabajo nos hicieron una encuesta laboral en la que no tiene nada que ver con lo laboral fue mas respecto a seguridad, creo que lo hicieron con el fin de cumplir con dicha norma
en caso de sufrir acoso laboral, malos tratos, insomino, y cambios biologicos.. la norma aplica este año a partir de 2019 ?
Buenas tardes, me quedo una duda de su tema… el cuestionario para identificacion de factores de riesgo psicosocial se aplica el primer año a todo el personal (mas de 50 trabajadores) y el segundo año solo a una parte proporcional?
Buenas noches. Trabajo en una empresa pequena contratista de Silao GTO. En General Motor complejo Toluca. Y en el turno de noche trabajamos 4 días al igual que en el día. Cuando tengo entendido que nos tendrían que pagar 6 horas tiempo extra. Pero el supervisor argumenta que ellos no trabajan así y simplemente no lo pagan.
Ojalá nos puedan ayudar con esta situación.
hola, si la empresa tiene contratado outsourging, quien es responsable de aplicar la norma?
Hola Mayra, la STPS pedirá a la empresa directamente la implementación de esta norma, no importando si un tercero la tiene que aplicar o les administre, es decir, cada empresa es responsable de implementar la norma hacia con sus trabajadores(as), colaboradores(as), empleados(as) etc. independientemente de a quien contrato para que lo haga.
Información que vale la pena leer como departamento de recursos humanos.