Los contribuyentes obligados a llevar su contabilidad han basado los CFDI emitidos y recibidos para integrarlos a las pólizas contables, ya sea para cumplir con la contabilidad electrónica o para llevar un mejor control de sus declaraciones (pagos referenciados, declaraciones anuales, DIOT).
Los CFDI`s de ingresos, egresos y nomina son considerados para amparar las operaciones que se tienen con clientes, proveedores y empleados, es por eso por lo que su emisión y consideración en la contabilidad es obligatoria.
Para resolver esta incógnita la coordinación nacional de síndicos del contribuyente le planteó al SAT si el CFDI para pagos se debe incorporar en la contabilidad, así como el CFDI de ingresos se integra en las pólizas de ingresos y pregunto también si existe algún fundamento legal.
Planteamiento. – Complemento de pago en la contabilidad del contribuyente
Con motivo de la entrada en vigor del complemento de pago a partir de septiembre, se pregunta:
- ¿Se debe incorporar en la póliza de registro contable de los cobros a clientes, el CFDI del ingreso y el CFDI del Complemento para pago?
- ¿Cuál sería el fundamento jurídico, en su caso, para hacerlo?
En caso de que exista la obligación, lo recomendable sería que solo se incorporara el CFDI del complemento de pago, pues este ya trae incorporado de CFDI de ingreso que nos están pagando.
Además, también es recomendable que se señale en una regla miscelánea esta obligación en caso de que sea obligatorio, para mayor claridad de los contribuyentes, y que se dé un plazo para que se incorpore el CFDI del Complemento de Pago a la póliza contable, porque los programas de contabilidad no están programados para que se puedan incorporar los dos CFDI, de Ingreso y de Complemento de Pago.
Respuesta del SAT
Relativo al cuestionamiento de incorporar en la póliza de registro contable, se señala que sí se debe incorporar en la póliza de registro contable de los cobros a clientes, el CFDI del ingreso y el CFDI del Complemento para pago, conforme a lo dispuesto por el artículo 28 del CFF, en la fracción I “La contabilidad para efectos fiscales, se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros…”
En la fracción III establece que “Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria”.
Aunado a lo anterior, el artículo 33 del Reglamento del CFF, en sus fracciones I y III, señala que los registros o asientos contables deberán de ser analíticos y permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características.
Asimismo, la regla 2.8.1.6 de la RMF, establece que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del portal del SAT, deberán de llevarla en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos XML que contengan lo siguiente:
- Catálogo de cuentas
- Balanza de Comprobación.
- Las pólizas y los auxiliares
Respecto a la emisión de una regla de Resolución Miscelánea, se considera que no es viable que a través de una regla miscelánea se establezca ésta obligación, derivado de que el CFDI del Complemento para pago al formar parte de la contabilidad del contribuyente, en estricto sentido debería de cumplir con los requisitos y obligaciones establecidas en la legislación fiscal (CFF y RCFF), cabe señalar que la regla 2.7.1.35 establece que el CFDI con complemento para recepción de pagos “deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda él o los pagos recibidos”.
Comentario final
Al tratarse de un CFDI que ampara el cobro de un CFDI con forma de pago PPD “Pago en Parcialidades o Diferido” puede sonar lógico que este se integre a la contabilidad para llevar un control de los CFDI de pagos por emitir por pago del CFDI de ingresos. Algunos sistemas contables ya integraron el CFDI para pagos, vinculandolo al CFDI de ingresos pendiente de cobro, pero esto es solo una herramienta contable para cumplir con el SAT por los CFDI de pagos que aún no se han emitido o detectar errores en la emisión de los propios CFDI de ingresos.
Hasta que la autoridad no publique una regla donde explique como se deben de contabilizar los CFDI de pagos, estaremos al pendiente para hacértelo saber y así realizar las modificaciones en la forma de contabilizar los CFDI`s emitidos y recibidos.

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