El programa de Síndicos del Contribuyente, recibe los planteamientos de los contribuyentes, con el fin de hacerlas llegar a la autoridad. Es esta ocasión se trata de la duda del manejo del ingreso por el efecto de la emisión de los CFDI por anticipos de clientes.
Este planteamiento fue enviado al SAT para que fuera atendido, buscando con ello que aclare o corrija la forma en que el contribuyente debe considerar dichos ingresos para efectos en el calculo de impuestos.
Planteamiento de la consulta
Emisión de CFDI de Ingreso con versión 3.3. Por anticipos de clientes.
De conformidad con la guía de llenado de CFDI versión 3.3., publicada en el Portal del SAT el día 23 de mayo del 2017, en el apéndice 6 señala como primera opción que, cuando se reciba un anticipo se deberá emitir CFDI de ingreso por el valor del anticipo, posteriormente el CFDI del ingreso del valor total de la operación y finalmente un CFDI de egreso por el valor del anticipo recibido.
Para esta opción en comento queda la incertidumbre, de si la autoridad considerará dentro de sus controles la sumatoria de los comprobantes de ingresos, considerando el total para el pago provisional y no así, solo el valor total de la operación, puesto que, si bien es cierto el comprobante de egreso en el mundo comercial se tiene la práctica de llamarle nota de crédito y en este entendido que se registra contablemente como una devolución , descuento o bonificación, fiscalmente estos conceptos se consideran una deducción autorizada, la cual se puede aplicar a la determinación del impuesto del ejercicio y no así, en los pagos provisionales, valga el siguiente ejemplo para señalar lo comentado;
A) CFDI EMITIDOS
B) POSIBLE EFECTO EN PAGOS PROVISIONALES, SEGÚN AUTORIDAD
C) POSIBLE EFECTO EN PAGOS PROVISIONALES SEGÚN CONTRIBUYENTE
De lo anterior, se comenta lo siguiente: En el caso de que la autoridad contemple que los CFDI de ingresos emitidos por los anticipos y los CFDI de ingresos emitidos por el valor total de la operación deban sumarse para el pago provisional, se estaría pagando un impuesto ficticio, puesto que, en el ejemplo anterior, se evidencia que se estaría acumulando un ingreso para pago provisional por un importe de $110,000.00, cuando el importe de la operación total es de $100,000.00 y lo correcto sería pagar el impuesto correspondiente a esta última cantidad. Entonces, ¿Cómo considerará dentro de sus controles los CFDI de ingresos por anticipos?, ¿No será causa de carta invitación o revisión por la aplicación de este supuesto?, ¿Cómo considerará la autoridad el CFDI de egreso,meramente para la cancelación de un CFDI de ingreso por anticipo o como una deducción autorizada?
Respuesta del SAT
Efectivamente la aplicación del CFDI de egreso opera como una deducción y por ende en el caso de las personas morales aplica hasta la determinación de la declaración anual, a la fecha el SAT valora con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la posibilidad de que para quienes ejerzan esta opción de facturación de anticipos, se pueda acumular únicamente el valor total de la operación, es decir, restando el valor total de la operación el importe del anticipo, pero a la fecha no existe dicha finalidad.
¿Quienes son los Síndicos del Contribuyente y como contactarlos?
En el IMCP existe un canal de comunicación llamado «Síndicos del Contribuyente», sirve para que los contribuyentes sean representados ante las autoridades fiscales. Ellos envían planteamientos a la autoridad (en este caso el SAT), para que los atienda y resuelva.
En su estructura existe un presidente, y diversos integrantes especialistas en temas fiscales, entre los que destacan los cinco síndicos de las regiones que conforman al IMCP: Zona Centro, Centro-Occidente, Centro-Istmo-Peninsular, Noroeste y Noreste. En estas 5 regiones se encuentran los 60 colegios afiliados al IMCP y sus delegaciones y cada uno de estos (colegios y delegaciones), a su vez, tienen un síndico local (coordinado por su regional) que está listo para atender cualquier planteamiento que, como miembro del mismo, desees presentar.
Para solicitar apoyo al programa de síndicos del IMCP, lo puedes hacer a través del colegio de contadores públicos, afiliados a ellos.
Síndicos por Ciudad
También puedes solicitar apoyo a los síndicos que estan dados de alta en el padrón del SAT, para ello puedes acceder al siguiente enlace: Padrón Nacional de Síndicos (Listado de Síndicos del Contribuyente a Nivel Nacional).
También te puede interesar:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net