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La contabilidad electrónica es un mecanismo implementado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo de modernizar, fiscalizar y transparentar la información contable de los contribuyentes en México. Desde 2014, su envío ha sido obligatorio para la mayoría de los contribuyentes, constituyéndose en una herramienta esencial de fiscalización electrónica y parte del modelo de compliance tributario digital.

Fundamento legal de la contabilidad electrónica

Las obligaciones de la contabilidad electrónica se encuentran en diversas disposiciones:

  • Artículo 28: Define la obligación de llevar contabilidad y los requisitos de esta.
  • Artículo 30: Conservación de la contabilidad.
  • Artículo 33 apartado A: Requisitos adicionales de la contabilidad.
  • Artículo 33 apartado B: Requisitos de los registros contables.
  • Reglas 2.8.1.1 a 2.8.1.7 Y 2.8.1.8 (2025): Establecen especificaciones técnicas para el envío de la información contable al SAT.
  • Definen los esquemas en formato XML que deben enviarse (Catálogo de cuentas, Balanza de comprobación, Pólizas y auxiliares).

Sujetos obligados a llevar la contabilidad electrónica

Tipo de contribuyenteObligaciónFundamento
Persona Moral del Título II LISR.Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar los registros en la misma.Artículo 76 fracción I y IV LISR.
Personas Morales con Fines no Lucrativos.Llevar los sistemas contables de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley y efectuar registros en los mismos respecto de sus operaciones.Artículo 86 fracción I LISR
Personas físicas con actividad empresarial y profesional.Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su ReglamentoArtículo 110 fracción II.
Persona física plataformas tecnológicas
RESICO persona física
Persona Física Régimen de Incorporación Fiscal.Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se refiere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente.Artículo 112 fracción III LISR.
Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesquerasLlevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar los registros en la misma.Artículo 76 fracción II LISR
Persona física arrendamiento de inmuebles.Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.Artículo 118 fracción II LISR
Los contribuyentes obligados al pago del IVALlevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.Artículo 32 fracción I LIVA.
Contribuyentes de IEPSLlevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar conforme a este último la separación de las operaciones, desglosadas por tasas. Asimismo, se deberán identificar las operaciones en las que se pague el impuesto mediante la aplicación de las cuotas previstas en los artículos 2o., fracción I, incisos C), segundo y tercer párrafos, D), G) y H) y 2o.-A de esta Ley.Artículo 19 fracción I LIEPS.

Plazos para el envío de la contabilidad electrónica

Mensualmente: La balanza de comprobación debe enviarse a más tardar el día 3 del segundo mes posterior al que corresponde la información en el caso de personas morales y el 5° día en el caso de personas físicas.

Ejemplo: la balanza de enero 2025 se presenta a más tardar el 3 de marzo de 2025.

Requerimientos: SAT puede solicitar pólizas y auxiliares dentro de una revisión electrónica o procedimiento de fiscalización.

Repercusiones fiscales y sanciones

El incumplimiento en el envío de la contabilidad electrónica puede generar:
– Multas establecidas en el Artículo 84.

– Rechazo de deducciones fiscales por falta de comprobación adecuada.

Comentario final

La contabilidad electrónica representa un cambio profundo en la forma de cumplir obligaciones fiscales en México. Su correcta implementación requiere no solo del conocimiento técnico en sistemas contables, sino también del entendimiento normativo y fiscal. Para los contribuyentes, constituye tanto un desafío de cumplimiento como una oportunidad para modernizar su gestión contable y prevenir contingencias fiscales.

   

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