Autor: Benito Barragán
Estimado lector, en esta ocasión me permito compartir contigo la siguiente información que está relacionada con las modificaciones que prevé el anteproyecto de la séptima modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014.
En principio, se aclara que la asociación de dígitos agrupadores del SAT se hará desde el nivel mayor hacia abajo.
El catálogo de cuentas se enviará al menos a nivel mayor y subcuenta (antes solo decía de la Balanza de Comprobación).
Además, surge un nuevo XML, es decir, el XML-4, que se refiere a lo siguiente:
Cuando no se logre identificar el folio fiscal asignado a los comprobantes fiscales dentro de las pólizas contables, el contribuyente podrá, a través de un reporte auxiliar relacionar todos los folios fiscales, el RFC y el monto contenido en los comprobantes que amparen dicha póliza, conforme al anexo 24, apartado E.
Hasta el momento, aún no publican ningún ANEXO 24 que contenga el apartado E.
A propósito de los momentos de presentación del XML-1 (Catálogo de Cuentas), se homologa la fecha de presentación con la del XML-2 (Balanza de Comprobación), siempre y cuando existan modificaciones al Catálogo de Cuentas. En la resolución anterior decía, erróneamente, que debía presentarse cada vez que hubiera cambios al Catálogo de Cuentas.
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En el caso del Sector Primario que hayan optado por facilidades administrativas, los plazos para el envío de información de la Contabilidad Electrónica XML-1(Catálogo de Cuentas) y XML-2(Balanza de Comprobación), se harán semestralmente, (pero enviando los 6 archivos de los meses que corresponda el semestre).
El plazo para enviar la información del XML-1 (Catálogo de Cuentas) y XML-2(Balanza de Comprobación) se establece de la siguiente manera:
- Personas Morales. Día tres del segundo mes posterior al mes que corresponda. Ejemplo: La información de enero deberá presentarse el día 3 de marzo, como máximo.
- Personas Físicas. Día cinco del segundo mes posterior al mes que corresponda. Ejemplo: La información de enero deberá presentarse el día 5 de marzo, como máximo.
Así mismo, respecto a la entrega de la contabilidad para Personas Morales o Físicas se debe presentar lo correspondiente a 2015; es decir, de enero 2015, si los ingresos son mayores o iguales a 4 millones de pesos.
En caso que sea inferior, la entrega de la contabilidad deberá realizarse a partir del 2016.
Y todo parece indicar que si solicitas devolución o compensación deberás entregar las pólizas [XML-3 (Detalle de las Pólizas), XML- o XML-5(Por definir)] a partir del 2015 del mes que hayas solicitado dicho trámite.
Algunos colegas están de acuerdo conmigo otros no, lo dejo a su criterio.
Y finalmente, se prevé que los PACS puedan “firmar” y recibir los XML-1(Catálogo de Cuentas), y XML-2(Balanza de Comprobación) de la Contabilidad Electrónica; sin embargo, aún está muy inmadura esta disposición.
No queda más que esperar a que se defina en forma más precisa.
Fuente: Benito Barragán de CONTPAQ-i