CFDI de dependencias de Gobierno – Consideraciones Generales para solicitarlo


Actualmente son pocas las dependencias que emiten Comprobantes Fiscales Digitales por Internet por las contribuciones, productos y aprovechamientos que cobren a los ciudadanos. El pago de estos gastos puede representar una deducción fiscal para el contribuyente, pero por no contar con un CFDI es probable que tenga que comprobarle al SAT con otro tipo de documentación el gasto.

Los ciudadanos tendrán su CFDI por el pago de predial, tenencia, pago de pasaportes, licencias, etc…

A partir de 2017 las dependencias de gobierno deben de ir buscando un Sistema de Facturación Electronica que sea capaz de expedir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que le soliciten los ciudadanos.

Obligación de emitir CFDI a las Dependencias de Gobierno

Según lo publicado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2017, las dependencias de gobiernos estarán obligadas a emitir un CFDI por los productos, contribuciones y aprovechamientos que reciban. A continuacion, se trasncirbe el Párrafo añadido al Articulo 86 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2017:

La Federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, sólo tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto, emitir comprobantes fiscales por las contribuciones, productos y aprovechamientos que cobran así como por los apoyos o estímulos que otorguen y exigir comprobantes fiscales cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de ley.

Si la dependencia de gobierno se ubica en el listado de localidades sin acceso a Internet, no sera una excusa el no emitir los CFDI´s que se le soliciten. Según lo publicado en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 en la regla 2.7.1.40, las dependencias a las que se les solicite un CFDI deberá de acudir a una oficina de atención del SAT para que les brinden acceso a un equipo de cómputo, internet y recibir orientación para generar un CFDI.

¿A partir de cuando puedo exigir mi CFDI al gobierno?

El articulo segundo transitorio de la LISR para 2017, estipula que las dependencias de gobierno tendrán cuatro meses para cumplir con la obligación del articulo 86 quinto párrafo. Esto quiere decir que tiene a partir de mayo de 2017 las dependencias estan obligadas a emitir CFDI por los ingresos que paguen los ciudadanos o cualquier tipo de contribuyente.

También estan obligadas a generar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que se les hayan solicitado del periodo de enero a abril de 2017, por parte de los receptores de dichos comprobantes.

Prorroga

En la 1ra modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2017, se publico la regla 2.7.1.41 donde establece que a partir del 1ro de noviembre será obligatorio la emisión del CFDI 3.3 por parte de las dependencias de gobierno:

2.7.1.41. Expedición de CFDI por la Federación, entidades federativas, municipios y organismos descentralizados por concepto de contribuciones, productos y aprovechamientos, apoyos o estímulos que otorguen

Para los efectos del artículo 86, quinto párrafo de la Ley del ISR y 29, fracción V del CFF en relación con el Artículo Segundo, fracción II, de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR previsto en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos” publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, la Federación, entidades federativas, municipios y organismos descentralizados, podrán cumplir con la obligación de expedir, entregar o poner a disposición los comprobantes fiscales por las contribuciones, productos y aprovechamientos que cobran, así como por los apoyos y estímulos que otorguen durante el ejercicio 2017, a más tardar el 1 de noviembre del mismo año, de la misma forma los contribuyentes solicitantes del servicio podrán obtener a más tardar en esa fecha los comprobantes correspondientes a operaciones celebradas con anterioridad.

CFF, 29, LISR 86, Disposiciones Transitorias Artículo Segundo

Conclusión:

Al parecer con esta medida el SAT busca que los contribuyentes obtengan un CFDI de cualquier dependencia de gobierno, no solo por parte del IMSS, Infonavit y otras dependencias que ya cuentan con su sistema de emisión de facturas electrónicas.

Aún falta mucha cultura contable por parte de las dependencias de gobierno, que ayuden a que los contribuyentes puedan deducir los gastos por pagos de servicios.

Dejanos tu comentario de que comprobante te interesa recibir por parte del gobierno y el porqué.

(Articulo actualizado el 13-06-2017)

 

Sistema-Facturacion-Electronica-CMX

2 comentarios en «CFDI de dependencias de Gobierno – Consideraciones Generales para solicitarlo»

  1. Una pregunta: cuando una entidad pública vende mobiliario y equipo a personas físicas, ¿también debe expedir un CFDI? Agradezco de antemano su atención.

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  2. En el artículo 86 quinto párrafo se habla de: «así como por los apoyos y estímulos que otorguen durante el ejercicio 2017, a más tardar el 1 de noviembre del mismo año», quiere decir que si yo recibi por parte del Gobierno Federal un apoyo (subsidio) para desarrollar o iniciar mio proyecto debo de recibir por el Gobierno Federal un CFDI???

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