Cuando el empleado se separa de forma voluntaria sólo tendrá derecho a recibir vacaciones, prima vacacional y aguinaldo en forma proporcional, además el patrón deberá cubrir el sueldo devengado a la fecha de la separación. Sin embargo, para el patrón y para el trabajador es sumamente importante conocer los lineamientos de la LFT, ya que si el empleado es despedido en forma injustificada, habrá dos caminos, siendo el primero una probable reinstalación del trabajador, según lo permita la ley y, el segundo, el pago sólo de los conceptos de indemnización y prima de antigüedad, obviamente estos conceptos si el empleado es contratado por tiempo determinado o indeterminado, y con base en nuestra guía los artículos 50 y 162 de la LFT.
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