Obligatorio el expedir CFDI’s con el complemento para pagos realizados

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Ya pasaron más de 30 días de la publicación de la obligación de poner el complemento de pagos en las facturas electrónicas y si tienes el desconcierto de si se debe integrar dicho complemento en tu sistema de facturación electrónica puedes quitarte la duda leyendo la siguiente pregunta del día del SAT:

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Revisiones Electronicas inician en Septiembre de 2016 – Anuncian SAT y Prodecon

La Prodecon y el SAT anunciaron que a partir de septiembre de 2016 iniciaran las revisiones electronicas, las cuales tienen como objetivo una mayor recaudacion de impuestos. El anuncio en conjunto se debe a que el SAT actuara como el emisor de dichas revisiones electronicas y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) actuara como intermediario entre el contribuyente y el propio SAT.

Inicio del comunicado del SAT:

SAT: revisiones electrónicas inician en septiembre; PRODECON: los contribuyentes pueden acogerse al acuerdo conclusivo

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) confirmaron que a partir de septiembre iniciarán las primeras revisiones electrónicas que constituyen una nueva modalidad a través de la cual las autoridades fiscales podrán realizar procedimientos de fiscalización a través de medios electrónicos e interactuar con el contribuyente a través de estos medios.

Efectivamente, ambas instituciones recordaron que el pasado 6 de julio, por unanimidad, la Segunda Sala de la Suprema Corte reconoció la constitucionalidad de las revisiones electrónicas vía buzón tributario; con la única salvedad de que aun cuando el contribuyente no objete en línea la resolución provisional con la que inicia la revisión, en todo caso el SAT tendrá que emitir una liquidación definitiva fundada y motivada. Tal pronunciamiento no afecta la puesta en operación de las revisiones electrónicas que inician en septiembre.

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4 dígitos en las Facturas Electrónicas – Clientes y Proveedores

comprobantes fiscales digitales por internet

Con los cambios en el Método de Pago surge también la pregunta si es necesario ingresar los últimos cuatro dígitos a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

Analizando un poco esta situación se puede deducir que la mayoría de los emisores de CFDI´s no ponían el método de pago o solo añadían el No Aplica (NA) a sus facturas electrónicas y por lo tanto a partir de la modificación de la Resolución Miscelánea pudiera ser que los 4 últimos dígitos de la cuenta con la que se realizó el pago también sea obligatorio.

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Complemento para Pagos del SAT – Cambios de Pagos en Parcialidades

complemento para pagos


complemento-para-pagos

Para los Pagos en Parcialidades antes de la publicación de la 3ra modificación a la RMF 2016, solo contábamos con lo asentado en el inciso b del artículo 29-A del CFF el cual básicamente nos menciona que:

Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición, se emitirá un comprobante fiscal por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice y se expedirá un comprobante fiscal por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente.

Pero en cuanto se de la publicación del Complemento de Pagos del SAT se definirá como deberán de expedirse de los pagos en parcialidades.

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Como poner el Método de Pago en la Facturación desde «Mis Cuentas»

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Si utilizas la aplicacion «Mis Cuentas» y quieres emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), debes de considerar las nuevas disposiciones del SAT para poner el método de pago en el comprobante.

Las claves de método de pago se deben de poner cuando se encuentren en el supuesto de la regla 2.7.1.32 de la RMF 2016, esta regla nos dice que si conoces el método de pago antes de que se expida el CFDI debes de poner dicha clave en el comprobante que se pagara en una sola exhibición.

Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales

2.7.1.32. Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, la expresión NA o cualquier otra análoga, en lugar de los siguientes requisitos:

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Que son los PCRDD y sus preguntas frecuentes – Envió de Documentos Digitales al SAT

PCRDD envio de documentos

Ya existen algunos PCRDD o proveedores de certificación de recepción de documentos digitales, ellos tendrán la función de enviar informacion de los contribuyentes al SAT. El proveedor de certificación de recepción de documentos digitales debe recibir el documento digital que le envíe el contribuyente, verificar que cumple con los requisitos técnicos y con las reglas de validación, generar el sello del SAT y entregar el documento con el sello integrado al contribuyente. Si el documento es correcto, emite un acuse de recepción y en caso contrario emite un aviso de rechazo. Con el acuse de recepción, el contribuyente tiene la certeza de que el SAT recibió su información.

Si estas por utilizar el servicio de algún PCRDD te invito a primero leer las siguientes preguntas y respuestas frecuentes que se publicaron en la pagina del SAT:

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Si puedes evita enviar la Contabilidad Electrónica! – Avisa al SAT uso de “Mis Cuentas”

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El envío de la Contabilidad Electrónica es una actividad que implica mucho esfuerzo por parte de los Contribuyentes y  Contadores Públicos. Analizando un poco la obligación del envío de la Contabilidad Electrónica vemos que implica enviar información que ya tiene el SAT por lo que el mismo SAT da la oportunidad a las Personas Físicas de simplificar su contabilidad utilizando “Mis Cuentas”.

Si ya estás obligado al envío de la contabilidad electrónica este 2016 puedes evitar su envío si utilizas el Herramienta del SAT “Mis Cuentas”, en esta herramienta registrara sus ingresos y egresos pudiendo también emitir facturas electrónicas.

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Guia del Catálogo de Métodos de Pago – Respuestas del SAT

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Utilizar el nuevo Catálogo de Métodos de Pago es obligatorio para emitir los CFDI del SAT, a partir del 15 de julio se debe de señalar en todos los comprobantes fiscales digitales por Internet la forma de pago (efectivo, transferencia, monedero electrónico, etc.).

Los obligados a poner en sus facturas electrónicas son los que sepan cual fue el método de pago al momento de emitir el CFDI, si aun tienes dudas de como aplicar el catálogo puedes consultar los artículos de esta página que habla sobre el tema:

Si aún te quedan dudas también te dejamos en esta ocasión las preguntas frecuentes y respuestas del SAT de dicho tema:

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Cancelar CFDI SAT: Anula tus facturas electrónicas erróneas

Cancelar CFDI SAT Anula tus facturas electrónicas erróneas

Puedes cancelar un CFDI en el SAT de varias formas: si emites tus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet desde un software de facturación o un servicio en línea, estos deben darte la opción de cancelar tus facturas electrónicas.

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