A partir de 2020 los contribuyentes deben habilitar el “Buzón Tributario del SAT”, teniendo actualizados los medios de contacto o mecanismos de comunicación, ya sea correo electrónico (hasta 5) o un número de teléfono celular.
Si el contribuyente habilita el buzón tributario EVITA: Ser notificado vía estrados, la cancelación de su certificado de sello digital (en algunos casos) y una posible multa que va de los $3,080.00 a los $9,250.00 pesos.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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