Nueva Reforma Fiscal 2013 debe tener cero tolerancia a la Evasión y Fraude Fiscal – Prodecon

 

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), como organismo especializado en materia tributaria, se pronunció el 02 de abril de 2013 porque la reforma fiscal en puerta, adopte medidas concretas que fortalezcan el combate en contra de la evasión y el fraude fiscal, pues para que haya defensa efectiva de los derechos de quiénes hoy sí pagan sus impuestos, debe existir tolerancia cero a la impunidad de importantes personas y sectores, lo que genera una grave insuficiencia de recursos fiscales y por ende un gasto público social insuficiente y una mala distribución de la riqueza.

La tolerancia cero a la evasión y al fraude fiscal debe ser
reconocida en la Reforma Hacendaria como derecho fundamental
de quienes sí pagan sus impuestos, exige Prodecon.

De no combatirse tales ilícitos y no incorporarse al padrón de contribuyentes a todos aquéllos que hoy realizan actividades económicas y perciben ingresos, las cargas tributarias seguirán recayendo exclusivamente sobre los contribuyentes cautivos, lo que forzosamente, a mediano o largo plazo, conducirá al incremento de impuestos que nuevamente tendrán que ser soportados por quiénes sí los pagan hoy día.

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Guía del Dictamen Fiscal 2012 – Normativas en su presentación este 2013

Si estas elaborando el Dictamen Fiscal del Ejercicio 2012 este 2013 es necesario que tengas toda la información respecto a su presentación y captura, esto para evitar el rechazo del sistema en su presentación desde la pagina del SAT. Para esto el SAT nos otorga la respuesta a preguntas frecuentes para la elaboración del Dictamen Fiscal 2012.

Preguntas Frecuentes Normativas para el Dictamen Fiscal 2012

  • 1. ¿Cuál es el plazo para la presentación del dictamen de Estados Financieros del ejercicio fiscal 2012? El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2012, se presenta a más tardar el 1 de julio de 2013; sin embargo, lo puede presentar en forma previa a la fecha indicada en el siguiente calendario: Calendario para el envío del dictamen de acuerdo a la primera letra del RFC.

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Reparto de Utilidades 2013 – Manual laboral y fiscal sobre la PTU de las empresas

 

La participación de utilidades es un derecho de los trabajadores, que establece el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a
participar en las utilidades de las empresas donde laboran. Son sujetos obligados a repartir utilidades, las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, que siendo o no contribuyentes del impuesto sobre la renta tengan trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.

Esto y mas podrás encontrar en el Manual laboral y fiscal del Reparto de Utilidades a los Trabajadores 2013, el cual contiene los siguientes temas e incluso un caso practico para el calculo de la PTU gravada para este 2013:

Índice del contenido del Manual laboral y fiscal 2013

1. Principios generales
Objetivos
Fundamento legal
Sujetos obligados a repartir utilidades a sus trabajadores
Sujetos exentos de repartir utilidades a sus trabajadores
Trabajadores con derecho a participar en las utilidades
Trabajadores considerados en servicio activo
Personas excluidas del reparto de utilidades
Renta gravable como base del reparto
Porcentaje por aplicar como participación de utilidades

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Entrega y lectura de la declaración anual 2012 a los trabajadores: PTU 2013

Entrega y lectura de la Declaración Anual 2012 a los trabajadores: PTU 2013

 

Como trabajador, tienes derecho a que tu patrón te entregue una copia de la declaración anual dentro de los diez días siguientes a la fecha en que la presentó. Lo mismo aplica si realiza una o varias declaraciones complementarias. Recuerda que las autoridades fiscales no pueden proporcionarte estos documentos; únicamente tu patrón está obligado a entregártelos. Los anexos que el patrón haya presentado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estarán disponibles para ti durante 30 días, contados a partir de la entrega de la declaración, ya sea en las oficinas del patrón o en la autoridad fiscal correspondiente.

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Calculo de Utilidades 2013 e Impuesto a Retener – Área Geográfica A y B

capital En mayo de 2013 es el reparto de utilidades 2012, la cual tendrá una variación solo en el Área Geográfica ya que en noviembre de 2012 se decreto que el área C desaparece por lo que en el calculo del reparto de utilidades tendremos que contar con ello. De conformidad con las disposiciones fiscales vigentes los ingresos que perciban los trabajadores por concepto de Participación de Utilidades, tendrán el siguiente tratamiento fiscal.

Utilidades no gravadas para ISR
El artículo 109, fracción XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta dispone que la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas no pagará impuesto hasta por la cantidad equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica donde labore o habite el trabajador. Por el excedente se pagará impuesto. De lo anterior se concluye que la utilidad no gravada, dependiendo de cada área geográfica, es:

Área geográfica

Salario mínimo por día* ($)

 

Días de salario mínimo exentos

 

Monto no gravado de utilidades ($)

A  64.76 x  15 =  971.4
B  61.38 x  15 =  920.7
 
*Salarios mínimos vigentes a partir del 1 de enero de 2013.

 

Por el excedente de utilidades se calculará el impuesto, para lo cual se recomienda aplicar las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta como a continuación se indica. Procedimiento para el cálculo del impuesto (art. 142 del Reglamento de la Ley del ISR)

El excedente de 15 días de salario mínimo de la participación de las utilidades causa impuesto, por lo que de conformidad con el artículo 142 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (que puede ser el más favorable al trabajador), se presenta el procedimiento de retención para determinar el impuesto de la utilidad gravada.

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SAT deposita los Primeros Saldos a Favor de ISR en Declaracion Anual 2012

 

Los primeros contribuyentes en cumplir correctamente ya recibieron su devolución, El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa, que inició el depósito de los saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta para aquellos contribuyentes que presentaron correctamente la declaración anual del ejercicio 2012, entre el 1 de enero y el 1 de abril de este año.

En esta primera emisión, fueron autorizadas más de 124 mil devoluciones correspondientes a 72% del total de declaraciones con saldo a favor, presentadas en el periodo y cada contribuyente está recibiendo, en promedio, alrededor de 9 mil pesos.

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Dudas en el Reparto de utilidades de 2012 pagadas en 2013? – Preguntas Frecuentes

 

Si trabajaste en una empresa durante el ejercicio 2012 debes saber que si existen utilidades en la misma tienes derecho a exigir una parte de ellas como trabajador. El Reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtuvo la empresa o patrón en el año anterior.

Son sujetos obligados a repartir utilidades, las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, que siendo o no contribuyentes del impuesto sobre la renta tengan trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.

A continuación les dejo las preguntas y respuestas referente al Reparto de utilidades que sirve de información tanto para las empresas como para los trabajadores:

¿Qué trabajadores tienen derecho a participar de las utilidades de las empresas? Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón a excepción de los siguientes:

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Impuestos en nómina: ISR, IETU, IMSS y locales

Impuestos en nómina ISR, IETU, IMSS y locales

 

De acuerdo con el marco legal vigente, es importante determinar las distintas implicaciones fiscales que tiene un patrón al realizar pagos derivados de una relación laboral, ya que de alguna forma están vinculadas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU), a la Ley del Seguro Social (LSS) y también a las legislaciones locales.

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Igualar SBC del IMSS con el ISR: Propuesta de reforma al Art. 27 y derogación del Art. 32 de la LSS

Igualar SBC del IMSS con el ISR Propuesta de reforma al Art. 27 y derogar el Art. 32 de la LSS
 

La exposición de motivos dice que el objetivo principal es homologar las bases de La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) por ingresos de salarios (capítulo I del Título IV) y la base de cotización de las cuotas al Seguro Social, y en automático se cambiaría también la base para las aportaciones de INFONAVIT.

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